N¨¦cora cerrada
EL TRIBUNAL Supremo no s¨®lo no ha aumentado la pena impuesta por la Audiencia Nacional a Laureano Oubi?a y numerosos capos de la droga en Galicia, casi un¨¢nimente considerada leve en su d¨ªa, y recurrida por ello, sino que la ha reducido espectacularmente. El contraste entre las expectativas existentes y ese desenlace aumenta la irritaci¨®n con que muchas personas han acogido la ya inapelable sentencia. Antes de cualquier otra consideraci¨®n es preciso recordar que la posibilidad de que un culpable sea exculpado de todos o una parte de los delitos de que se le acusa es un precio inevitable a pagar por la existencia de un sistema de garant¨ªas que impida la condena arbitraria o sin pruebas.Esa es una de las diferencias entre el sistema judicial de un Estado de derecho y el que rige en los reg¨ªmenes autocr¨¢ticos. Los tribunales militares franquistas, por ejemplo, pod¨ªan condenar invocando la "convicci¨®n moral del tribunal" si la investigaci¨®n no aportaba pruebas suficientes. Tal cosa ser¨ªa imposible en la Espa?a actual, y ¨¦sa es una garant¨ªa esencial de los ciudadanos, como lo es que las pruebas deber¨¢n obtenerse respetando una serie de formalidades que impidan abusos. El precio de la seguridad jur¨ªdica es que en algunas ocasiones personas de cuya culpabilidad existen escasas dudas, o ninguna, puedan eludir la sanci¨®n penal.
Dicho esto, la irritaci¨®n y desconcierto de muchos ciudadanos est¨¢n justificados. Porque tambi¨¦n conviene recordar que la confirmaci¨®n de la absoluci¨®n de Manuel Charl¨ªn se debe a que las escuchas telef¨®nicas en que se bas¨® la acusaci¨®n no hab¨ªan sido autorizadas; que la exculpaci¨®n de otro supuesto capo ¨ªnicialmente condenado a 19 a?os se debe a que en la comisi¨®n rogatoria que sirvi¨® para inculparle no estaban presentes sus abogados, y, en fin, que la exculpaci¨®n de Oubi?a y su mujer del delito de blanqueo de dinero se debe exclusivamente a que no ha podido probarse que los 429 millones de pesetas que el matrimonio ingres¨® en un banco procedieran del narcotr¨¢fico, aunque el Supremo admite que su origen es il¨ªcito.
Quiere decirse que han sido sobre todo circunstancias procesales, algunas de ellas relacionadas con una instrucci¨®n cuestionable, lo que ha determinado un desenlace sorprendente, pero sin duda ajustado a derecho. Se cierra as¨ª un caso al que alguien denomin¨® con el nombre de ese crust¨¢ceo dec¨¢podo, braquiuro, de la familia, de los port¨²nidos, de cuerpo liso y el¨ªptico que vive en las costas de la pen¨ªnsula Ib¨¦rica.
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