Denegada una separaci¨®n en Barcelona por no haber pruebas, "s¨®lo discusiones"
Tras cuatro a?os de pleitos, la Audiencia pide justificar el desamor
Tras cuatro a?os de pleito de una pareja, una sentencia de la Audiencia de Barcelona sostiene que para separarse hace falta algo m¨¢s que "meras discusiones". As¨ª, la mujer, que fue la que inst¨® la demanda de separaci¨®n, seguir¨¢ casada a la fuerza. ?l reclama volver a su domicilio y convivir con ella y, con el hijo de ambos. El motivo por el que se ha denegado la separaci¨®n por, dos veces ha sido el mismo: falta de pruebas. La sentencia, de la ¨²nica sala y ¨²ltima instancia que atiende los asuntos de familia de Barcelona, no llega a decir que la falta de amor no es causa suficiente para una separaci¨®n, como sostuvo el pol¨¦mico fallo de la Audiencia de Pontevedra. Sin embargo, rechaza la separaci¨®n porque el desamor, al menos planteado por una de las partes, no ha quedado probado: "No es suficiente las meras discusiones entre c¨®nyuges". Esa teor¨ªa la mantiene el ponente del caso, el magistrado Marcial Subir¨¢s.Dice el C¨®digo Civil que son motivos de separaci¨®n, entre otros, la conducta injuriosa o vejatoria, la violaci¨®n de los deberes conyugales o la de los deberes respecto de los hijos comunes. Se trata de un art¨ªculo criticado por no pocos abogados de los pleitos de familia que entienden que la simple presentaci¨®n de una demanda de separaci¨®n comporta lo b¨¢sico de estos asuntos: que la convivencia ha terminado. Por tanto, es bastante extra?o que los jueces obliguen a alguien a convivir con otra persona.
"No son normales pronunciamientos de ese estilo porque la inmensa mayor¨ªa de los magistrados comprenden que, con independencia de lo que diga el C¨®digo Civil, se trata de un asunto especialmente personal", matiza una. abogada especializada en estos pleitos.
Al letrado de la mujer que demandaba la separaci¨®n, Francesc Sans, la denegaci¨®n le ha supuesto m¨¢s trabajo. "Ahora presentaremos la demanda de divorcio, ya que, a nuestro favor, corre el tiempo, puesto que el matrimonio hace ya cuatro anos que no convive y el divorcio se puede pedir con tres a?os de separaci¨®n de hecho", explic¨®.
Volver a convivir
El pleito se inici¨® hace. cuatro a?os en el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 5 de Cerdanyola. El 21 de febrero de 1994 deneg¨® la separaci¨®n por falta de pruebas de los motivos legales para poner fin a una convivencia. Decidi¨® a partir de lo que dijo s¨®lo una de las partes, la de la mujer demandante. Ella aleg¨® problemas conyugales y continuas peleas. Su marido no compareci¨® en todo el proceso por problemas de salud, seg¨²n manifest¨® ¨¦l. No obstante, no hubo modificaci¨®n de las medidas provisionales inicialmente acordadas: la custodia del hijo y el domicilio conyugal para la demandante. La mujer apel¨®, insistiendo en que quer¨ªa la separaci¨®n. La misma postura tuvo el fiscal, que tambi¨¦n recurri¨® la sentencia.Lo que ha decidido ahora el tribunal ha dejado descontentos tanto a la mujer como al hombre. Ella porque se quiere separar y ¨¦l porque cree que, en su caso, ha sufrido una discriminaci¨®n. Lo cuenta en pocas palabras: "Cuando empez¨® todo, el juez medio 10 d¨ªas para abandonar mi casa, y ahora, que dicen que, no estoy separado y que, por tanto, tengo derecho a vivir, en mi casa, tampoco puedo", cuenta el marido.
Explic¨® que con la sentencia de la Audiencia en la mano fue al Juzgado de Cerdanyola: "?Tengo derecho a volver a mi casa?", pregunt¨® al juez. Y el juez le dijo que s¨ª y dispuso que dos agentes de polic¨ªa le acompa?aran al domicilio conyugal. El resultado es que ella se neg¨® a la posibilidad de reanudar la convivencia. "No me dej¨® entrar", cuenta ¨¦l. "Pues claro, la mujer quiere separarse y lleva cuatro a?os intent¨¢ndolo", justifica el abogado de ella.
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