El juez Garc¨ªa-Castell¨®n se inhibe en favor de Garz¨®n en el caso por genocidio en Chile
El juez de la Audiencia Nacional Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n decidi¨® ayer inhibirse en favor de su compa?ero el magistrado Baltasar Garz¨®n en el caso que el primero instru¨ªa contra el ex dictador chileno Augusto Pinochet por delitos de genocidio y terrorismo presuntamente cometidos en Chile. Garc¨ªa-Castell¨®n argument¨® que el delito de genocidio es ¨²nico y que Pinochet no puede ser juzgado por ese cargo primero por hechos cometidos en Argentina y luego, por los cometidos en Chile. Como Garz¨®n inici¨® su proceso algunos meses antes, ¨¦l debe ser quien se haga cargo de las causas.
Garc¨ªa-Castell¨®n comunic¨® su decisi¨®n al fiscal y a las partes en el proceso y al presidente de la Audiencia Nacional, Clemente Auger. El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairi?o, anunci¨® ayer que recurrir¨¢ la decisi¨®n, aunque agotar¨¢ el plazo legal de tres d¨ªas para hacerlo.
No obstante, fuentes de la Audiencia se?alaron "en el momento en que aparece el operativo C¨®ndor, no tiene sentido que haya dos sumarios" y agregaron que la decisi¨®n de Garc¨ªa-Castell¨®n es ejecutiva, aunque el fiscal puede recurrirla.
Por su parte, Garz¨®n deber¨¢ ahora decidir si acepta el caso y lo acumula al que instruye por los desaparecidos en Argentina, aunque fuentes de la Audiencia Nacional aseguraron que la decisi¨®n se producir¨ªa en las pr¨®ximas horas.
Por un mes
El auto dictado por Garc¨ªa-Castell¨®n destaca que la causa que ¨¦l instru¨ªa se inici¨® el 5 de julio de 1996, tras una denuncia de la Asociaci¨®n Progresista de Fiscales y una querella de la Fundaci¨®n Presidente Allende, por delitos de genocidio y terrorismo contra Augusto Pinochet, Jos¨¦ Toribio Merino, Gustavo Leight, C¨¦sar Mendoza, Fernando Matthei y Rodolfo Stange, entre otros. Sin embargo, precisa que el sumario que tramita Garz¨®n se inici¨® como consecuencia de una querella presentada por la Asociaci¨®n Argentina de Derechos Humanos de Madrid e Izquierda Unida, tambi¨¦n por delitos de genocidio y terrorismo por los desaparecidos en Argentina entre 1976 y 1983, contra Jorge Rafael Videla y 95 militares m¨¢s. Esta querella fue admitida el 10 de junio de 1996, es decir un mes antes que la del juzgado de Garc¨ªa-Castell¨®n.
El hecho que conecta ambos casos es que Pinochet figura como denunciado a ra¨ªz del operativo C¨®ndor y que la investigaci¨®n que sigue Garz¨®n se ampli¨® a los acuerdos entre los denunciados que "ten¨ªan como finalidad llevar a cabo de manera concertada actividades tendentes a la eliminaci¨®n de personas y grupos de personas por razones diversas, entre ellas las ideol¨®gicas". El elemento com¨²n de ambas investigaciones, seg¨²n el auto de Garc¨ªa-Castell¨®n, es "la aparici¨®n en ambas como denunciado quien ostent¨® la m¨¢xima responsabilidad en Chile en el periodo indicado, el general Augusto Pinochet".
El delito de genocidio es un delito ¨²nico y no puede ser perseguido en dos sumarios aunque los hechos que se investiguen sean distintos: el genocidio por los desaparecidos en Chile y por los desaparecidos en Argentina. Adem¨¢s el resto: secuestros, asesinatos, torturas y desapariciones, que configurar¨ªan tambi¨¦n el delito de terrorismo, deben ser considerados delitos conexos, por lo que seg¨²n Garc¨ªa-Castell¨®n deben ser perseguidos en la misma causa. En caso contrario se producir¨ªa una duplicidad, que no har¨ªa otra cosa que entorpecer las diligencias.
Comisi¨®n rogatoria
Y el juez que debe llevar la causa unificada es el que primero abri¨® la investigaci¨®n, es decir el juzgado n¨²mero 5. Garc¨ªa-Castell¨®n deja sin efecto la comisi¨®n rogatoria que hab¨ªa acordado para ir a interrogar a Pinochet en Londres y se?ala que su acuerdo de inhibici¨®n "deja en plena libertad al juzgado inhibido", esto es el de Garz¨®n, "para calificaci¨®n y, en su caso, adopci¨®n si as¨ª se considerase de las medidas pertinentes al tener conocimiento complementario y m¨¢s completo de los hechos ocurridos por efecto de la instrucci¨®n llevada a cabo por el mismo".
El juez Garc¨ªa-Castell¨®n destaca en el auto de inhibici¨®n que "la adopci¨®n de medidas cautelares, como pudiera ser cualquier medida restrictiva o impeditiva de la libertad, con o sin efectos internacionales por el mismo delito que est¨¢ siendo objeto de instrucci¨®n por el Juzgado Central n¨²mero 5, resulta de todo punto imposible de adoptar por este instructor, dada la coincidencia de actividades delictivas (...) por cuanto la calificaci¨®n jur¨ªdica de las mismas ser¨ªa coincidente".
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