Que se haga justicia
La implantaci¨®n en Chile de un r¨¦gimen totalitario. impuesto por, la fuerza. de las armas alzadas contra el Gobierno leg¨ªtimamente constituido desencaden¨® una oleada de cr¨ªmenes cometidos por personas que, instaladas en los aparatos -represivos del Estado, merecieron elreproche de la comunidad internacional. Algunos de ellos, por la relevancia de las personas afectadas, trascendieron a la opini¨®n p¨²blica. Los nombres de Letelier, Prats y de nuestro compatriota Carmelo Soria, funcionario al servicio de las Naciones Unidas, son ejemplos que ponen de relieve la implicaci¨®n de los servicios de seguridad de la dictadura chilena en la comisi¨®n de cr¨ªmenes que exigen una respuesta de las autoridades chilenas para restablecer la confianza en la primac¨ªa de la justicia y el fortalecimiento de los derechos humanos.Felizmente restaurado el r¨¦gimen democr¨¢tico, corresponde a los tribunales de justicia restablecer la confianza en el Estado de derecho poniendo todos los resortes legislativos -nacionales e internacionales- al servicio de la justicia, procurando el castigo de los responsables de actividades, delictivas que ofenden la sensibilidad humana y jur¨ªdica de la comunidad de naciones.
Carmelo Soria fue asesinado el d¨ªa 14 de julio de 1976 por agentes al servicio de la DINA y, por las investigaciones realizadas hasta el momento presente, se ha podido determinar que en el crimen participaron tambi¨¦n altos oficiales del Ej¨¦rcito.
Esta circunstancia motiv¨® que la Corte Suprema chilena entregase el conocimiento del caso a la justicia militar declarando que el secuestro, tortura y asesinato de Carmelo Soria fue un acto de servicio. Ante esta decisi¨®n, el Gobierno de Espa?a solicit¨® del Gobiemo chileno el nombramiento de un juez especial de la Corte Suprema para el conocimiento del caso. Al mismo tiempo la resoluci¨®n judicial fue recurrida por el abogado de la familia Soria y, despu¨¦s de una serie de comunicaciones entre los, Gobiernos de Chile y Espa?a, la Corte Suprema nombra un magistrado para que investigue y esclarezca el asesinato del diplom¨¢tico espa?ol Carmelo Soria. Mientras tanto, la justicia militar hab¨ªa decretado, la amnist¨ªa, originando un conflicto de competencias y un cruce de interpretaciones jur¨ªdicas que han desembocado en una resoluci¨®n de la Corte Suprema que mantiene la competencia de la Jurisdicci¨®n civil y ordena reanudar la investigaci¨®n, paralizando la aplicaci¨®n de amnist¨ªa que hab¨ªan acordado las autoridades militares.
Los que firmamos este escrito -juristas de diversos estamentos y procedencia- nos dirigimos a la Corte Suprema de Chile para solicitar una renovada actividad en el esclarecimiento definitivo de los hechos y en el castigo a sus autores. Respetamos la libre voluntad del pueblo chileno expresada en la creaci¨®n de la Comisi¨®n Rettig de Verdad y Reconciliaci¨®n como cauce para mantener la memoria hist¨®rica de todos los ciudadanos sobre los cr¨ªmenes cometidos durante la dictadura militar encabezada por el general Pinochet, y para conseguirla paz y la concordia social, pero ello no es obst¨¢culo para que desde una perspectiva netamente jur¨ªdica recordemos la existencia de normas internacionales asumidas por el propio Gobierno dictatorial y plasmadas en el convenio sobre la prevenci¨®n y castigo de, los delitos cometidos contra personas internacionalmente protegidas. El ciudadano espa?ol Carmelo Soria -era funcionario de un organismo intergubemamental como Naciones Unidas- fue objeto de cr¨ªmenes que merecen la repulsa de la comunidad internacional. El esp¨ªritu que emana de los textos internacionales de derechos humanos que la Constituci¨®n chilena de 1980 -art¨ªculo 5- adopta como normativa constitucional rechaza la aplicaci¨®n de la amnist¨ªa a las violaciones de los derechos humanos y a los cr¨ªmenes contra la humanidad.
Respetamos la soberan¨ªa e independencia de las autoridades judiciales chilenas para ejercer sus funciones, pero estimamos, que sus trabajos y conclusiones deben ser proyectados a la luz del esp¨ªritu que emana de la conciencia universal que exige el castigo de los culpables de cr¨ªmenes contra la humanidad.
Este art¨ªculo lo firman conjuntamente
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