El debate del jurado
LA EXCULPACI?N por un jurado popular de Mikel Otegi, autor confeso de la muerte a tiros de dos agentes de la polic¨ªa vasca, constituye un caso extremo. Pero si se ha producido es que pod¨ªa producirse; luego alg¨²n defecto debe tener una ley que no ha previsto c¨®mo evitar que semejante esperpento pueda darse y que ni siquiera es seguro que ofrezca procedimientos viables para rectificarlo. Pero, precisamente por ser un caso extremo, este veredicto ayuda a desvelar algunos defecto! de dise?o, y no s¨®lo de aplicaci¨®n, del modelo de jurado por el que aqu¨ª se opt¨®. Y ello permite intentar una reforma consensuada.Los miembros del jurado llevaron hasta el absurdo una cierta l¨®gica de la impunidad que incluye, por ejemplo, declaraciones de altos responsables pol¨ªticos que califican de "disparate" el intento de aplicar la ley a los dirigentes de HB. Seg¨²n Arzalluz, el problema no es el miedo, sino la estad¨ªstica: en un territorio como Guip¨²zcoa, no ser¨¢ dif¨ªcil que la mitad m¨¢s uno de los nueve miembros de un jurado sean de HB, partido que recoge en tomo al 20% de los votos de esa provincia (23,7% en las auton¨®micas de 1994 y 18,5% en las generales de 1996). Desde, luego, que haya un partido con fuerte implantaci¨®n que considera leg¨ªtimo el asesinato por motivos pol¨ªticos constituye una situaci¨®n incompatible con el jurado popular, al menos en relaci¨®n con delitos que guarden alguna conexi¨®n con m¨®viles pol¨ªticos. Pero adem¨¢s de la estad¨ªstica est¨¢ el miedo: bastar¨¢ que uno o dos miembros del jurado se identifiquen con esa ideolog¨ªa que considera leg¨ªtimo matar a ciertas personas para que el resto" o al menos una mayor¨ªa del resto del jurado, se sienta presionado. Por tanto, no s¨®lo es el miedo, pero desde luego tambi¨¦n es el miedo.
Una reforma que excluyera al territorio vasco de la norma general plantear¨ªa problemas de coherencia democr¨¢tica que sin duda explotar¨ªan los propagandistas de ETA. La exclusi¨®n gen¨¦rica del ¨¢mbito de juicio con jurado popular de los delitos conexos o fronterizos con el terrorismo -que pasar¨ªan a depender de la Audiencia Nacional- parece una soluci¨®n menos mala. Pero ser¨ªa preferible, en todo caso, una reforma orientada, m¨¢s, que a limitar el ¨¢mbito de aplicaci¨®n, a acotar los riesgos de resoluciones pasionales, prejuiciadas, no motivadas en las pruebas existentes.
Las incongruencias que refleja el veredicto, y que el propio magistrado-presidente resalta en su sentencia, no se habr¨ªan producido con un sistema mixto de jurado. Es decir, un sistema, como el existen en la mayor¨ªa de los pa¨ªses europeos, en el que el jurado es asistido por un magistrado profesional. Ese sistema es el resultado de un compromiso entre el principio de participaci¨®n directa de los ciudadanos en los asuntos p¨²blicos y la dificultad de una apreciaci¨®n jur¨ªdica de las pruebas por Parte de personas legas en derecho. La sentencia del caso Itsasondo reconoce expl¨ªcitamente que el jurado no ha motivado su aceptaci¨®n de la tesis de la defensa seg¨²n la cual concurr¨ªa una eximente de trastorno mental transitorio. Pero justamente es la presencia del juez en los sistemas mixtos lo que garantiza la coherencia entre los elementos de convicci¨®n de los jurados en relaci¨®n con las pruebas y su resoluci¨®n. As¨ª que el debate no se plantear¨ªa tanto entre la aceptaci¨®n o rechazo del jurado como sobre el modelo concreto coherente con la realidad espa?ola actual.
Los riesgos del jurado puro fueron se?alados en el debate que precedi¨® a la aprobaci¨®n de la ley, en 1995, pero no fueron tomados en consideraci¨®n. Tal vez porque un exceso de ret¨®rica llev¨® a sus valedores a presentar al jurado popular como la piedra de toque de la modemizaci¨®n y democratizaci¨®n de la justicia, cuando su alcance era m¨¢s modesto. Ahora se ve que fue un error. Ser¨ªa deseable que la actual mayor¨ªa no lo repitiera, ahora en sentido contrario, para satisfacer a la ret¨®rica de la reacci¨®n, empe?ada en olvidar las mil y una sentencias absurdas que han propiciado algunos que otros jueces. Pero estudiar una reforma en el sentido indicado, parece conveniente.
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