El Constitucional ordena que se tramite el recurso contra el neonazi Varela por apolog¨ªa del genocidio
El pleno del Tribunal Constitucional no ha admitido a tr¨¢mite la cuesti¨®n de inconstitucionalidad planteada por la Audiencia de Barcelona, que aseguraba que el art¨ªculo 607.2 del C¨®digo Penal -que castiga la apolog¨ªa del genocidio hasta con dos a?os de c¨¢rcel- pod¨ªa ser inconstitucional y contradecir el derecho a la libertad de expresi¨®n. La resoluci¨®n del Constitucional censura la actuaci¨®n del tribunal barcelon¨¦s, que califica de prematura, al plantear la cuesti¨®n previa en el caso de Pedro Varela, que supuso en 1998 la primera condena por dicho delito en Espa?a.
Pedro Varela, propietario de la librer¨ªa Europa de Barcelona y ex presidente del disuelto grupo nazi C¨ªrculo Espa?ol de Amigos de Europa (Cedade), fue condenado en noviembre de 1998 por el Juzgado de lo Penal n¨²mero 3 de la capital catalana a dos a?os de prisi¨®n por apolog¨ªa del genocidio y a otros tres a?os por incitaci¨®n al odio racial. La defensa recurri¨® en apelaci¨®n ante la Secci¨®n Tercera de la Audiencia de Barcelona, que decidi¨® elevar cuesti¨®n de inconstitucionalidad directamente antes de evaluar las pruebas solicitadas por las partes y celebrar la vista del recurso.La fiscal¨ªa y la acusaciones particulares, ejercidas por la asociaci¨®n ATID-SOS Racismo y la comunidad israel¨ª de Barcelona, advirtieron al tribunal de que estaba contraviniendo el art¨ªculo 35.2 de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional, en el que se establece que se podr¨¢ elevar la cuesti¨®n de inconstitucionalidad "una vez concluso el procedimiento", pero la sala no lo tuvo en cuenta.
Ahora el pleno del Tribunal Constitucional, en auto de 18 de enero, explica que la Audiencia vulner¨® el derecho de la defensa a la tutela judicial efectiva y provoc¨® una "total incertidumbre para las partes". En una l¨ªnea coincidente con los argumentos expresados por el fiscal general del Estado ante el Tribunal Constitucional, este ¨®rgano considera tambi¨¦n que la actuaci¨®n de la secci¨®n tercera "ha viciado de ra¨ªz el adecuado juicio de aplicabilidad" del delito cuestionado, "que es inherente al planteamiento de la cuesti¨®n de inconstitucionalidad". Finalmente, el auto entiende que "el silencio" de la Audiencia tambi¨¦n ha impedido conocer si se hubiera podido aportar a la causa durante el tr¨¢mite de apelaci¨®n alg¨²n nuevo elemento jur¨ªdico, tanto sobre la aplicaci¨®n del delito cuestionado como "acerca del eventual efecto determinante del fallo que hubiera debido pronunciarse".
Despu¨¦s del varapalo del Constitucional, la Secci¨®n Tercera ha se?alado para el pr¨®ximo 9 de marzo la vista del recurso de apelaci¨®n por la sentencia dictada contra Pedro Varela. Tras la celebraci¨®n de la vista, el tribunal puede plantear de nuevo la cuesti¨®n de inconstitucionalidad o bien renunciar a esa posibilidad y dictar una nueva sentencia. De ser as¨ª, cualquiera que fuera la sentencia, ser¨ªa ya firme. Pedro Varela fue condenado por distribuir y vender libros y otros materiales escritos y audiovisuales en los que se negaba el holocausto, se defend¨ªan tesis revisionistas y se exaltaba el r¨¦gimen de Hitler.
El precedente de Austria
Un portavoz de SOS Racismo asegur¨® ayer a este diario que "prescindiendo de cuestiones formales de procedimiento, la importancia del caso radica en evitar que se repitan en Espa?a hechos como los ocurridos en Austria, donde conocidos nazis o pronazis llegan al poder". En este sentido, el mismo portavoz asegur¨® que "lo que ha de evitarse es que Catalu?a contin¨²e siendo el para¨ªso de la difusi¨®n impune de doctrinas xen¨®fobas y destructivas".
El auto de la Audiencia de Barcelona que convoca a celebrar la vista de apelaci¨®n no contiene ninguna alusi¨®n al Tribunal Constitucional y admite cuatro de las seis pruebas solicitadas por la defensa que el a?o pasado no fueron evaluadas. Sin embargo, la sala no se ha pronunciado sobre las tres pruebas solicitadas por SOS Racismo, lo que ha llevado a esta acusaci¨®n a solicitar la nulidad del auto por vulneraci¨®n de derechos fundamentales.
La ponente, denunciada
SOS Racismo ha denunciado ante la Fiscal¨ªa de Catalu?a a la magistrada de la Secci¨®n Tercera Ana Ingelmo Fern¨¢ndez, ponente del recurso de apelaci¨®n, por considerar que cometi¨® un delito de prevaricaci¨®n por imprudencia en su actuaci¨®n en el caso.
La denuncia aporta numerosos documentos, entre ellos el auto del Tribunal Constitucional, y explica que la juez actu¨® con una inexcusable ignorancia de la ley y con un desconocimiento de la norma al plantear la cuesti¨®n sin resolver primero el procedimiento. Por eso, SOS Racismo entiende que la ponente redact¨® una resoluci¨®n injusta, que tambi¨¦n firmaron los otros dos magistrados de la sala: el presidente, Guillermo Castell¨®, y Luis Fernando Mart¨ªnez Zapater. Del mismo modo, esta acusaci¨®n particular ha pedido que la juez se abstenga de formar sala en el tribunal que ha de resolver el recurso de apelaci¨®n.
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