Las leyes europeas no amparan a las parejas homosexuales
El Tribunal de Luxemburgo rechaza un recurso laboral de dos lesbianas
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas hizo p¨²blica ayer una sentencia en la que considera que la discriminaci¨®n por razones de orientaci¨®n sexual no es ilegal porque no hay ninguna legislaci¨®n comunitaria que se oponga a ello. El tribunal fall¨® en contra de la reclamaci¨®n planteada por la ciudadana brit¨¢nica Lisa Jacquelinne Grant. ?sta hab¨ªa denunciado a su empresa por negar a su compa?era sentimental, otra mujer, las ayudas al transporte que el reglamento de la empresa contempla para los c¨®nyuges de sus empleados, est¨¦n o no casados, siempre y cuando sean de sexos opuestos.
El tribunal sostiene que no se trata de un caso de discriminaci¨®n sexual porque la empresa tambi¨¦n habr¨ªa negado esas ayudas si los reclamantes fueran dos hombres en lugar de dos mujeres. Distingue entre discriminaci¨®n por razones de sexo o por razones de orientaci¨®n sexual, y llega a la conclusi¨®n de que "aunque es cierto que, como afirma la se?ora Grant, el Parlamento Europeo ha declarado que deplora toda discriminaci¨®n por la tendencia sexual de un individuo, no es menos cierto que la Comunidad no ha adoptado, hasta el presente, ninguna norma que proceda a tal asimilaci¨®n".Seg¨²n el razonamiento del tribunal, que responde a una consulta prejudicial del Tribunal Industrial de Southampton encargado del caso, "en lo que concierne al Derecho de los Estados miembros, si en algunos la comunidad de vida entre dos personas del mismo sexo est¨¢ asimilada al matrimonio, aunque de forma incompleta, en la mayor¨ªa de los Estados miembros no est¨¢ asimilada a las relaciones heterosexuales".
El tribunal hace hincapi¨¦ en que el Consejo [de ministros de la Uni¨®n Europea], puede tomar medidas para eliminar las diferentes formas de discriminaci¨®n.
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