La Sala Tercera del Supremo decidir¨¢ en diciembre si dos de los 'papeles del Cesid' son secretos de Estado
El abogado ¨ª?igo Iruin formaliz¨® ayer en la Sala Tercera del Tribunal Supremo sendos recursos contencioso-administrativos contra el acuerdo del Gobierno, del 2 de agosto, de no desclasificar los documentos del Cesid considerados como secretos y reclamados por los jueces que investigan los casos Lasa-Zabala y Luc¨ªa Urigoitia. La sentencia, prevista para diciembre pr¨®ximo, afectar¨¢ s¨®lo a un documento de cada sumario, ya que, seg¨²n el Consejo de Ministros, los dem¨¢s no existen. Los recurrentes niegan que pueda considerarse "acto pol¨ªtico", exento del control judicial, la ocultaci¨®n de pruebas de tres asesinatos.En uno de los dos recursos se impugna que el Gobierno mantenga el secreto del documento que se refiere a la muerte de Luc¨ªa Urigoitia, en julio de 1987, por disparos de la Guardia Civil. El documento del Cesid que el Gobierno se neg¨® a desclasificar mantiene que un capit¨¢n de los Servicios Especiales de la Guardia Civil manipul¨® pruebas judiciales, como fueron unos casquillos y el ca?¨®n de la pistola que empu?aba la presunta etarra, con el fin de demostrar al juez de San Sebasti¨¢n que Urigoitia hab¨ªa utilizado su arma contra un agente antes de ser abatido por los disparos de ¨¦ste.
El otro documento cuyo secreto se impugna es de 28 de septiembre de 1983 y procede de la Unidad Operativa del Cesid. Por medio, de ¨¦l se advirti¨® al entonces jefe del Cesid, Emilio Alonso Manglano, del inminente inicio de atentados y secuestros en Francia por parte de mercenarios y miembros de la 513 Comandancia de la Guardia Civil. Los agentes se quejaban de que los guardias civiles del cuartel de Intxaurrondo (San Sebasti¨¢n) iban a adelantarse a la estrategia del Cesid. En el documento figura una nota escrita a mano por Manglano que dice: "Me lo quedo. Pte. para el viernes".Doctrina jur¨ªdica
En las alegaciones de ambos recursos, Iruin combate la doctrina del "acto pol¨ªtico" para mantener secretos documentos que se refieren a asesinatos investigados por los jueces. Invoca la doctrina del Supremo y del Constitucional, que mantienen la fiscalizaci¨®n plena, sin inmunidades del poder, de la actuaci¨®n administrativa, as¨ª como la del profesor Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa. Entre otras alegaciones, se?ala que el acuerdo gubernamental vulner¨® el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva ya utilizar lo s medios de prueba pertinentes para la defensa.
Una vez formalizados los recursos, de los que son ponentes respectivos los magistrados Gustavo Lescure y Enrique C¨¢ncer, la sala dar¨¢ un plazo com¨²n de ocho d¨ªas al Ministerjo Fiscal y. al abogado del Estado. Concluido este periodo, la prueba se practicar¨¢ en un plazo m¨¢ximo de 20 d¨ªas, por lo que, la sentencia es previsible que se produzca en diciembre. Est¨¢ previsto un pleno de la sala para decidir sobre si la prueba exige examinar los documentos aut¨¦nticos o basta el contenido de los mismos aportado por los jueces que los reclamaron al Gobierno.
Antes de elaborar los recursos, Iruin pidi¨® a la sala el expediente administrativo que culmin¨® con la decisi¨®n del Consejo de Ministros . La sala contest¨® que deb¨ªa verlo en la secretar¨ªa, pero ante la insistencia del letrado, y con el informe favorable del fiscal y desfavorable del abogado del Estado, se acord¨® enviarle el expediente.En cuanto a las recusaciones sucesivas de los magistrados Pascual Sala y Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Jarabo, para que no participen en la resoluci¨®n de los recursos por haber formado parte del. Tribunal de Conflictos de Jurisdicci¨®n que deneg¨® la entrega de los papeles del Cesid al juez Baltasar Garz¨®n, ha sido designado Pedro Antonio Mateo para resolverlas.Recursos r¨¢pidos y lentos
La rapidez de la tramitaci¨®n por el pleno de la Sala Tercera del Supremo de estos dos primeros recursos contra la no desclasificaci¨®n de los papeles del Cesid se debe a la utilizaci¨®n de la ley 62/1978, de Protecci¨®n Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona. Otros dos recursos contencioso administrativos ordinarios interpuestos por igual motivo por las acusaciones populares de los casos GAL y Lasa-Zabala han correspondido a la secci¨®n cuarta y, aunque su tramitaci¨®n va m¨¢s r¨¢pida de lo normal, pueden tardar en resolverse dos a?os. A¨²n no han sido formalizados los recursos y ha sido designado ponente el magistrado Juan Garc¨ªa-Ramos Iturralde.
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