El Defensor frente a la extranjer¨ªa
La figura del Defensor del Pueblo en un Estado democr¨¢tico de derecho regido por el principio de separaci¨®n de poderes desempe?a un important¨ªsimo papel para el ciudadano -nacional o extranjero-, independientemente de su edad, sexo, credo, ideolog¨ªa o color.
El Defensor del Pueblo no es, evidentemente, un defensor de causas perdidas, pero s¨ª debe ser el defensor de cualquier causa que se vea potencialmente orillada o perjudicada por actos leg¨ªtimos o ilegales de los poderes legislativo, ejecutivo e inclusive judicial. Si hay indicios, debe haber actividad del Defensor, con independencia del resultado. Su funci¨®n es de esfuerzo, no de resultado. El ombudsman o Defensor del Pueblo est¨¢ por encima de las luchas partidistas, de la negociaci¨®n pol¨ªtica, de los repentinos cambios de humor y de los ataques de amnesia de la pol¨ªtica de partido (est¨¦ en el Gobierno o en la oposici¨®n). En definitiva, es esta figura la que defiende el concepto de Justicia, en may¨²scula, que tienen y sienten los ciudadanos en un momento hist¨®rico determinado ante hechos concretos.
El Defensor del Pueblo debe escuchar a la sociedad y defenderla de las amenazas a la convivencia
El Defensor del Pueblo ha decidido no interponer un recurso de inconstitucionalidad contra art¨ªculos de la Ley 8/2000, que le reclama la nada desde?able cifra de 769 peticiones de asociaciones, parlamentos aut¨®nomos, partidos pol¨ªticos, gobiernos aut¨®nomos, consejos generales y colegios profesionales, am¨¦n de una multitud de ciudadanos de a pie -entre los que me cuento- sensibles a que las libertades y los derechos fundamentales puedan verse limitados por la entrada en vigor de la nueva Ley de Extranjer¨ªa.
Las argumentaciones esgrimidas por el Defensor del Pueblo no son ni convincentes ni justificables. Son precisamente, en sentido contrario, las que fundamentar¨ªan su actividad. Seg¨²n EL PA?S del 21 de marzo, 'de los dict¨¢menes consultados se deduce que la ley es constitucional' y que el Defensor no debe ejercitar su acci¨®n ante el Tribunal Constitucional 'cuando ya lo han hechos otras personas o instituciones'. Precisamente por los mismos argumentos la Constituci¨®n (art¨ªculo 54) conf¨ªa al Defensor del Pueblo, como comisionado de las Cortes Generales, la defensa de los derechos y libertades fundamentales de las personas, de todas las personas.
No es funci¨®n del Defensor del Pueblo hacer de Tribunal Constitucional, ni siquiera asumir una funci¨®n consultiva como es el caso del Consejo General del Poder Judicial o el Consejo de Estado. Mi percepci¨®n de la tarea y funci¨®n encomendadas al Defensor del Pueblo es que estriba en tomar el pulso de la sociedad y contrastarlo con la actividad de los poderes p¨²blicos, para, tras ver si hay indicios de ilegalidad, intervenir frente al ejecutivo, legislativo o judicial utilizando todos los mecanismos que el Estado de derecho le concede.
Como ciudadano y conocedor de las leyes y de los derechos de todos los ciudadanos, la posici¨®n y el absentismo del Defensor del Pueblo me han defraudado y han defraudado a miles de ciudadanos que cre¨ªan que la funci¨®n de la instituci¨®n es encarnar la conciencia y defensa de los valores y principios que rigen nuestra convivencia.
Que cada instituci¨®n cumpla su cometido. El Tribunal Constitucional es el que debe decidir si las leyes son o no constitucionales, y al Defensor le corresponde ser el motor ¨²ltimo, inconformista y privilegiado, frente a la posible inconstitucionalidad de las normas y de los actos de Gobierno.
Eduard Sagarra Trias es abogado y miembro de la Subcomisi¨®n de Extranjer¨ªa del Consejo General de la Abogac¨ªa.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.