La Generalitat imputa un delito societario a Tabares y al responsable de las empresas beneficiadas
La querella interpuesta por los abogados que representan a la Generalitat en el procedimiento abierto en el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 15 de Valencia imputa a Jos¨¦ Mar¨ªa Tabares y Jean Luc Lagier, el administrador de Sonotube y Graficom, de un delito societario, una ilegalidad castigada con un m¨¢ximo de cuatro a?os de prisi¨®n. La calificaci¨®n jur¨ªdica de los hechos realizada por los letrados de Garrigues Andersen, el despacho contratado por el Ivex, podr¨ªa eximir al ex director de esa empresa p¨²blica de haberse lucrado con el "quebranto econ¨®mico" causado a la empresa, cifrado, de momento, en 1.049 millones de pesetas.
De hecho, el delito societario, inexistente hasta la aprobaci¨®n del nuevo C¨®digo Penal, vigente desde 1995, fue creado por el legislador para intentar poner coto a los fraudes cometidos mediante la denominada ingenier¨ªa financiera, enrevesadas operaciones econ¨®micas que culminan con un perjudicado claro -una o varias sociedades p¨²blicas o privadas- y un beneficiario m¨¢s difuso: habitualmente, un complejo entramado de empresas.
As¨ª, la querella interpuesta descarta, de momento, la comisi¨®n de otros delitos de car¨¢cter econ¨®mico y mayor reproche penal: estafa, apropiaci¨®n indebida o malversaci¨®n de caudales. Es decir, los abogados de la Administraci¨®n auton¨®mica, convencidos de la existencia de delito, podr¨ªan no tener pruebas o albergar dudas de que Tabares haya sido favorecido por las operaciones financieras supuestamente irregulares que ejecut¨®.
Es m¨¢s, fuentes cercanas al caso apuntan que Tabares, que volver¨¢ de Tokio de forma inminente, tiene m¨²ltiples argumentos legales en los que basar su defensa. As¨ª, el juez encargado de investigar el caso, Vicente R¨ªos, podr¨ªa utilizar el primer auto que dicte al respecto para cuestionar algunas afirmaciones contenidas en la querella o solicitar m¨¢s informaci¨®n en torno a ellas.
En cualquier caso, la primera decisi¨®n del juez ser¨¢, con toda probabilidad, declarar la admisi¨®n a tr¨¢mite de la querella al ser delictivos los hechos descritos en ella. Posteriormente, el magistrado citar¨ªa a declarar en calidad de imputado a Tabares, al tiempo que ordenar¨ªa la pr¨¢ctica de diversas diligencias encaminadas a determinar la existencia, o no, del fraude.
El delito denunciado est¨¢ castigado con un m¨ªnimo de seis meses de prisi¨®n y un m¨¢ximo de cuatro a?os. Concretamente, los actos que el Ivex imputa a Tabares podr¨ªan ser subsumibles en el art¨ªculo 295 del C¨®digo Penal: "Los administradores de hecho o de derecho o los socios de cualquier sociedad constituida o en formaci¨®n, que en beneficio propio o de un tercero, con abuso de las funciones propias de su cargo, dispongan fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraigan obligaciones a cargo de ¨¦sta causando directamente un perjuicio econ¨®micamente evaluable ......" ser¨ªan responsables de un delito societario.
El juez de Paterna que ha imputado, a instancias de la acusaci¨®n ejercida por el PSPV, un delito societario a seis ex cargos de Canal 9 tambi¨¦n acusa a ¨¦stos, de manera cautelar, de otros dos delitos de car¨¢cter econ¨®mico: malversaci¨®n de caudales y tr¨¢fico de influencias. Seg¨²n la querella presentada, a diferencia de la interpuesta contra Tabares, los denunciados s¨ª se habr¨ªan beneficiado de las supuestas irregularidades.
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