Cuadros con derechos y obligaciones
Cualquiera puede tener un goya, un vel¨¢zquez o un dal¨ª, siempre que lo haya obtenido legalmente. En Espa?a la ley no pone trabas a la posesi¨®n por particulares -personas o empresas- de bienes del patrimonio hist¨®rico espa?ol, aunque s¨ª se les imponen obligaciones y se les otorgan algunos derechos.
Una de estas obligaciones es el deber gen¨¦rico de 'conservarlos, mantenerlos y custodiarlos'. La Ley de Patrimonio Art¨ªstico no precisa cu¨¢les son las medidas de seguridad o de conservaci¨®n de las que deben rodearse las piezas. Tampoco obliga a asegurar las obras. Aunque establece la posibilidad de que la Administraci¨®n pueda ordenar la 'ejecuci¨®n subsidiaria' de operaciones que garanticen su integridad.
Las obras robadas a Esther Koplowitz estaban catalogadas y documentadas. Esto significa que diversos expertos hab¨ªan verificado su autenticidad. A pesar de su valor, no estaban aseguradas. Su propietaria no ha explicado por qu¨¦ y se ha especulado con que fuera por el alto coste de los seguros. Sin embargo, diversas aseguradoras consultadas han rechazado que sea as¨ª. Marta Mar¨ªn, responsable de la divisi¨®n de Arte de la empresa corredora de seguros Aon Gil y Carvajal, explic¨® que un seguro a todo riesgo de una obra que est¨¦ valorada en unos 2.000 millones viene a costar entre 1,5 y 2 millones al a?o.
Eso s¨ª, todas las compa?¨ªas exigen para asegurar obras de este tipo que tengan fuertes medidas de seguridad, lo que incluye alarmas conectadas a la polic¨ªa, rejas en las ventanas y vigilancia constante. 'El coste y las complicaciones de las medidas de seguridad es lo que desanima a la mayor¨ªa de los propietarios', se?ala un experto en arte que prefiere no ser citado.
Inventario de bienes
La Ley de Patrimonio Art¨ªstico impone tambi¨¦n el deber de informar de la existencia de los bienes del patrimonio hist¨®rico espa?ol, lo que permite poner las obras bajo su protecci¨®n. Si las autoridades lo estiman conveniente, se inscriben en el Inventario General de Bienes Muebles del patrimonio hist¨®rico espa?ol o, en el caso de las piezas de mayor relevancia, se declaran como Bien de Inter¨¦s Cultural.
Esto no significa que todas las obras est¨¦n controladas por el Estado. De hecho, en las ¨²ltimas d¨¦cadas se ha perdido una parte importante del patrimonio nacional porque no estaba oficialmente registrado. 'Se vendieron piezas importantes en Londres, Nueva York y Suiza. Y ahora sobre ellas no hay reclamaci¨®n posible por parte del Estado', afirma el mismo experto. Casi todos los grandes cuadros que quedan en Espa?a, a?ade, s¨ª que est¨¢n inventariados y se benefician de la protecci¨®n legal. ?sta impide, entre otras cosas, que si son robados puedan ser vendidos de forma legal. Incluso en el extranjero.
La ley indica tambi¨¦n que los propietarios est¨¢n obligados a comunicar su existencia a la Administraci¨®n competente 'antes de proceder a su venta o transmisi¨®n a terceros'. Igual obligaci¨®n se establece para quienes 'ejerzan habitualmente el comercio de bienes muebles integrantes del Patrimonio Hist¨®rico Espa?ol, que deber¨¢n, adem¨¢s, formalizar ante dicha Administraci¨®n un libro registro' de sus actividades.
Esta comunicaci¨®n permite al Estado ejercer el derecho de tanteo: comprar la obra al mismo precio al que iba a cerrarse la operaci¨®n. La Administraci¨®n podr¨¢ optar tambi¨¦n por la compra de las obras de m¨¢s de 100 a?os cuyo propietario solicite permiso para exportarlas.
En estos casos 'la declaraci¨®n de valor hecha por el solicitante ser¨¢ considerada oferta de venta irrevocable a favor de la Administraci¨®n del Estado que, de no autorizar dicha exportaci¨®n, dispondr¨¢ de un plazo de seis meses para aceptar la oferta'. En cambio, la exportaci¨®n de bienes declarados de inter¨¦s cultural est¨¢ prohibida.
Como 'compensaci¨®n' a las obligaciones que les impone la ley, los propietarios de estos bienes gozan de leves deducciones en los impuestos sobre la Renta de la Personas F¨ªsicas y de Sociedades y, en concreto los bienes de inter¨¦s cultural no tributan en el impuesto del Patrimonio.
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