Barber¨¢ dice que sus tres ediles pecaron de "ingenuos" al comprar un "retal de solar"
La alcaldesa de Valencia, la popular Rita Barber¨¢, asegur¨® ayer que su equipo de gobierno "no acepta lecciones de moralidad ni de ¨¦tica de nadie". La dirigente del PP argument¨® que sus tres ediles, entre los que se encuentra el responsable de Urbanismo, Miguel Dom¨ªnguez, pecaron "de ingenuidad" porque compraron "un retal de solar" con el que no se puede hacer "ninguna operaci¨®n, ni bien ni mal intencionada". Los tres ediles, especialmente el de Urbanismo, participaron en la revisi¨®n de un planeamiento que afectaba a su solar, lo que les obligaba a abstenerse, seg¨²n la legislaci¨®n.
Rita Barber¨¢ quiso restar importancia a la actuaci¨®n de los tres ediles socios de la comunidad de bienes Sorell -junto con el director general de la Polic¨ªa, Juan Cotino, y una sociedad del empresario Francisco Vall¨¦s- al argumentar que compraron un peque?o solar en el que con el deslunado y el hueco del ascensor no se puede edificar m¨¢s de 35 metros cuadrados por planta. Barber¨¢ acept¨® el argumento de sus ediles de que la compra la realizaron para beneficiar en un futuro a la Fundaci¨® Vives a la que pertenecen. "Parece que los pol¨ªticos no pueden participar en actuaciones de solidaridad", dijo la alcaldesa, que sin embargo reconoci¨® que sus concejales dar¨¢n cuenta de la operaci¨®n el pr¨®ximo lunes en la comisi¨®n de Urbanismo.Tras salir de la sala la alcaldesa, comparecieron los tres ediles socios de la comunidad de bienes, Miguel Dom¨ªnguez (Urbanismo), Enrique P¨¦rez Boada (Deportes) y Rafael Ripoll (Plan Estrat¨¦gico) para recalcar que la compra se realiz¨® como "una tarea social desinteresada" y que el solar comprado "no re¨²ne aptitudes para vivienda". El concejal de Urbanismo indic¨® que ha ordenado a los funcionarios que "emitan informes sobre las circunstancias del solar" para su exposici¨®n el lunes en la comisi¨®n de Urbanismo. Miguel Dom¨ªnguez tambi¨¦n emplaz¨® a quienes tengan dudas sobre la legalidad de sus actuaciones -extremo que hasta el momento no se ha producido- a que acudan a los tribunales. Los tres ediles se negaron a responder a m¨¢s preguntas hasta el pr¨®ximo lunes.
La minusvaloraci¨®n de la compra realizada por los populares -la adquisi¨®n de la parcela se realiz¨® supuestamente por diez millones de pesetas- no es compartida por la oposici¨®n socialista. La portavoz municipal del PSPV, Ana Noguera, argument¨® que el solar comprado por los tres ediles y sus socios si fuese expropiado por el Ayuntamiento, como estaba previsto antes de que se revisase el plan de 1991, tendr¨ªa un valor de 1,4 millones de pesetas. El edil socialista Rafael Rubio explic¨® que con la ¨²ltima valoraci¨®n del precio del suelo realizada por la empresa Tinsa en el centro hist¨®rico (230.000 pesetas el metro cuadrado) el solar adquirido por la comunidad de bienes Sorell permitir¨ªa realizar un negocio de 60 millones de pesetas. Los socialistas afirman que en el solar se puede construir planta baja y tres alturas m¨¢s el retranqueo.
"No es compatible ser concejal de Urbanismo con ser constructor", sentenci¨® la socialista Ana Noguera, que argument¨® que los tres concejales del PP ten¨ªan voluntad de ocultar la operaci¨®n de compra del solar, ya que no declararon el Registro de Intereses de la Corporaci¨®n ni su participaci¨®n en una comunidad de bienes, ni la compra del solar. Rafael Rubio enfatiz¨® que "una tarea social desinteresada no es constituir una comunidad de bienes para comprar solares, que s¨®lo se registra en Hacienda para obtener un NIF".
Marco legal
Los tres concejales populares del Ayuntamiento de Valencia vulneran, seg¨²n la oposici¨®n y la plataforma c¨ªvica Salvem El Cabanyal -que ha solicitado la apertura de un expediente a los ediles-, el Estatuto de los miembros de las Corporaciones locales. En el art¨ªculo 76 de este estatuto se indica que "los miembros de las corporaciones locales deber¨¢n abstenerse de participar en la deliberaci¨®n, votaci¨®n, decisi¨®n y ejecuci¨®n de todo asunto cuando concurra alguna de las causas a que se refiere la legislaci¨®n de procedimiento administrativo". Esta ley indica que "las autoridades" deben abstenerse por "tener inter¨¦s personal en el asunto (...), ser administrador de sociedad o entidad interesada (...), tener amistad ¨ªntima (...) con los administradores o sociedades interesadas".
La regulaci¨®n de la actuaci¨®n de los miembros de Corporaciones locales indica que cuando concurran estas situaciones y la actuaci¨®n de los cargos p¨²blicos "haya sido determinante" se proceder¨¢ a invalidar "los actos en que hayan intervenido".
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