Justa expulsi¨®n de la Guardia Civil
EL LLAMADO caso Linaza, que ha pasado por ser el s¨ªmbolo de la pervivencia de la tortura en la Espa?a democr¨¢tica, ha concluido como lo exig¨ªa la justicia y el buen nombre de la Guardia Civil: con la expulsi¨®n del servicio activo de los torturadores y de sus encubridores.Desde el pagado viernes, fecha de la publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial de Defensa de la orden de expulsi¨®n, el ya ex teniente coronel Rafael Masa, un hombre vinculado en la d¨¦cada de los ochenta al n¨²cleo directivo de la lucha antiterrorista en el Ministerio del Interior, as¨ª como otros cinco guardias civiles, ha dejado de pertenecer a la Guardia Civil. En esta ocasi¨®n, el Gobierno no ha impedido que la justicia siga su curso hasta el final con el consabido y vergonzante recurso a la v¨ªa del indulto.
Este final feliz -para el Estado de derecho y para la Guardia Civil como instituci¨®n- no estaba en modo alguno asegurado si se tienen en cuenta las tensiones institucionales que desde el principio acompa?aron a este controvertido proceso abierto con motivo de la detenci¨®n, en 1981, de Tom¨¢s Linaza, un hombre de 57 a?os, padre de un activista de ETA.
La inicial negativa de los mandos a especificar a la autoridad judicial los nombres de los torturadores fue seguida por otros desplantes de clara intenci¨®n dilatoria, as¨ª como de una insidiosa campa?a contra la juez instructora, Elisabeth Huerta. Pero el pulso mantenido con la justicia por parte de quienes confunden la dignidad del Estado con la impunidad de sus servidores no pudo evitar la justa condena que merec¨ªan los implicados en el caso Linaza: su inhabilitaci¨®n como funcionarios p¨²blicos y su separaci¨®n autom¨¢tica de la Guardia Civil.
?sta deber¨ªa ser, sin vacilaci¨®n alguna, la regla de oro a seguir por el Gobierno y por los responsables de los cuerpos de seguridad en el tema, de la tortura: nadie que sea reo de un delito de esta naturaleza o muestre tolerancia ante ¨¦l puede permanecer al servicio del Estado, y mucho menos merecer su protecci¨®n. No hay lugar para el amparo corporativo, los ascensos profesionales, indultos o cambios reglamentarios para impedir los efectos de las condenas para quienes propician, amparan y ejecutan esas pr¨¢cticas denigrantes con el pretexto de que defienden al Estado. No defienden al Estado: lo ensucian y minan su credibilidad.
Esta actitud debe ser la regla por una cuesti¨®n de principios. Deber¨ªa bastar con eso. Pero tambi¨¦n por un criterio de eficacia, como lo demuestra el efecto negativo que esas pr¨¢cticas tienen en el frente del rechazo social y pol¨ªtico contra el terrorismo.
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