Condenados dos m¨¦dicos por el fallecimiento de una paciente
La Audiencia de Valencia ha condenado a un a?o de prisi¨®n y tres de inhabilitaci¨®n a dos m¨¦dicos, Juli¨¢n Fernando G. G. y F¨¦lix C. L., responsables de un homicidio imprudente por el fallecimiento de una paciente a la que asistieron, en octubre de 1996, en un parto que necesit¨® de ces¨¢rea. El fallo, redactado por la magistrada Carolina Rius, considera probado que Miguela Rey falleci¨® por una enorme "p¨¦rdida de caudal sangu¨ªneo" que le provoc¨® un shock hipovol¨¦mico y, finalmente, una parada cardiorespiratoria totalmente achacable "a la grave desatenci¨®n de los facultativos intervinientes en la operaci¨®n". ?stos, Juli¨¢n G. G. - ginec¨®logo cirujano-y F¨¦lix C. L.- anestesista- son responsables de no haber detectado ni controlado "la p¨¦rdida sangu¨ªnea que estaba sufriendo la paciente" o las "constantes vitales y tensi¨®n arterial de ¨¦sta en el tiempo que tal p¨¦rdida se estaba produciendo". La fatal intervenci¨®n se realiz¨® en el Hospital Nueve de Octubre de Valencia. El tribunal subraya la negligencia de los responsables de la operaci¨®n - habla de imprudencia "grav¨ªsima y profesional"- al tiempo que no elude cr¨ªticas para con su actuaci¨®n. El cirujano y el anestesista condenados "desoyeron los deberes que, como garantes de la vida de la paciente, ten¨ªan con ¨¦sta; infringiendo gravemente los principios rectores b¨¢sicos de la lex artis m¨¦dica". Testimonios parciales Los magistrados llegan a esas conclusiones por la falta de explicaciones alternativas a la muerte de Miguela Rey y fundando su veredicto en el dictamen de dos m¨¦dicos forenses, los que trabajan para la administraci¨®n de Justicia y, por tanto, son neutrales. De hecho, el fallo no ahorra cr¨ªticas a los peritos m¨¦dicos contratados por las defensas de los acusados, cuyas opiniones no son atendidas por el tribunal. Muy al contrario. El fallo destaca la falta de vigilancia sobre el "cuerpo y estado" o las "constantes vitales y tensi¨®n arterial" de la paciente, lo que implic¨® "que llegara a sonar la alarma por parada cardiaca" sin que los facultativos hubieran observado hasta entonces "ni la p¨¦rdida de sangre, ni la bajada de la tensi¨®n arterial ni la alteraci¨®n del ritmo cardiaco". El tribunal, adem¨¢s, concede una indemnizaci¨®n de 15 millones de pesetas para el marido de la v¨ªctima de la imprudencia y 25 para el hijo de ambos, que naci¨® sano en el quir¨®fano en el que muri¨® su madre. Una comadrona, tambi¨¦n acusada, ha sido absuelta ya que su responsabilidad, colateral en todo caso, queda eliminada por la de su superior.
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