El jard¨ªn del juez
EL JUEZ G¨®mez de Lia?o decret¨® ayer la libertad provisional del teniente de la Guardia Civil Pedro G¨®mez Nieto, procesado en relaci¨®n con el asesinato de Lasa y Zabala. El juez considera que la no desclasificaci¨®n por el Gobierno de los papeles del Cesid debilita sustancialmente la acusaci¨®n contra ¨¦l, aunque no tanto como para suspender el procesamiento. El teniente, supuesto agente secreto del Cesid en Intxaurrondo, as¨ª como el jefe de ese cuartel, el hoy general Galindo, y sus subordinados Enrique Dorado y Felipe Bayo, considerados autores materiales del crimen, siguen procesados. Hay en el sumario suficientes elementos incriminatorios como para que la investigaci¨®n contin¨²e. Que el juez est¨¦ frustrado por una decisi¨®n del Gobierno diferente a la por ¨¦l esperada no le exime de esa obligaci¨®n. Lo importante es llegar al juicio oral.Esa frustraci¨®n tampoco le otorga t¨ªtulos especiales para internarse en terrenos ajenos a su funci¨®n. Sobre todo, porque la experiencia demuestra que no faltar¨¢n voluntarios dispuestos a tomarse al pie de la letra su barroca pero radical descalificaci¨®n del Gobierno para deslegitimar al Estado democr¨¢tico como reh¨¦n de los poderes f¨¢cticos y protector del crimen. Las muy subjetivas opiniones personales de G¨®mez de Lia?o son respetables, pero no necesariamente una pauta que haya de seguir el Ejecutivo.
Es de esperar, por el contrari¨®, que el Gobierno de Espa?a sea menos unilateral en sus juicios y m¨¢s prudente en sus decisiones. Si toda la acusaci¨®n contra G¨®mez Nieto se basaba en unos papeles que ignoraba si podr¨ªa utilizar como prueba, e incluso si eran aut¨¦nticos el Gobierno afirma que no consta la existencia de dos de los cuatro solicitados-, el juez se precipit¨® al construir su impactante pieza acusatoria. Llama la atenci¨®n el contraste entre lo que en esa pieza era presentado, casi como un relato vivido y las dudas existentes sobre la veracidad de los documentos sobre los que se bas¨® dicha narraci¨®n. En otras profesiones, esa reconstrucci¨®n se considerar¨ªa aventurada.
El juez admite la necesidad de investigar por otros medios diferentes a los vedados por la decisi¨®n del Gobierno, pero s¨®lo para insistir en lo misma: c¨®mo convalidar, por otros caminos, los papeles que el Gobierno se ha negado a autentificar. El juez parece ofendido por las opiniones que han considerado ins¨®lita su pretensi¨®n de hacerlo tomando declaraci¨®n a los miembros de la Comisi¨®n de Secretos Oficiales del Congreso, y se acoge al magisterio del Tribunal Supremo para justificarla. Recurre para ello a sendas resoluciones relativas a la su puesta utilizaci¨®n de fondos reservados para cometer delitos. De entrada, puede discutirse que sea lo mismo cometer un delito al amparo del secreto -por ejemplo, pagar con fondos reservados a mercenarios- que investigar reservadamente supuestos delitos cometidos desde el interior del aparato del Estado, como parece ser el caso de los papeles del Cesid. Tal investigaci¨®n es de seable que se haga, y no sena posible hacerla sin garant¨ªas de que los resultados permanecer¨¢n secretos. Cuan do el Gobierno, tras asegurarse de la legalidad de su de cisi¨®n, justifica su negativa bas¨¢ndola en argumentos fundamentalmente pol¨ªticos, se atiene a esa l¨®gica, que cualquier persona razonable entiende.
Lo que no se entiende es que una comisi¨®n cuyo fundamento es que sus miembros no puedan revelar a nadie lo conocido en funci¨®n de su pertenencia a la misma puedan convertirse en una v¨ªa paralela de burlar la decisi¨®n del Gobierno. La absolutizaci¨®n. de principios esgrimida por el juez como que "la justicia est¨¢ abocada a la verdad" no puede anular la evidencia de que esa indagaci¨®n de la verdad est¨¢ sometida a limitaciones: no puede interrogar a un sacerdote sobre lo conocido en confesi¨®n, por ejemplo y tampoco a un diputado sobre lo que conoce como depositario de secretos oficiales.
M¨¢s all¨¢ del episodio concreto, el auto pone en evidencia, una vez m¨¢s, la contradicci¨®n entre el deseo de algunos jueces de invadir terrenos que desbordan su funci¨®n estricta y la incapacidad para hacerlo desde una l¨®gica' compartida por los ciudadanos corrientes. Lo coherente ser¨ªa, o bien que se limitase a aplicar la ley, o que se convirtiera en un agente activo en la resoluci¨®n de conflictos, desde la convicci¨®n de que la ley no puede recoger la complejidad de las situaciones reales. Lo peor es esta combinaci¨®n de jueces supuestamente moralistas que dan lecciones de pol¨ªtica al Gobierno -acus¨¢ndole de entorpecer y obstaculizar la justicia, o de dar m¨¢s importancia de la debida al valor de la seguridad del Estado- desde u?a l¨®gica de curia forense que nada tiene que ver, con la de la vida real.
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