Anulado el despido de una auxiliar de cl¨ªnica que censur¨® al capell¨¢n por cantar y llevar la comuni¨®n a los enfermos
El Tribunal Constitucional ha anulado el despido de una auxiliar de cl¨ªnica de un hospital granadino regido por una orden religiosa y que un domingo censur¨® al capell¨¢n cuando, ante la inasistencia a la misa dominical, opt¨® por subir a las plantas entonando c¨¢nticos religiosos para dar la comuni¨®n a los enfermos. Cuatro de los seis magistrados de la sala segunda del alto tribunal consideran que las cr¨ªticas est¨¢n amparadas por la libertad de expresi¨®n, mientras que los otros dos votaron en contra del amparo.La auxiliar de cl¨ªnica, ante la decisi¨®n del capell¨¢n de ir en procesi¨®n en busca de los enfermos, dijo en voz alta expresiones como "no s¨¦ como no les da verg¨¹enza", "esto parece un picnic", "estos son los humanitarios" y "si mi madre estuviese aqu¨ª los denunciar¨ªa". D¨ªas despu¨¦s, la empresa, perteneciente a la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, la consider¨® autora de una infracci¨®n laboral muy grave y la despidi¨®. Los ¨®rganos judiciales a los que acudi¨® confirmaron el despido y recordaron el ideario religioso del centro.
En cambio, el alto tribunal, en una sentencia de la que ha sido ponente Julio Diego Gonz¨¢lez Campos, niega que la doctrina sobre el ideario de los centros pueda aplicarse a los no docentes. Invoca el derecho a difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones y considera que los emitidos por la auxiliar, aunque "molestos o hirientes e incluso despectivos", no fueron "gravemente vejatorios". Los magistrados Fernando Garc¨ªa-Mon y Jos¨¦ Gabald¨®n discrepan de la mayor¨ªa.
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