La Generalitat proyecta poner vigilancia electr¨®nica a los maltratadores
Los autores de malos tratos contra las mujeres ver¨¢n mermada su capacidad de movimiento gracias a un nuevo instrumento de vigilancia electr¨®nica que permitir¨¢ a la polic¨ªa comprobar si el agresor cumple la prohibici¨®n de mantenerse alejado del domicilio de la v¨ªctima. Esta es una de las medidas que el Instituto Catal¨¢n de la Mujer prev¨¦ en la proposici¨®n de ley que la Generalitat presentar¨¢ en el Parlament para endurecer las penas contra quienes golpeen a su pareja.
La violencia dom¨¦stica est¨¢ cada vez m¨¢s extendida, como lo demuestra el aumento de denuncias por malos tratos en los ¨²ltimos cuatro a?os. En 1997 se presentaron en Catalu?a 2.483 denuncias; en 1998, 3.260; en 1999, 3.288 y en el a?o 2000, 3.562, seg¨²n datos del Ministerio del Interior y de los Mossos d'Esquadra. En toda Espa?a se cursaron en esos a?os 18.535, 20.673, 21.778 y 23.366 denuncias, respectivamente. Los expertos creen que las estad¨ªsticas reflejan s¨®lo parte del problema, cuyo alcance real se desconoce ya que muchas mujeres no se atreven a denunciarlo.
Desde el Instituto Catal¨¢n de la Mujer se trata de articular una serie de actuaciones judiciales y civiles de aplicaci¨®n inmediata tendentes a aumentar el control del agresor, descargando a las v¨ªctimas de una parte del peso que ahora se ven obligadas a soportar en solitario. Con demasiada frecuencia son ellas quienes se quedan en la calle al abandonar el domicilio familiar solas o con los hijos, hartas de ser objeto de malos tratos.
Con las modificaciones legales se quiere conseguir que sea la mujer quien se quede en la casa y el agresor el que se vaya. En algunos casos se han colocado en la mu?eca de algunas mujeres agredidas instrumentos electr¨®nicos para permitirlas que pidan ayuda, pero ello no siempre es eficaz cuando aparece de improviso el marido con ¨¢nimo de reincidir. De ah¨ª que ahora se quiera invertir los t¨¦rminos y el vigilado sea el maltratador.
Prohibici¨®n de contactar
En el proyecto de ley de prevenci¨®n de la violencia en el hogar se establecen dos fases de actuaci¨®n a partir del momento mismo en el que se produce el delito o la falta. En los primeros 10 d¨ªas se proh¨ªbe al agresor entrar en el domicilio, telefonear a la v¨ªctima o establecer contacto con ella de cualquier forma. Mantener alejado al violento del lugar de residencia, de trabajo o de estudio de la agredida es fundamental en la primera fase.
El paso siguiente incluye medidas temporales que de forma cautelar y por un periodo de unos tres meses permitir¨¢n que la mujer decida si tramita un proceso de separaci¨®n o divorcio o de cuestiones relacionadas con la manuntenci¨®n de los hijos. Para facilitar el procedimiento que se debe seguir en esta situaci¨®n, las mujeres encontrar¨¢n un impreso normalizado en los juzgados. Una vez cursada la petici¨®n, el juzgado de primera instancia adoptar¨¢ en el plazo de 24 horas las medidas que considere oportuno.
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