Multa de 10,5 millones de pesetas por emplear a extranjeros sin permiso
El Tribunal Supremo ha confirmado una sanci¨®n de 10,5 millones de pesetas impuesta por el Consejo de Ministros a la empresa dedicada a la fabricaci¨®n de autom¨®viles Rinol Espa?ola por emplear a trabajadores yugoslavos sin el correspondiente permiso de trabajo, conforme a la Ley de Extranjer¨ªa de 1985. En la sentencia, el Supremo desestima el recurso de la empresa porque la Inspecci¨®n de Trabajo de Barcelona comprob¨® que, efectivamente, la contrataci¨®n fue irregular. El delegado del Gobierno para la Inmigraci¨®n, Enrique Fern¨¢ndez Miranda, declar¨® ayer en Roma que es "vital" que las comunidades aut¨®nomas cuantifiquen sus necesidades de mano de obra extranjera para que los contingentes anuales se fijen con "una visi¨®n de Estado".
Pol¨ªtica migratoria en com¨²n
Los trabajadores yugoslavos hab¨ªan accedido a trabajar en la factor¨ªa de autom¨®viles espa?ola con documentos expedidos por otra empresa. Todos ellos ten¨ªan suscrito un contrato laboral con la firma Rinol Austria, si bien ¨¦ste se firm¨® en Alemania, poniendo la empresa austriaca los trabajadores a disposici¨®n de la compa?¨ªa ubicada en Alemania.Seg¨²n el acta levantada por la Inspecci¨®n de Trabajo de Barcelona, la empresa alemana suscribi¨® "un contrato de asistencia t¨¦cnica con la factor¨ªa de autom¨®viles radicada en Espa?a y envi¨® a la sede espa?ola a estos trabajadores para el cumplimiento del contrato, y entonces ¨¦stos, para acceder a la f¨¢brica, obtuvieron una acreditaci¨®n de una tercera empresa, espa?ola, de la misma denominaci¨®n y al parecer con el mismo objeto social que la austriaca y la alemana".
El Consejo de Ministros sancion¨® en 1995 a la firma espa?ola por infracci¨®n de la normativa sobre extranjer¨ªa y sobre infracciones en el orden laboral, por utilizar trabajadores extranjeros sin que hubiesen obtenido el indispensable permiso de trabajo. La empresa mantuvo que no proced¨ªa la sanci¨®n al no tener suscrito contrato laboral con los trabajadores, y aleg¨® que est¨¢n vinculados con la empresa austriaca y que actuaban en Espa?a por cuenta de la alemana, en cumplimiento del contrato de asistencia t¨¦cnica con la factor¨ªa radicada en Espa?a, que fue suscrito en su momento por la empresa germana.
Sin embargo, el Supremo explica que la empresa espa?ola utiliz¨® a los trabajadores extranjeros, ya que fue la que expidi¨® documentos de acreditaci¨®n de los mismos para que accediesen a su trabajo en la factor¨ªa de autom¨®viles, lo que implica una utilizaci¨®n de estos trabajadores y la existencia de alg¨²n tipo de relaci¨®n con ellos, que adem¨¢s no proven¨ªan de un pa¨ªs que perteneciera a la Uni¨®n Europea.
El delegado del Gobierno para la Inmigraci¨®n, Enrique Fern¨¢ndez- Miranda, que ayer viaj¨® a Roma para entrevistarse con el subsecretario de Interior italiano, Aniello di Nardo, con el fin de intentar coordinar las pol¨ªticas migratorias de ambos pa¨ªses, consider¨® "vital" que las comunidades aut¨®nomas participen en las decisiones en materia de extranjer¨ªa para conocer cu¨¢les son las necesidades reales de mano de obra extranjera. En su criterio, ello ayudar¨ªa a cuantificar el contingente anual de extranjeros con una "visi¨®n de Estado". Su propuesta est¨¢ abierta tambi¨¦n a los diferentes sectores econ¨®micos, como el pesquero, el agr¨ªcola o el hostelero, que tienen necesidades concretas de personal. Fern¨¢ndez-Miranda se?al¨® asimismo que es preciso considerar qu¨¦ puestos de trabajo tienen caracter¨ªsticas de estabilidad y cu¨¢les de temporalidad, as¨ª como el fen¨®meno de reagrupaci¨®n familiar que suele llevar aparejada la instalaci¨®n de los inmigrantes en Espa?a.
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