La Junta de Andaluc¨ªa se niega a devolver a su madre biol¨®gica una ni?a adoptada ilegalmente
La mujer exige el cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo que le da la raz¨®n
La madre biol¨®gica de una ni?a entregada ilegalmente en adopci¨®n por la Junta de Andaluc¨ªa, seg¨²n sentenci¨® el Tribunal Supremo, ha exigido a la Audiencia Provincial de Ja¨¦n el cumplimiento de la sentencia del alto tribunal. La mujer ha denunciado como delictiva la actitud de la Junta al "oponerse a la aportaci¨®n de la documentaci¨®n requerida" por la autoridad judicial para que se practique la prueba biol¨®gica de la ni?a y ¨¦sta le sea devuelta. La Junta de Andaluc¨ªa no reconoce a la mujer como madre de la chica (ahora tiene 8 a?os) e insiste en que ¨¦sta fue entregada legalmente en adopci¨®n en 1995.
El origen de este asunto fue la renuncia de una madre a su futura hija en septiembre de 1991, unas semanas antes del parto, mediante la firma de un documento a favor de la delegaci¨®n en Ja¨¦n de la Consejer¨ªa de Asuntos Sociales de la Junta de Andaluc¨ªa, a los efectos de su guarda inmediata, acogimiento familiar y posterior entrega en adopci¨®n.Al nacer la ni?a, el 4 de noviembre de 1991, la Administraci¨®n aut¨®noma asumi¨® su tutela, "como si de un menor desamparado y de padres desconocidos se tratase", seg¨²n figuraba en el documento suscrito por la madre. Un a?o despu¨¦s, ¨¦sta reclam¨® a su hija ante un juzgado civil, que en abril de 1994 estim¨® en su integridad la demanda y orden¨® la entrega de la hija a su madre, tras la identificaci¨®n de la ni?a, que en ese momento ten¨ªa dos a?os.
Identificaci¨®n no realizada
La identificaci¨®n, mediante la prueba biol¨®gica, no lleg¨® a realizarse, porque la Junta de Andaluc¨ªa y el fiscal apelaron el fallo ante la Audiencia Provincial de Ja¨¦n, que en menos de cinco meses lo revoc¨® y absolvi¨® a la Administraci¨®n aut¨®noma, en cuyo poder continu¨® la ni?a hasta su entrega en adopci¨®n el 5 de junio de 1995.
La madre biol¨®gica recurri¨® entonces al Supremo, que, cinco a?os despu¨¦s, el 21 de septiembre de 1999, anul¨® la sentencia de la Audiencia de Ja¨¦n, a la que orden¨® que, antes de resolver la entrega de la ni?a a su madre, ordenara la pr¨¢ctica de la prueba biol¨®gica pendiente de realizar y recabara el expediente de adopci¨®n que la Administraci¨®n aut¨®noma se neg¨® a darle en su d¨ªa, ante la pasividad de la sala.
La sentencia del Tribunal Supremo parti¨® de la "nulidad de pleno derecho" del documento de renuncia firmado por la madre biol¨®gica, ya que pugna con lo que dispone el art¨ªculo 77 del C¨®digo Civil respecto a que, para la eficacia de la adopci¨®n, el "consentimiento de la madre no podr¨¢ prestarse hasta que hayan transcurrido 30 d¨ªas desde el parto".
El Supremo declar¨®, en consecuencia, ilegal la adopci¨®n tramitada por la Junta de Andaluc¨ªa, a partir de la prematura renuncia de la madre, ya que, seg¨²n razon¨® en su sentencia, "no existe viabilidad alguna de que el asentimiento a la adopci¨®n pueda ser prestado con antelaci¨®n al parto". Asimismo, estim¨® derogada por la Constituci¨®n, que ampara la investigaci¨®n de la paternidad biol¨®gica, la vieja normativa que hac¨ªa posible la ocultaci¨®n de la identidad de la madre por la propia decisi¨®n de ¨¦sta.
En cuanto al asunto objeto del recurso, el Supremo orden¨® a la Audiencia Provincial de Ja¨¦n que ordenara la pr¨¢ctica de la prueba biol¨®gica y requiriera a la Junta de Andaluc¨ªa la documentaci¨®n sobre la entrega en adopci¨®n de la ni?a "con los apercibimientos legales procedentes".
Sin embargo, la Junta de Andaluc¨ªa ha reiterado en 1999 lo manifestado en 1994 y asegura, en su respuesta a la Audiencia, que en 1995 fue adoptada la menor "con todos los derechos y deberes inherentes a su nuevo v¨ªnculo de filiaci¨®n, estado civil y patria potestad". La Junta desconoce que la renuncia de la madre, que dio origen a la entrega en adopci¨®n de su hija, fue declarada nula "de pleno derecho" por el Tribunal Supremo.
Respuesta "inaceptable"
A la vista de esa respuesta, Francisco Herrera, abogado de la madre biol¨®gica, en un escrito dirigido a la Audiencia de Ja¨¦n, califica de "totalmente inaceptable la documentaci¨®n aportada" y considera que, mediante esa actuaci¨®n, la Administraci¨®n aut¨®noma "vuelve a oponerse a la aportaci¨®n de la documentaci¨®n requerida por la Audiencia Provincial de Ja¨¦n, en claro il¨ªcito penal, que no puede ser dejado libre de sanci¨®n penal".
El letrado, ante la respuesta firmada por la delegada provincial de la Consejer¨ªa de Asuntos Sociales de la Junta, Carmen Pe?alver P¨¦rez, suplica a la sala que lleve a cabo "la acci¨®n de justicia" ordenada por la sentencia del Tribunal Supremo frente a la actitud de desobediencia observada.
El Ejecutivo insiste en que los padres son desconocidos
Carmen Pe?alver P¨¦rez, la delegada provincial en Ja¨¦n de la Consejer¨ªa de Asuntos Sociales de la Junta de Andaluc¨ªa, ha mantenido ante la Audiencia de Ja¨¦n que la ni?a entregada en adopci¨®n ilegal y reclamada por su madre biol¨®gica es "una menor hija de padres desconocidos". No explica que si figura como de madre desconocida es por la "contumaz oposici¨®n" de la Junta -como la describi¨® el Supremo- a practicar la prueba biol¨®gica ordenada judicialmente en 1993, cuando la ni?a a¨²n no ten¨ªa dos a?os.Pe?alver no ha contestado a este peri¨®dico sobre esa actuaci¨®n obstruccionista a la investigaci¨®n de la maternidad. Fuentes de la Junta de Andaluc¨ªa en Ja¨¦n informaron que la actuaci¨®n de Pe?alver fue respaldada por la Administraci¨®n aut¨®noma y por el fiscal. En cuanto al obligado cumplimiento de la sentencia del Supremo, insisten en combinar el obligado respeto a los tribunales con "la prioridad de la protecci¨®n de la menor".
Por su parte, la madre biol¨®gica, que ruega que se preserve su identidad, acusa de actuaci¨®n "obstruccionista" a la Junta, a la que reprocha que cuando acudi¨® en demanda de ayuda le pusieron a la firma un documento para que renunciara a su futura hija.
Madre de otros tres hijos y sujeta a grandes presiones por haberse quedado embarazada siendo viuda, atribuye estos ocho a?os de tormento a un "castigo de Dios", pero no renuncia a la hija que pari¨® el 4 de noviembre de 1991 en un hospital de Linares. Para no perjudicarla, acepta verla peri¨®dicamente y dedicarse a que la quiera y la acepte como madre.
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