Una juez absuelve a Altadis de una muerte por c¨¢ncer de pulm¨®n
La sentencia explica que no se aclar¨® si el tabaquismo caus¨® el ¨®bito
La demanda que ahora ha desestimado el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 34 de Barcelona se present¨® en enero de 1998 y estuvo paralizada varios meses hasta que los tribunales decidieron si deb¨ªa resolverse en esta ciudad o en Madrid. Era la primera vez en Espa?a que los familiares de un fallecido por tabaquismo llevaban a Altadis al juzgado. Emilio Carrami?ana falleci¨® en 1993, a los 42 a?os, como consecuencia de un c¨¢ncer de pulm¨®n que la demanda atribu¨ªa a su adicci¨®n al tabaco. Consum¨ªa tres paquetes diarios de cigarrillos desde hac¨ªa 20 a?os. Los familiares, su esposa y los tres hijos solicitaban 60 millones de pesetas, 15 para cada uno.
La magistrada Carolina Fons Rodr¨ªguez entiende que 'no se ha logrado demostrar que la causa directa y exclusiva de la muerte' fuera la adicci¨®n al tabaco de Carrami?ana y precisa que 'hay otros factores de riesgo' que originar¨ªan el c¨¢ncer del pulm¨®n del fallecido. Entre ellos, factores ambientales, contaminantes o gen¨¦ticos. 'Otra posibilidad no descartada por completo' que pudo causar el fallecimiento, precisa la juez, ser¨ªa la met¨¢stasis, puesto que los informes m¨¦dicos tampoco la excluyeron de manera definitiva.
Del mismo modo, la juez recuerda que al fallecido no se le practic¨® una autopsia que reflejara la causa de la muerte y apostilla que los estudios epidemiol¨®gicos que vinculan el tabaco a diversas enfermedades representan 'probabilidades de la causa de la muerte, pero no certeza'. La juez constata, adem¨¢s, que el informe m¨¦dico aportado por la familia en la demanda fue realizado cuatro a?os despu¨¦s de morir el enfermo y fue redactado por un doctor que no le trat¨® personalmente.
La juez recuerda que desde hace casi 20 a?os se advierte de los peligros del tabaco en las cajetillas y que desde la d¨¦cada de 1960 los medios de comunicaci¨®n advierten que fumar puede ser perjudicial para la salud. Por eso, precisa, es 'un hecho notorio y conocido' que el tabaco puede ser un factor de riesgo que puede provocar determinadas enfermedades, especialmente si se consume en exceso, y en este caso, los tres paquetes diarios que fumaba el fallecido 'no es un consumo moderado'. De ah¨ª que la juez apostille que 'esta opci¨®n personal, en la que consiste fumar, tendr¨ªa que asumirse con responsabilidad y mesura'.
Gustavo Cirac, abogado de la familia del fallecido, anunci¨® ayer que recurrir¨¢ contra la sentencia ante la Audiencia de Barcelona y, si se confirmase de nuevo el fallo, ante el Tribunal Supremo. 'Es una resoluci¨®n fundamentada, pero que da pie al recurso porque deja alguna puerta abierta', afirm¨®.
Altadis, por su parte, difundi¨® un comunicado en el que destac¨® que las sentencias dictadas hasta ahora en Espa?a, como en el resto de pa¨ªses europeos, evidencian la existencia de una doctrina judicial diferente a la norteamericana, porque siempre se ha absuelto a las compa?¨ªas tabaqueras y se han rechazado las peticiones de los demandantes.
La relaci¨®n contractual
Con ¨¦sta, ya son tres las sentencias que han dictado los juzgados espa?oles por tabaquismo, pero ¨¦sta es la primera vez en la que se reconoce la relaci¨®n contractual entre Altadis y el fumador. La juez razona que, gracias a una interpretaci¨®n flexible de la ley, puede decirse que Altadis fabrica un producto, como es el tabaco, para que llegue al consumidor y por el que se paga un precio. Eso s¨ª, precisa la sentencia, se trata de una compleja relaci¨®n jur¨ªdica porque el Estado es el titular del monopolio del tabaco. Sin embargo, la juez descarta por completo que Altadis haya incurrido en responsabilidad contractual, precisamente porque no se ha podido demostrar que la causa de la muerte fuera el consumo de tabaco.
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