Absuelto el acusado por el incendio del Liceo porque no era el responsable de la seguridad La sentencia resalta la "alarmante" situaci¨®n del teatro y el incumplimiento de la normativa
El incendio que destruy¨® el teatro del Liceo de Barcelona el 31 de enero de 1994 se produjo porque no se adoptaron medidas de seguridad en unos trabajos de soldadura que se estaban realizando, pero la justicia no ha hallado culpables. As¨ª lo establece la titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 23 de Barcelona en la sentencia dictada ayer, por la que absuelve al ¨²nico acusado de los hechos -Jos¨¦ Mar¨ªa Folch, director t¨¦cnico del coliseo barcelon¨¦s en aquella ¨¦poca- al considerar que no se ha demostrado que por su cargo tuviera competencias en materia de seguridad.
La magistrada Mar¨ªa Mercedes Otero analiza en la sentencia los diversos informes realizados por los bomberos y los arquitectos en los que se constata "la situaci¨®n alarmante" del teatro por el incumplimiento de las medidas de seguridad contra incendios "m¨¢s necesarias y legalmente obligatorias", tanto en el escenario como en la sala. Por ello, "el solo hecho de que en tal estado el teatro permaneciese en funcionamiento constitu¨ªa, en s¨ª mismo, una negligencia dif¨ªcilmente comprensible". Esas circunstancias, a?ade la sentencia, supon¨ªan un "evidente riesgo no s¨®lo para el propio edificio, sino para las personas que, como empleados, artistas o p¨²blico, acud¨ªan al mismo".Respecto a las causas que provocaron el incendio, la juez afirma que, sin ninguna duda, fueron los trabajos de soldadura que se estaban realizando en el escenario el 31 de enero de 1994. Sin embargo, reconoce que despu¨¦s de varios a?os de investigaci¨®n judicial y de m¨¢s de 4.000 p¨¢ginas que ocupa la causa, no se ha podido concretar d¨®nde se inici¨® el fuego y c¨®mo se propag¨®, entre otras razones, por "la magnitud del mismo".
El fuego se pudo evitar
Pese a ello, la juez concluye que el fuego se pod¨ªa haber evitado si se hubieran adoptado ciertas medidas de seguridad durante esos trabajos de soldadura, que, por el contrario, s¨ª se adoptaron en el verano de 1993, cuando en el Liceo se realizaron unas soldaduras id¨¦nticas, por la misma empresa y con el mismo sistema. La sentencia recuerda que no se colocaron planchas galvanizadas para proteger el escenario, que no se retiraron los decorados ni el resto de material inflamable y que el dispositivo de seguridad se organiz¨® cuando los operarios llevaban media hora trabajando.
Durante el juicio celebrado el pasado mes de enero en Barcelona el fiscal solicit¨® multa de un mill¨®n y medio de pesetas para Jos¨¦ Mar¨ªa Folch, director t¨¦cnico del teatro, al acusarle de un delito de imprudencia grave por omisi¨®n al no ordenar que se adoptasen esas medidas de seguridad y acordar que se retirase un tel¨®n cortafuegos en abril de 1993 para montar una producci¨®n de ¨®pera. Esta tesis es rechazada por la juez al entender que Folch no ten¨ªa atribuidas competencias en materia de seguridad y, por tanto, no se le pod¨ªa exigir que adoptase esas medidas.
Tras analizar las declaraciones de los testigos, la sentencia asegura que es cierto que "en relaci¨®n al escenario [Folch] impart¨ªa instrucciones relativas a la seguridad (...) y tambi¨¦n lo es que estaba facultado para adoptar decisiones" en ese sentido, pero el derecho penal, recuerda la juez, "exige que el deber de actuar sea espec¨ªfico", cosa que no ocurre con Folch. Adem¨¢s, la juez recuerda que cuando se produjo el incendio Folch estaba de viaje y ni siquiera sab¨ªa que los trabajos de soldadura se iban a realizar ese d¨ªa. La sentencia tampoco pasa por alto que el director del Liceo de entonces, Josep Caminal, asegur¨® en la instrucci¨®n de la causa que Folch era el jefe de seguridad del teatro cuando no hab¨ªa p¨²blico. Sin embargo, Caminal afirm¨® en el juicio que el cargo espec¨ªfico de jefe de seguridad no exist¨ªa en el organigrama del teatro. La sentencia asegura que Caminal acus¨® a Folch para exculparse ¨¦l, pues no ten¨ªa obligaci¨®n de decir verdad, al contrario de lo que s¨ª ocurri¨® cuando declar¨® como testigo en el juicio.
La sentencia puede ser recurrida ante la Secci¨®n Tercera de la Audiencia de Barcelona por la fiscal¨ªa y, seg¨²n fuentes judiciales, por las compa?¨ªas aseguradoras, que fueron apartadas del proceso al iniciarse el juicio al considerar la juez que no eran parte perjudicada. Con esa decisi¨®n quedaron exculpados dos empleados de la compa?¨ªa que realiz¨® las soldaduras y otros dos trabajadores del Liceo a los que s¨®lo acusaban las aseguradoras.
La magistrada no pasa por alto que los soldadores empezaron a realizar su trabajo sin que se adoptasen las ya citadas medidas de seguridad y que "nadie ordena paralizar los trabajos (...) pese a que se encontraban presentes en el teatro personas con capacidad para dar la referida orden", pero tambi¨¦n recuerda que como nadie les acusaba no se puede analizar "la negligencia en que se haya podido incurrir" y su relaci¨®n con el incendio.
Emilio Zegr¨ª, abogado de Folch, mostr¨® ayer su satisfacci¨®n por la sentencia y asegur¨®: "Para un barcelon¨¦s, y m¨¢s para un profesional de la escena, era muy duro pasar a las enciclopedias como el culpable del incendio del Liceo". Por su parte, la directora general interina del Consorcio del Gran Teatro del Liceo, Aurora Sanz, abog¨® ayer, en declaraciones a Efe, por la necesidad de "pasar p¨¢gina" porque el siniestro fue un accidente.
Babelia
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