Las comunidades deber¨¢n instalar una antena colectiva si lo decide un tercio de los vecinos
El Consejo de Ministros aprueba el decreto-ley que regula las parab¨®licas
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer un decreto-ley que regula la instalaci¨®n de antenas parab¨®licas. La norma, que ha de ser sometida a convalidaci¨®n del Parlamento, establece que los edificios de nueva construcci¨®n deben tener la infraestructura necesaria para recibir todos los servicios de televisi¨®n, radio, telefon¨ªa y cable. En los ya construidos bastar¨¢ el acuerdo de un tercio de la comunidad para realizar la instalaci¨®n, que no ser¨¢ costeada por quienes se opongan. Los ayuntamientos podr¨¢n retirar las antenas individuales por razones est¨¦ticas o de peligrosidad.
El decreto-ley pretende "evitar la proliferaci¨®n de sistemas individuales y cableados exteriores en las nuevas construcciones, que afectar¨ªa negativamente a la est¨¦tica de las mismas" y se aplicar¨¢ "a todos los edificios de uso residencial o no" acogidos, o que deban acogerse, a la ley de propiedad horizontal [que regula las comunidades de propietarios].Nuevos edificios. No se autorizar¨¢ la construcci¨®n o rehabilitaci¨®n integral de ning¨²n edificio cuyo proyecto arquitect¨®nico no contemple una infraestructura com¨²n para recibir todos los servicios de televisi¨®n, radio, telefon¨ªa y cable.
Edificios en construcci¨®n. Tendr¨¢n que disponer de las instalaciones necesarias todas aquellas edificaciones que "hayan sido concluidas despu¨¦s de transcurridos ocho meses desde la entrada en vigor del decreto-ley".
Edificios ya construidos. Cuando la comunidad de propietarios o el due?o de un edificio decida realizar la instalaci¨®n deber¨¢ notific¨¢rselo por escrito a propietarios de los pisos o locales o en su caso a los arrendatarios, dos meses antes de que se inicien las obras. Para que el acuerdo sea v¨¢lido, bastar¨¢ con que lo apruebe un tercio de los integrantes de la comunidad, "que representen a su vez un tercio de las cuotas de de participaci¨®n en los elementos comunes".
El coste de la instalaci¨®n no podr¨¢ ser repercutido a aquellos vecinos que no hayan dado su consentimiento. Si m¨¢s tarde estos vecinos cambiasen de opini¨®n y decidieran tener acceso a los servicios tendr¨¢n que pagar el importe que les hubiera correspondido, "debidamente actualizado aplicando el correspondiente inter¨¦s legal". Si la comunidad rehusara contar con una infraestructura com¨²n, el vecino que lo desee podr¨¢ hacer la instalaci¨®n cargando con los gastos.
Obligatoriedad. En los edificios ya construidos o que concluyan antes de los pr¨®ximos ocho meses ser¨¢ obligatoria la instalaci¨®n com¨²n cuando el n¨²mero de antenas ya instaladas, individuales o colectivas, "sea superior a un tercio del n¨²mero de viviendas y locales". En este caso las antenas ya instaladas deber¨¢n ser sustituidas por una infraestructura com¨²n durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la norma. Tambi¨¦n ser¨¢ obligatoria la instalaci¨®n com¨²n cuando "la Administraci¨®n competente [los ayuntamientos] considere peligrosa o antiest¨¦tica lacolocaci¨®n de antenas individuales en un edificio".
Arrendatarios. Si los que solicitan la instalaci¨®n son los arrendatarios de un edificio ya construido, ser¨¢n ¨¦stos, quienes paguen los gastos. Pero al concluir el arrendamiento la instalaci¨®n quedar¨¢ en el edificio a disposici¨®n de su propietario.
Doble oferta. En caso de que un vecino desee acceder a un servicio diferente al contratado por la comunidad, deber¨¢ comunic¨¢rselo al presidente. ?ste tendr¨¢ que contestar en quince d¨ªas si la instalaci¨®n va a ser adaptada en un plazo de tres meses para ofrecer el servicio solicitado. En caso de que no sea as¨ª, el vecino en cuesti¨®n "podr¨¢ realizar la obra que le permita la recepci¨®n de los servicios de telecomunicaciones". El portavoz de la Mesa Intersectorial de Antenas de Televisi¨®n y Sat¨¦lite, Miguel ?ngel Garc¨ªa Arg¨¹elles, afirm¨® que el decreto "facilitar¨¢ que los usuarios puedan acceder en mejores condiciones a estos servicios y despejar la problem¨¢tica legal que exist¨ªa". En esta Mesa Intersectorial, que ha coloborado enla redacci¨®n del decreto-ley, participan Retevisi¨®n, Telef¨®nica, Canal Sat¨¦lite, V¨ªa Digital, instaladores y otras firmas.
El director general de Astra, en Espa?a, Albert Mart¨ª, dijo que la norma "garantiza el derecho constitucional a recibir informaci¨®n, preserva el paisaje urbano y favorece la instalaci¨®n de parab¨®licas".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.