El Constitucional avala la excarcelaci¨®n de un preso peligroso
La peligrosidad de un preso enfermo terminal de sida no impide al juez aplicar el reglamento penitenciario, que permite conceder la libertad condicional a los reclusos con un padecimiento incurable. As¨ª se deduce de la sentencia del Tribunal Constitucional que ha desestimado el amparo solicitado por una v¨ªctima de la actuaci¨®n de un preso peligroso, puesto en libertad por ser enfermo terminal de sida. El tribunal considera que el juez no vulner¨® derechos fundamentales.En noviembre de 1988 fue puesto en libertad condicional un recluso que cumpl¨ªa condena en Barcelona. El juez de vigilancia penitenciaria n¨²mero 1, lo decidi¨®, aplicando el art¨ªculo 60 del reglamento penitenciario, que el interno se hallaba en fase terminal de enfermo de sida.
Unas semanas despu¨¦s de haber sido excarcelado, el enfermo atrac¨® una farmacia. En su huida, el veh¨ªculo en el que viajaba colision¨® con una furgoneta, cuyo conductor, como consecuencia del choque, sufre una hemiplejia que le obliga a usar muletas y padece dificultades de pronunciaci¨®n, deterioro intelectual y amnesia postraum¨¢tica, entre otros males. El preso muri¨® al d¨ªa siguiente del accidente, por las lesiones sufridas en el mismo.
Los padres de la v¨ªctima superviviente consideraron err¨®nea la decisi¨®n judicial y pidieron indemnizaci¨®n por las consecuencias de la misma para su hijo. Tras no obtener satisfacci¨®n a su demanda en los ¨®rganos judiciales ordinarios, pidieron amparo al Constitucional, ante el que invocaron que los jueces hab¨ªan vulnerado el derecho a la seguridad y a la tutela judicial efectiva, dados los numerosos antecedentes penales y disciplinarios del preso y por no haberse tenido en cuenta "su personalidad agresiva y altamente conflictiva".
El abogado del Estado neg¨® la pretendida vulneraci¨®n de ambos derechos fundamentales, ya que tanto el juez de vigilancia como el Tribunal Supremo hab¨ªan realizado una interpretaci¨®n de las normas aplicables "perfectamente sostenible y en modo alguno absurda o arbitraria". Y el Constitucional desestima ahora el amparo solicitado.
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