Masa reingresar¨¢ en la Guardia Civil como coronel al quedar prescrito el 'caso Linaza'
El ex teniente coronel Rafael Masa, expulsado de la Guardia Civil hace menos de cuatro a?os por no haber dado parte de las torturas infligidas al padre del etarra Tom¨¢s Linaza, reingresar¨¢ en el instituto armado con el grado de coronel y percibir¨¢ los haberes de los ¨²ltimos cinco a?os al declarar el Tribunal Supremo prescrito su delito en aplicaci¨®n del nuevo C¨®digo Penal. La prescripci¨®n beneficia tambi¨¦n a los otros seis guardias civiles expulsados junto a Masa. ?ste volver¨¢ al servicio activo hasta mayo del a?o 2000, en que pasar¨¢ a la reserva al cumplir 58 a?os de edad.
El complejo caso Linaza fue iniciado hace casi 20 a?os por la f¨¦rrea determinaci¨®n de la juez Elizabeth Huerta de identificar a los agentes que torturaron a Tom¨¢s Linaza Euba, padre de un etarra, incluso mediante comparecencias masivas de guardias en su juzgado. El asunto concluye ahora con un resultado insospechado: el reingreso de los expulsados de la Guardia Civil. El caso, que data de 1981, fue juzgado por la Audiencia de Vizcaya en 1990. Masa y los otros seis guardias del cuartel fueron condenados por un delito de prevaricaci¨®n, al haber tenido conocimiento de que dos agentes hab¨ªan torturado a Linaza, detenido el 14 de mayo de 1981, y no haber hecho nada para evitar que siguieran haci¨¦ndolo, ni para que los hechos fueran conocidos por sus superiores del cuartel de La Salve, en Bilbao. Adem¨¢s del teniente coronel Masa, fueron condenados a seis a?os y un d¨ªa de inhabilitaci¨®n especial el teniente coronel Jos¨¦ Mart¨ªn Llevot y los guardias ?ngel Fuentes, Diego Cer¨®n, Juli¨¢n P¨¦rez Montesinos, Santiago L¨®pez Rico y Miguel Caballero S¨¢nchez. Mart¨ªn Llevot, adem¨¢s, fue condenado por desobediencia y denegaci¨®n de auxilio, a otros seis a?os y un d¨ªa de inhabilitaci¨®n y multa de 100.000 pesetas. Esta sentencia fue confirmada por el Supremo en diciembre de 1993.A la entrada en vigor del C¨®digo Penal de 1995, la Audiencia de Vizcaya tuvo que revisar su propia sentencia a fin de adecuar las condenas al nuevo C¨®digo. As¨ª, el 28 de julio de 1997 dict¨® un auto mediante el que redujo las penas de seis a?os de inhabilitaci¨®n, a seis meses.
Sin embargo, la Audiencia rechaz¨® impl¨ªcitamente la posibilidad de declarar prescritos los delitos tras la actualizaci¨®n de ¨¦stos. Contra esta decisi¨®n, los condenados recurrieron al Supremo pidiendo que declarase prescritas su condenas. Esto es lo que ha hecho ahora el alto tribunal, al estimar el recurso de los siete guardias civiles.
Plazos y actualizaci¨®n
La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, fechada el pasado 11 de diciembre, aplica los plazos de prescripci¨®n del nuevo C¨®digo Penal de 1995 a los nuevos tipos penales. Es decir, tras la actualizaci¨®n de las condenas por la Audiencia vizca¨ªna, el Supremo ha actualizado los plazos de prescripci¨®n y llega a la conclusi¨®n de que, con el nuevo C¨®digo, los delitos est¨¢n prescritos.El alto tribunal explica que el delito de prevaricaci¨®n ten¨ªa un plazo de prescripci¨®n de cinco a?os en el antiguo C¨®digo, mientras que este plazo es de s¨®lo tres a?os en el nuevo texto. A?ade que el periodo de la prescripci¨®n del delito se computa desde el momento en que se ha cometido ¨¦ste, y la prescripci¨®n se interrumpe, seg¨²n el tribunal, "cuando el procedimiento se dirige contra el culpable".
Par la Sala, el momento en que se cometi¨® el delito hay que situarlo cuando los agentes supieron que se hab¨ªan cometido las torturas y se abstuvieron de tomar la iniciativa a que estaban obligados para su persecuci¨®n. Ese d¨ªa fue el 15 de mayo de 1981.
Por tanto, el plazo para que el delito quedase prescrito seg¨²n el nuevo C¨®digo era de tres a?os y se cumpli¨® el 15 de mayo de 1984.
Algunos de los guardias fueron llamados a declarar por la jurisdicci¨®n militar en diversas fechas de 1982 y 1983; es decir, antes de que transcurriese el plazo de prescripci¨®n. Pero no fueron llamados "en calidad de inculpados, sino de testigos". Seg¨²n la Sala, no fue hasta el 28 de agosto de 1984 cuando el juez remiti¨® oficio a la Direcci¨®n General de la Guardia Civil para que se les citase a comparecer "asistidos por letrado", es decir, ya como inculpados.
"Fue en ese momento, el 28 de agosto de 1984, y no antes, cuando se puede decir que se dirigi¨® el procedimiento contra ellos", concluye el tribunal. Unos tres meses y medio despu¨¦s del 15 de mayo de 1984, fecha en que se hab¨ªa cumplido el plazo de prescripci¨®n, " perfeccion¨¢ndose la citada causa de extinci¨®n de la responsabilidad criminal". El tribunal precisa, adem¨¢s, que Masa no fue llamado como inculpado hasta el a?o siguiente, el 22 de enero de 1985.
El tribunal, integrado por el presidente de la Sala Segunda, Jos¨¦ Jim¨¦nez Villarejo, como ponente, y por los magistrados Luis Rom¨¢n Puerta y Carlos Granados, concluye estimando el recurso de casaci¨®n y anula el auto de la Audiencia de Vizcaya.
El sumario del caso Linaza, instruido por la juez Huerta, dio lugar en 1986 al primer enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, al ordenar el Gobierno que 90 guardias civiles no acudieran a una rueda de reconocimiento convocada por la magistrada. El entonces fiscal jefe de Vizcaya, Jes¨²s Cardenal, s¨®lo present¨® cargos contra dos de los 12 acusados inicialmente.
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