Montesquieu y los jueces de instrucci¨®n
Hace algunos a?os, un vicepresidente del Gobierno que viv¨ªa por entonces en olor de multitudes, nos recordaba a los espa?oles la triste noticia de la muerte de Montesquieu. Como la cosa hab¨ªa sucedido un par de siglos antes y la figura del ilustre bar¨®n de Secondat no est¨¢ muy presente en la memoria de nuestros conciudadanos, el recordatorio hubiera pasado seguramente inadvertido si el contexto en el que se rodujo no lo hubiera dotado de un inequ¨ªvoco sentido pol¨ªtico. No recuerdo exactamente las circunstancias, pero, s¨ª la memoria no me es infiel, creo que la poca afortunada frase surgi¨® al comentar unas diferencias de criterio, reales o presuntas, entre el Gobierno y el Tribunal Constitucional y para poner en cuesti¨®n el viejo principio de la divisi¨®n de poderes.Referida al Tribunal Constitucional, la frase es ciertamente disparatada. La justicia constitucional, al menos la que practicamos en Europa, encaja mal en el esquema de Montesquieu, de cuya proclamada muerte dif¨ªcilmente puede sacarse conclusi¨®n alguna que la concierna. La que conoci¨® el ilustre presidente vitallicio del Tribunal de Burdeos (un cargo que, si mal no recuerdo, le regal¨® su se?or suegro) fue la otra, la ordinaria; la que nosotros y ¨¦l llamamos poder judicial. Fue ¨¦sta la que ten¨ªa en mientes al tratar de los poderes del Estado y en consecuencia la ¨²nica acerca de la que teoriz¨®.
Sucede sin embargo que esa teor¨ªa, que ya en su ¨¦poca se adecuaba mal a la realidad inglesa que ¨¦l tomaba como modelo, se ha derrumbado despu¨¦s estrepitosamente y es la parte menos apreciada de su obra genial. Acogida con entusiasmo por el positivismo legalista del siglo pasado, la concepci¨®n del poder judicial como un poder "en cierto sentido nulo", integrado por jueces que se limitan a ser "la boca que pronuncia las palabras de la ley", se adecua mal a una visi¨®n realista del derecho que no cierre los ojos ante el papel activo de los jueces en la valoraci¨®n de los hechos y en la interpretaci¨®n de las normas, y es resueltamente incompatible con los sistemas jur¨ªdicos actuales, centrados en los derechos fundamentales. En lo que toca al poder judicial, la obra de Montesquieu dej¨® de tener vigencia hace mucho tiempo; el sabio ilustrado hab¨ªa muerto mucho antes de que el poco ilustrado vicepresidente lo anunciara, y por razones justamente opuestas a aquellas a las que ¨¦l, al parecer, atribu¨ªa el fatal desenlace. Si lo que quer¨ªa era minimizar la importancia del poder jucicial, no debi¨® evocar su muerte, sino negarla, o al menos preconizar la perennidad de sus ideas.
Como testimonia la prensa de cada d¨ªa, en el mundo en que vivimos, los jueces tienen poder, son un aut¨¦ntico poder, y no peque?o. Cuando son verdaderamente jueces, es decir, cuando "juzgan y hacen ejecutar lo juzgado", que es la funci¨®n que la Constituci¨®n les reserva en exclusiva, pero, parad¨®jicamente, sobre todo cuando son jueces s¨®lo en sentido derivado; jueces que no juzgan, sino que se limitan a preparar el juicio de otros dirigiendo las pesquisas sobre los delitos y, en su caso, cuidando de que no evadan la acci¨®n de la justicia sus presuntos autores, que mientras est¨¢n en sus manos no pueden ser considerados culpables, sino s¨®lo sospechosos.
La utilizaci¨®n de los jueces para estas tareas no est¨¢ exenta de inconvenientes, pero como recordaba recientemente uno de los que las desempe?an, ¨¦ste es el sistema que tenemos y a ¨¦l hemos de atenernos mientras no lo cambiemos. Y desde luego no estamos en el mejor momento para ponerlo en cuesti¨®n ni yo tengo la menor intenci¨®n de cuestionarlo. Ni menos a¨²n, por supuesto, la de negar la necesidad de que reciban el castigo que merecen los responsables, sean quienes fueran, de los cr¨ªmenes que ahora se investigan, especialmente horribles en el caso de Lasa y Zabala.
Me atrevo s¨®lo a recordar que ese castigo necesario del que hablo y en el que todos pensamos no es el que baja de los cielos, sino el que viene del poder punitivo del Estado, del famoso ius puniendi, que es en definitiva la esencia ¨²ltima de lo estatal, del "monopolio de la violencia f¨ªsica leg¨ªtima". Que los jueces que lo imponen o lo preparan no son agentes de la divinidad, sino ¨®rganos del Estado y que como tales no pueden olvidar que, si hacer justicia es importante, tambi¨¦n lo es (no s¨¦ si menos o m¨¢s, pero tambi¨¦n) que ¨¦sta se haga con rapidez y con el menor coste posible para nuestra convivencia. Una consideraci¨®n que cobra especial relevancia cuando se trata de cr¨ªmenes en los que, de una u otra forma, se encuentran implicadas personas investidas de poder.
La criminalidad gubernativa, en el ampl¨ªo sentido en el que emplea este concepto mi joven colega Luis Mar¨ªa D¨ªez Picazo en un recient¨ªsimo libro (La criminalidad de, los gobernantes, 1996), plantea en todas partes situaciones dif¨ªciles, y ninguna de las f¨®rmulas utilizadas para reprimirla est¨¢ exenta de inconvenientes. Buena prueba de ello encontrar¨¢ el lector en el estudio que all¨ª se hace sobre otros pa¨ªses de nuestro entorno. A?adir a estos inconvenientes los que nacen de una situaci¨®n en la que el progreso de las investigaciones queda al albur de revelaciones cuidadosamente dosificadas por ciudadanos nada ejemplares es ya pura insensatez. Los jueces habr¨¢n de resolver, en su momento, sobre la verosimilitud de tales revelaciones y despu¨¦s sobre su veracidad, pero lo que es seguro es que no es el amor a la verdad ni la sed de justicia lo que lleva a sus autores a decir ahora lo que han callado durante muchos a?os. No s¨¦ si el mejor medio para escapar de esta situaci¨®n absurda es el de llevar al Tribunal Supremo la instrucci¨®n de todos los asuntos relacionados con el GAL (o los GAL). Lo que s¨ª cabe decir sin temor a equivocarse es que la peor manera de hacer compatible la justicia con las necesidades de nuestra sociedad es la de dejar que la marcha de aqu¨¦lla la determinen las conveniencias personales de quienes, por esos u otros delitos, est¨¢n sometidos a su acci¨®n. Gentes que, al parecer, hasta pueden elegir, tambi¨¦n en raz¨®n de esas conveniencias, la "calidad en la que comparecen" ante los jueces; unas veces como testigos, otras como imputados y otras Dios sabe en condici¨®n de qu¨¦. La perspectiva de que los espa?oles hayamos de convivir con el asunto GAL hasta el a?o 2015, como prev¨¦, seg¨²n hemos podido leer, uno de los protagonistas destacados de esta historia interminable, es simplemente aterradora; al menos para quienes no creemos que ese pecado, como el de Ad¨¢n, haya de recaer sobre los espa?oles, de generaci¨®n en generaci¨®n, hasta el fin de los tiempos.
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