El poder judicial aparta del cargo al juez Raposo, acusado de prevaricar
a [EN] El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acord¨® ayer la suspensi¨®n cautelar del presidente de la secci¨®n octava de la Audiencia de Barcelona, Santiago Raposo Gar¨ªn, hasta que finalice el proceso penal abierto contra ¨¦l. Raposo est¨¢ acusado de un supuesto delito de prevaricaci¨®n por haber archivado una causa de delito fiscal al entender que hab¨ªa prescrito. El fiscal solicita para ¨¦l 12 a?os de inhabilitaci¨®n y considera que el magistrado actu¨® con "intencionado desconocimiento".
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC), que es el que juzgar¨¢ a Raposo por tratarse de un supuesto delito cometido en el ejercicio de sus funciones, acord¨® el pasado 19 de abril la apertura de juicio oral. En esa misma resoluci¨®n el instructor de la causa, Pon? Feliu, traslad¨® su decisi¨®n al CGPJ "a los efectos oportunos". La Ley Org¨¢nica del Poder Judicial establece que se acordar¨¢ la suspensi¨®n cautelar de un magistrado cuando se le abra juicio oral por sus actuaciones profesionales, y eso hizo ayer el pleno del CGPJ despu¨¦s de haber recibido el informe a favor del fiscal general del Estado. La celebraci¨®n del juicio contra Raposo no est¨¢ se?alada todav¨ªa, pero es muy probable que se lleve a cabo antes del verano. La fecha del juicio se fijar¨¢ despu¨¦s de que se resuelva un recurso de queja presentado por el abogado de Raposo contra una decisi¨®n acordada durante la instrucci¨®n de la causa. Santiago Raposo se encuentra de baja por depresi¨®n desde el pasado mes de noviembre, aunque ha estado percibiendo ¨ªntegramente su sueldo. Ahora, con la suspensi¨®n de funciones, percibir¨¢ s¨®lo el 70% de su salario. Si finalmente fuera absuelto en sentencia firme, regresar¨ªa a la carrera judicial con derecho a percibir las retribuciones que dejar¨¢ de cobrar durante todo este tiempo. El proceso penal empez¨® el pasado mes de julio, cuando la fiscal¨ªa se querell¨® por un supuesto delito de prevaricaci¨®n contra los integrantes del tribunal de la secci¨®n octava que firmaron el 2 de junio de 1997 un auto por el que se archivaron las diligencias por delito fiscal contra Jaime Sent¨ªs Abad, el que fuera denunciante del llamado caso Casinos, referido a la supuesta financiaci¨®n irregular de Converg¨¨ncia Democr¨¤tica de Catalunya. Esas diligencias se iniciaron a ra¨ªz de una querella de la fiscal¨ªa en la que se acusaba a Sent¨ªs de defraudar a Hacienda 501 millones de pesetas correspondientes a los ejercicios de 1989, 1990 y 1991. El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 18 de Barcelona hab¨ªa acordado el embargo de bienes contra Sent¨ªs. Del mismo modo, hab¨ªa desestimado las peticiones de nulidad de la causa que reclam¨® la defensa, que present¨® un recurso de queja ante la secci¨®n octava. Ese recurso fue estimado por el tribunal presidido por Raposo con el auto supuestamente prevaricador, y la causa contra Sent¨ªs qued¨® archivada. Cambio de declaraci¨®n Durante la tramitaci¨®n de la querella contra el tribunal, las dos magistradas que firmaron la resoluci¨®n con Raposo -Mar¨ªa Jos¨¦ In¨¦s Mart¨ªnez ?lvarez y Mercedes Fern¨¢ndez P¨¦rez- defendieron en un primer momento su actuaci¨®n, pero meses despu¨¦s se desvincularon de Raposo y declararon que ¨¦ste no les explic¨® la totalidad de las circunstancias jur¨ªdicas del caso. Semanas despu¨¦s, las magistradas fueron exculpadas por el fiscal. El ministerio p¨²blico considera que la causa contra Sent¨ªs no hab¨ªa prescrito y que, pese a ello, Raposo dict¨® una resoluci¨®n a sabiendas de que era injusta. La defensa sostiene que el fiscal pudo haber recurrido contra la decisi¨®n de la sala y no lo hizo, por lo que no puede imputarse ning¨²n delito.
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