Interior presenta a los profesionales taurinos las reformas del reglamento
El Ministerio de Justicia e Interior present¨®, el pasado lunes, a los profesionales taurinos en la Comisi¨®n Consultiva las reformas del reglamento que su titular, Juan Alberto Belloch, hab¨ªa prometido, en noviembre de 1994, para principios de la temporada que ahora finaliza. El paso de esta reforma, a la que la comisi¨®n dio su visto bueno, son su estudio jur¨ªdico por el Consejo de Estado, que la enviara para su aprobaci¨®n al Consejo de Ministros. Al d¨ªa siguiente se publicar¨¢ en el BOE y entrar¨¢ en vigor, lo que el ministerio calcula a principios de noviembre.El borrador definitivo de esta reforma, en el que se recogen cr¨ªticas al propio reglamento obra del ex ministro Corcuera al escribir textualmente "cuya aplicaci¨®n no ha conseguido los objetivos previstos en orden a la erradicaci¨®n de fraudes en la integridad de las astas", recibi¨® tambi¨¦n el consenso de las 16 comunidades aut¨®nomas en las que se celebran festejos, cuyos responsables de asuntos taurinos asistieron a la reuni¨®n.
Fuentes de Interior justifican el retraso explicando que era fundamental este consenso despu¨¦s de las elecciones municpales del pasado mes de mayo, de las que salieron los, respectivos nuevos responsables, para evitar que cada una de ellas sacase su propia normativa. Este consenso incluye que la de Navarra, ¨²nica que tiene su propio reglamento en vigor, se haya comprometido adaptarlo ahora al espa?ol una vez reformado.
La reforma significa la desaparici¨®n de los art¨ªculos 49 (que permit¨ªa el arreglo de las astas de los toros, en el campo) y 59,1 (que autorizaba a los ganaderos a lidiar toros bajo su responsabilidad, aunque hubiesen levantado sospechas de afeitado a los veterinarios de servicio). Otras novedades que recoge son el derecho de los espectadores a presenciar los reconocimientos (nuevo apartado del art¨ªculo 34), e incluso cuando se trate de "personas de reconocida competencia" a presidir los festejos (art¨ªculo 39).
Tambi¨¦n se limita el peso m¨¢ximo de los novillos en plazas de tercera y se concede a los veterinarios la posibilidad de instar al presidente quien antes ten¨ªa en exclusiva esta competencia para, que se analicen las v¨ªsceras, de los toros cuyo extra?o comportamiento durante la lidia haya levantado sospechas de que se les hubiera suministrado alguna droga (art¨ªculo 60).
Por ¨²ltimo, la reforma vuelve a poner en vigor el principio de contradicci¨®n entre veterinarios de servicio y los que elijan empresa y ganadero cuando haya discrepancias sobre si un toro est¨¢ o no afeitado.
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