Una "burla" al claustro La Universidad de Valencia emprender¨¢ acciones legales si el Consell retiene los Estatutos. La reforma congelada Planes de estudio, institutos y descentralizaci¨®n, asuntos m¨¢s afectados
En la reuni¨®n que celebrar¨¢ ma?ana martes el claustro de la Universidad de Valencia, ser¨¢n sometidas a la aprobaci¨®n de sus 400 miembros una serie de modificaciones de los Estatutos, sobre art¨ªculos relacionados con la elecci¨®n del Rector, que afectar¨ªan a la gesti¨®n ordinaria de la universidad en caso de que aqu¨¦l cesara antes de acabar su mandato. Se da la circunstancia de que la ¨²ltima reforma estatutaria ratificada por el m¨¢ximo ¨®rgano representativo de la universidad, nada menos que en noviembre de 1997, no ha entrado en vigor porque el Consell no ha le ha dado a¨²n su preceptivo visto bueno. Los nuevos Estatutos permanecen congelados desde hace dos a?os sin que haya una explicaci¨®n plausible a tan ins¨®lita pereza administrativa.El equipo rectoral no oculta su preocupaci¨®n por la situaci¨®n de inseguridad jur¨ªdica creada. "Se est¨¢ cuestionando nuestra capacidad para tomar decisiones sobre su propia organizaci¨®n", subraya el vicerrector Francisco Morales. El retraso en la entrada en vigor de los nuevos Estatutos afecta al proceso de reforma de los planes de estudios, a la nueva organizaci¨®n territorial de la Universidad y al funcionamiento de los Institutos de Investigaci¨®n, aunque tambi¨¦n a la representaci¨®n de los distintos estamentos en la Junta de Gobierno.
Para muestra, un bot¨®n. El claustro deber¨ªa aprobar el martes el nombramiento de los cinco miembros de la que en medios universitarios se conoce como comisi¨®n de notables, entre cuyos cometidos estar¨ªa el preceptivo informe favorable para la aprobaci¨®n de los planes de estudios, cuesti¨®n relevante en un momento en que ¨¦stos se encuentran en una efervescente fase de reforma.
Pero los notables se tendr¨¢n que limitar, por el momento, a ejercer funciones de asesoramiento, puesto que la Comisi¨®n Acad¨¦mica de los Planes de Estudio a la que est¨¢n llamados a pertenecer, est¨¢ pendiente, as¨ªmismo, de que el Consell ratifique las modificaciones de los Estatutos que mantiene en la nevera desde el ecuador de la anterior legislatura.
"M¨¢s que una burla al equipo rectoral es una burla al Claustro, que dedic¨® un a?o de trabajo a esta reforma y fue aprobada por mayor¨ªa absoluta", reconoce el vicerrector Francisco Morales. De no aprobarse en el pleno del Consell previsto para este mismo martes, el rector Pedro Ruiz deber¨¢ responder por la tarde ante el Claustro del compromiso adquirido en su anterior reuni¨®n de noviembre, en el sentido de iniciar las acciones legales correspondientes una vez se cumpliera el plazo de silencio administrativo. Y ese plazo ha expirado ya.
La reforma congelada por el Gobierno aut¨®nomo afecta a m¨¢s de 40 art¨ªculos y una disposici¨®n adicional de los estatutos de la Universidad de Valencia. "La demora del Consell est¨¢ impidiendo hacer efectivos cambios importantes que la Universidad ha decidido llevar a cabo para gestionar mejor en el ¨¢mbito de su competencia", constata Francisco Morales. "Con la reforma de los Estatutos", a?ade el vicerrector, "hicimos una apuesta por la descentralizaci¨®n, por establecer mecanismos para que los planes de estudio se racionalicen y por potenciar los institutos de investigaci¨®n"
Algunos implican cambios en la composici¨®n de los ¨®rganos decisorios de la instituci¨®n y de sus centros. En la Junta de Gobierno, por ejemplo, si la reforma hubiera entrado en vigor los estudiantes pasar¨ªan a tener 12 representantes, dos m¨¢s que en la actualidad; los decanos y directores de escuela casi multiplicar¨ªan por dos sus delegados en la Junta, y el Personal de Administraci¨®n y Servicios (PAS) pasar¨ªa de 4 a 5 delegados. Otro art¨ªculo modificado garantiza que en las Juntas de facultad o escuela haya, al menos, "un estudiante por cada titulaci¨®n del centro", cosa que no suced¨ªa hasta ahora.
Planes de estudios. Es sabido que una gran mayor¨ªa de los planes de estudio est¨¢n siendo reformados. Eso supone un proceso complejo y largo que implica a buena parte de la organizaci¨®n universitaria y cuyo resultado afectar¨¢ directamente a los estudiantes que se incorporen a la Universidad en los pr¨®ximos cursos, as¨ª como a aquellos matriculados en la actualidad que quieran pasar de un plan antiguo a otro nuevo dentro de la misma titulaci¨®n.
