Una sentencia impone en Italia la prueba del sida a los sanitarios con riesgo de contagio
El Tribunal Constitucional antepone el derecho a la salud al de la intimidad
M¨¦dicos, enfermeras y otros trabajadores de la sanidad en Italia no podr¨¢n oponerse a que se les practique la prueba del sida, en virtud de una pol¨¦mica resoluci¨®n que acaba de dictar el Tribunal Constitucional, abrogando para los casos de grave peligro de contagio las normas que proteg¨ªan la intimidad de las personas. Asociaciones de homosexuales y expertos en la enfermedadcitada realizar¨¢n hoy la primera manifestaci¨®n de protesta contra la sentencia, que ha tenido mejor acogida entre el personal sanitario y en los pol¨ªticos de la extrema derecha.
La sentencia del Constitucional italiano considera que el derecho a la salud, protegido por el art¨ªculo 32 de la Constituci¨®n, debe prevalecer sobre el derecho a la intimidad de las personas, si existe "un riesgo grave de contagio transmisible por quien ejerce una actividad (en relaci¨®n con la persona en peligro) sin haber sido contratado voluntariamente" por el enfermo."La salud es un bien primario, protegido por la Constituci¨®n y que se eleva a derecho fundamental de la persona", considera el tribunal, para justificar la derogaci¨®n circunstancial de los art¨ªculos de la ley de 1990 -sobre el plan de urgencia, prevenci¨®n y lucha contra el sida- que permit¨ªan al ciudadano negarse al an¨¢lisis, prohib¨ªan a los patronos investigar si sus empleados son o no seropositivos, y establec¨ªan que el hecho de estar infectado con el virus VIH no puede ser en absoluto motivo de discriminaci¨®n laboral.La salud de terceros
"No se trata de (promover) controles sanitarios indiscriminados, de masa, o por categor¨ªas de sujetos, sino de verificaciones circunscritas, que s¨®lo se puedan pedir por la necesidad de tutelar la salud de terceros en cualquier sector en el que exista para ¨¦stos un grave riesgo de contagio", matiza el tribunal.
La sentencia responde a un recurso de la inspecci¨®n de trabajo de la ciudad de Padua contra una enfermera de un hospital local que se neg¨® a someterse a la prueba del sida.
El director del centro consideraba indispensable la prueba, junto a otra serie de pruebas de enfermedades infecciosas, porque la trabajadora deb¨ªa ocuparse de auxiliar a enfermos incapaces de valerse por s¨ª mismos.
La decisi¨®n del Tribunal Constitucional, contraria a la enfermera, ha sido bien acogida por un sindicato de estas trabajadoras, cuya portavoz ha declarado: "Es una decisi¨®n que tutela a los pacientes. Est¨¢ bien que se haga la prueba, como se hacen ya para otras enfermedades, a condici¨®n de que luego no haya discriminaciones y se garantice un puesto de trabajo adecuado para todos".
Tambi¨¦n un sindicato de m¨¦dicos de hospitales la ha aprobado, tras llegar a la conclusi¨®n que "el fin justifica los medios" cuando se trata de "un problema tan grave como supone ¨¦ste del sida".Presupuesto equivocado
El inmun¨®logo Ferdinando Auti, el experto italiano m¨¢s conocido sobre la enfermedad en cuesti¨®n, considera, en cambio que la sentencia parte de un presupuesto equivocado, como es el de que (un sanitario seropositivo) ponga en peligro la salud de los dem¨¢s. El presupuesto es falso, porque no hay documentaci¨®n epidemiol¨®gica sobre ¨¦l".Lo mismo piensa Giuseppe Visco, un especialista en enfermedades infecciosas, que considera "anticient¨ªficos" los fundamentos de la sentencia dictada el jueves por el Tribunal Constitucional.
El responsable de sanidad de la Confederazione Generale Italiana del Lavoratori (CGIL) estima, por su parte, que se trata de una "sentencia grav¨ªsima", ya que abre la puerta a que "la prueba obligatoria (del sida) se convierta en causa de discriminaci¨®n para el acceso al mundo del trabajo o a la escuela. Si esto no se corrige", a?adi¨®, "sembrar¨¢ el temor y no la solidaridad".
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