La Uni¨®n Europea y los derechos humanos
El respeto de los derechos humanos es uno de los valores esenciales de la Uni¨®n Europea. Sin embargo, el Tratado de Roma nada dec¨ªa sobre este tema y el Tratado de Maastricht algo dice, pero de manera muy lac¨®nica. Llenar esta laguna es uno de los desaf¨ªos que debe afrontar la conferencia intergubernamental de la Uni¨®n Europea de 1996. Existen, primordialmente, dos maneras de hacerlo: un m¨¦todo dif¨ªcil y un m¨¦todo f¨¢cil.El primero consiste en elaborar un nuevo cat¨¢logo de derechos humanos por la Uni¨®n Europea con vistas a su incorporaci¨®n en el nuevo tratado. Los m¨¢s diversos grupos de inter¨¦s tienen opiniones estancadas sobre lo que debiera contener ese cat¨¢logo. El segundo consiste en ahorrarse todo ese proceso y utilizar un instrumento que ya existe, la Convenci¨®n de Derechos Humanos del Consejo de Europa, aprobada ya hace tiempo por todos los Estados miembros de la Uni¨®n.
Esta convenci¨®n, enriquecida por la jurisprudencia y por los protocolos adicionales aprobados a lo largo de los 45 ¨²ltimos a?os, se ha convertido en instrumento eficaz de protecci¨®n jur¨ªdica y de armonizaci¨®n de las legislaciones. M¨¢s de un centenar de leyes han sido ya modificadas en los diferentes Estados europeos como consecuencia de las sentencias del Tribunal de Estrasburgo.
Los 36 Estados miembros del Consejo de Europa est¨¢n obligados a aceptar la convenci¨®n y el derecho de recurso individual. De esta manera, se ha creado en Europa un espacio jur¨ªdico com¨²n por lo que respecta a los derechos humanos. Los principios acu?ados en Estrasburgo han adquirido particular importancia en el contexto de la transici¨®n del comunismo a la democracia. Estos ¨²ltimos a?os han guiado las reformas jur¨ªdicas realizadas en todos los pa¨ªses de la Europa central y oriental.
Adem¨¢s, aline¨¢ndose con las normas del Consejo de Europa, las nuevas democracias se preparan con vistas a su adhesi¨®n a la Uni¨®n Europea. Los mismos principios son reconocidos como vinculantes para los legisladores y los Gobiernos tanto en Dubl¨ªn como en Tirana, en Roma como en Riga, en Lisboa como en Bratislava. En cualquier caso, falta un eslab¨®n en esta cadena, un eslab¨®n importante, puesto que se trata de Bruselas. Si es verdad que los ciudadanos de la Uni¨®n Europea pueden impugnar la legislaci¨®n o la pr¨¢ctica de las autoridades nacionales presentando una demanda por violaci¨®n de los derechos humanos ante las instancias de Estrasburgo, en cambio no existe ning¨²n derecho similar que permita impugnar la ley o la pr¨¢ctica comunitaria.
Es verdad que en la pr¨¢ctica el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo se ha visto precisado a referirse a la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo, pero formalmente no est¨¢ obligado a aplicar la convenci¨®n europea de derechos humanos. Esta situaci¨®n es fuente de incertidumbre y de azares. Parece dif¨ªcilmente defendible ser menos exigente respecto al derecho comunitario que lo que se es respecto a los derechos nacionales. La integraci¨®n europea debe fundarse sobre el reconocimiento expl¨ªcito de los derechos humanos, cuyo amparo pueda ser solicitado en justicia. La elecci¨®n entre las dos soluciones aludidas m¨¢s arriba no debiera ser demasiado dif¨ªcil. La soluci¨®n pragm¨¢tica -la adhesi¨®n a la convenci¨®n europea de los derechos humanos- ha sido preconizada desde hace tiempo por la Comisi¨®n Europea, el Parlamento Europeo y la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Negociar un cat¨¢logo de derechos humanos propio de la Uni¨®n Europea constituir¨ªa no solamente un trabajo de mucho esfuerzo, sino que, adem¨¢s, comportar¨ªa otros inconvenientes. Recientemente, Rolv Ryssdal, el presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ha llamado la atenci¨®n sobre los peligros de una "Europa de los derechos humanos a dos velocidades".
Si dos reglamentaciones diferentes debieran coexistir el d¨ªa de ma?ana, una para los 36 Estados miembros del Consejo de Europa y otra para los 15 miembros de la Uni¨®n, la confusi¨®n ser¨ªa enorme tanto para los Estados actualmente miembros de la Uni¨®n como para los candidatos a la adhesi¨®n. Y nuevos obst¨¢culos vendr¨ªan a a?adirse al camino de la ampliaci¨®n de la Uni¨®n Europea.
Reinventar la rueda es un ejercicio seductor para pol¨ªticos y funcionarios celosos, que desean hacerlo todo por s¨ª mismos. Pero, en este caso, la rueda gira relativamente bien desde hace 45 a?os. Si es verdad que este mecanismo es imperfecto en ciertos aspectos -retrasos demasiado largos, de Estrasburgo-, m¨¢s vale mejorarlo que partir nuevamente de cero. Por lo dem¨¢s, ya hay mejoras en marcha. En algunos a?os, el Tribunal de Estrasburgo funcionar¨¢ a pleno tiempo y ser¨¢ mucho m¨¢s eficaz que ahora. Una Uni¨®n Europea firmemente amarrada a la convenci¨®n contribuir¨ªa adem¨¢s a dar un nuevo impulso al proceso de reforzamiento de ¨¦sta y de las garant¨ªas que ofrece.
El orden del d¨ªa de la conferencia intergubernamental ser¨¢ de los m¨¢s apretados. Sin grandes dificultades se podr¨ªa lograr un acuerdo sobre este asunto. Los Estados miembros ya han hecho el trabajo. Queda que la UE recoja los frutos.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.