La Administraci¨®n no tiene derecho a cerrar instalaciones de TV por cable
Una sentencia del Constitucional pide la regulaci¨®n del sector
El Gobierno lesiona derechos fundamentales de las personas al sancionar a operadores de televisi¨®n por cable o al incautarse de sus instrumentos de trabajo. Eso es lo que ocurri¨® cuando la Secretar¨ªa General de Comunicaciones, dirigida por Elena Salgado, mult¨® con un mill¨®n de pesetas a la entidad Procono, SL, y orden¨® el cierre de sus instalaciones en Fuenlabrada (Madrid), entre 1990 y 1992. El Tribunal Constitucional ha amparado a dicha empresa frente a la actuaci¨®n administrativa en una sentencia que afecta a las 600 entidades de ese tipo que operan en condiciones alegales en este pa¨ªs.
La sentencia, firmada el pasado d¨ªa 17, recae sobre uno de los muchos, recursos que Procono ha presentado contra la Administraci¨®n. Se trata de la empresa m¨¢s fuerte de Espa?a en un mercado todav¨ªa d¨¦bil, como es el de la televisi¨®n por cable. Opera en muy diversas ciudades: M¨¢laga, Sevilla, C¨®rdoba y poblaciones cercanas a Madrid, ?entre otras.La Administraci¨®n sostiene que la televisi¨®n precisa una autorizaci¨®n administrativa, mientras que la entidad Procono, asesorada por el jurista y ex ministro. Manuel Clavero, alega la propia Constituci¨®n para defender que esa autorizaci¨®n no es necesaria en los casos del cable y de las televisiones loca les. La respuesta del tribunal no ayuda a los que sostienen la libertad total, ni tampoco a los que defienden la necesidad de permisos: elude entrar en el fondo del problema y dice simplemente que los particulares no tienen capacidad para instar la inconstitucionalidad de una ley.
Frente a los autores del recurso, que pretend¨ªan la in constitucionalidad de la Ley de Ordenaci¨®n de las Telecomunicaciones (LOT) -que configura- la televisi¨®n como un servicio p¨²blico esencial, cuya gesti¨®n indirecta est¨¢ sujeta a concesi¨®n- el alto tribunal recuerda que -el ataque directo a la constitucionalidad de una ley queda reservado a una serie de autoridades e instituciones: presidente del Gobierno, 50 diputados, 50 senadores, el Defensor del Pueblo o los ¨®rganos colegiados de las comunidades aut¨®nomas.
El Constitucional no condiciona, por tanto, el futuro proyecto de ley para la regulaci¨®n del cable, que ha sido anunciado por el Gobierno para finales de este a?o. Sin embargo, la sentencia ampara a los empresarios que trabajan sin licencia, porque el derecho a comunicar es m¨¢s importante que la existencia o no de un permiso administrativo de imposible obtenci¨®n, puesto que no hay ley que lo regule.
El Constitucional acepta que "los derechos a comunicar libremente el pensamiento y la informaci¨®n pueden resultar limitados en favor de otros derechos, pero lo que no puede hacer el legislador es diferir sine die, m¨¢s all¨¢ de todo tiempo razonable y sin que existan razones que justifiquen la demora, la regulaci¨®n de una actividad, como es en este caso la gesti¨®n indirecta de la televisi¨®n local por cable".
"Sin negar la conveniencia de una legislaci¨®n ordenadora del medio, en tanto ¨¦sta no se produzca, no cabe, porque subsista la laguna-legal, sujetar a concesi¨®n o autorizaci¨®n administrativa de imposible consecuci¨®n, por lo dem¨¢s- el ejercicio de la actividad de emisi¨®n de televisi¨®n local por cable", a?ade la sentencia.
Detr¨¢s de esta pelea legal existe un mundo de problemas mucho m¨¢s amplio. Las comunicac¨ªones por cable son la puerta de entrada a la convergencia de las redes telef¨®nicas e inform¨¢ticas con las empresas dedicadas al ocio. Esto implica una gran batalla de intereses, a la que no son ajenos los gigantes norteamericanos de la com¨²nicaci¨®n, como Time Warner o TCI, que han presionado al Gobierno espa?ol para que d¨¦ un marco legal estable al cable antes de invertir.
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