El TSJC reconoce a un inmigrante el derecho a ayudas para su familia
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha reconocido en una sentencia dictada recientemente el derecho de un inmigrante a recibir el subsidio de desempleo por responsabilidades familiares a pesar de que su esposa y sus cuatro hijos no conviven con ¨¦l, ya que se encuentran en su pa¨ªs de origen.La sentencia del alto tribunal catal¨¢n se?ala que aunque no puede afirmarse que el inmigrante tenga responsabilidades familiares, ya que la legislaci¨®n vigente exige la convivencia con al menos un pariente, este requisito no se puede aplicar a los inmigrantes, al tratarse de una exigencia "de imposible o muy dif¨ªcil realizaci¨®n".
El tribunal recuerda en sus consideraciones que trat¨¢ndose de un trabajador inmigrante, la separaci¨®n f¨ªsica con respecto al resto de su familia es parte de la "esencia del fen¨®meo migratorio", ya que "su sustento es generalmente la causa de la migraci¨®n".
Con esta resoluci¨®n, el TSJC confirma una sentencia anterior de abril de 1998 del Juzgado de lo Social n¨²mero 1 de Tarragona en la que ya se reconoci¨® al inmigrante su derecho a percibir el subsidio de desempleo por responsabilidades familiares y contra la que el Inem recurri¨® hasta llegar al alto tribunal catal¨¢n.
La sentencia manifiesta que el Convenio de la Organizaci¨®n Internacional de Trabajadores (OIT) recogi¨® en 1982 el establecimiento de un sistema internacional para la conservaci¨®n de los derechos en materia de Seguridad Social para los trabajadores emigrantes hacia pa¨ªses distintos del de origen, convenio ratificado por Espa?a en el a?o 1985. Seg¨²n este convenio internacional, el requisito de convivencia en el mismo hogar no es necesario para conceder este tipo de subsidio y ser¨¢ suficiente probar que la familia est¨¢ "a cargo del trabajador".
En el caso fallado ahora, la sentencia del Juzgado de lo Social considera probado que el trabajador est¨¢ casado y con cuatro hijos, aunque vive solo en Espa?a, de modo que "puede afirmarse que tiene responsabilidades familiares".
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