Con vistas a perfeccionar este proceso, la Universidad de Valencia introdujo en los Estatutos diversas modificaciones que, por el momento, o no se pueden aplicar o se aplican sin cobertura estatutaria, por la sencilla raz¨®n de que esas modificaciones requieren la continuamente aplazada aprobaci¨®n del Gobierno aut¨®nomo.
As¨ª, la Universidad se ve obligada a hacer filigranas para completar la nueva estructura que interviene en la elaboraci¨®n o reforma de los planes de estudios. As¨ª, todav¨ªa no ha podido constituir la Comisi¨®n Acad¨¦mica de los Planes de Estudio prevista en los nuevos Estatutos, encargada de "garantizar la coherencia acad¨¦mica de los planes" y de emitir el preceptivo informe que se requiere antes de aprobarse cualquier reforma de los mismos. La Junta de Gobierno ya ha designado a los miembros de esta comisi¨®n de notables, uno por cada ¨¢rea de estudios, que de momento deber¨¢n limitarse a ejercer funciones asesoras.
Donde antes dec¨ªa que los planes de estudio y sus modificaciones "son elaborados por uno o varios centros con la participaci¨®n de los departamentos a los cuales corresponde la docencia", los nuevos Estatutos pasan a encomendar esta competencia a "las comisiones t¨¦cnicas nombradas a este efecto por la Junta de Gobierno". Al igual que sucede con los miembros de la "comisi¨®n de notables", hay una comisi¨®n t¨¦cnica por ¨¢rea: Humanidades, Ciencias Sociales, Ciencias B¨¢sicas y T¨¦cnicas, Educaci¨®n y Ciencias de la Salud.
Los Estatutos remozados prev¨¦n, adem¨¢s, que se creen en los distintos centros "las pertinentes comisiones acad¨¦micas de t¨ªtulo". Entre sus funciones se encuentra la de "preparar y difundir la documentaci¨®n necesaria de orientaci¨®n e informaci¨®n a los estudiantes, para los itinerarios curriculares, materias optativas y de libre elecci¨®n", as¨ª como "elaborar la propuesta de horarios y de asignaci¨®n de espacios".
Descentralizaci¨®n. En la actualidad, la Universidad de Valencia cuenta con tres campus, que se han ido configurando en paralelo al aumento de la oferta y la demanda educativas. Primero fue Blasco Ib¨¢?ez, despu¨¦s Burjassot y, finalmente, Els Tarongers. Lo que en la pr¨¢ctica es una realidad geogr¨¢fica, precisaba tambi¨¦n una descentralizaci¨®n organizativa que ser¨¢ virtual mientras las pertinentes alteraciones en los Estatutos que la Universidad propuso en su d¨ªa no sean aprobadas. Los nuevos estatutos consolidan esta distribuci¨®n territorial e incorporan un nuevo art¨ªculo donde se determina que "las facultades y escuelas de un mismo campus se coordinar¨¢n en una mesa de coordinaci¨®n de campus, formada por los decanos y directores correspondientes". Entre otras funciones, las mesas de campus tienen la de "organizar materialmente la docencia de aquellas materias de universidad no pertenecientes a ninguna titulaci¨®n y orientadas a la libre elecci¨®n que se impartan en el campus".
Institutos de investigaci¨®n. Bastantes de las variaciones introducidas en el articulado de los Estatutos recaen sobre la actividad y organizaci¨®n de los 11 institutos con que cuenta la Universidad de Valencia. Su misi¨®n es fundamental por cuanto act¨²an como locomotora de la investigaci¨®n en el campus y gozan de una cierta autonom¨ªa para ejercer este papel adecuadamente. En la reforma estatutaria se introduce el principio de evaluaci¨®n externa sobre su funcionamiento. Aparte de poner negro sobre blanco que "ser¨¢ preceptivo el dictamen de alguna agencia evaluadora externa" desde el momento que se aborde la creaci¨®n de un nuevo instituto, se incorporan a su estructura unos nuevos comit¨¦s cient¨ªficos, en los que "participar¨¢n expertos externos de la universidad". En la pr¨¢ctica, estos comit¨¦s, nombrados por la Junta de Gobierno, intensificar¨¢n el control sobre "el inter¨¦s y viabilidad de los institutos", evaluando por periodos cuatrienales sus actividades.
Otras modificaciones estatutarias afectan al reglamento interno de los institutos, a la firma de contratos de investigaci¨®n y a la admisi¨®n o exclusi¨®n de nuevos miembros en su seno. Se quiere consolidar tambi¨¦n la vinculaci¨®n de los profesores de la Universidad a los institutos, por lo que se exige que su relaci¨®n sea de exclusividad y no a tiempo parcial, al objeto de que la dedicaci¨®n a la investigaci¨®n sea prioritaria.
Se agrega, as¨ªmismo, una nueva disposici¨®n adicional a los Estatutos, por la cual se pretende, con las cautelas correspondientes, equiparar a los institutos mixtos del CSIC y la Universidad con los institutos propios de ¨¦sta ¨²ltima, al objeto de "superar una cierta discriminaci¨®n que se ha mantenido y ha supuesto un foco de tensi¨®n no deseada".
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