Los jueces niegan que los acuerdos entre sindicatos y Gobierno vinculen a las Cortes
La Sala Tercera del Tribunal Supremo hizo p¨²blica ayer su sentencia sobre la congelaci¨®n salarial de los funcionarios p¨²blicos en la Ley de Presupuestos de 1997, medida que el alto tribunal considera 'plenamente leg¨ªtima', y que le da pie para revocar la sentencia de la Audiencia Nacional que declar¨® el derecho de los funcionarios a la subida del IPC m¨¢s las cantidades dejadas de percibir en los cuatro a?os siguientes.
El Supremo sostiene que aun en la hip¨®tesis de que el Gobierno estuviese obligado a incluir en el proyecto de ley de Presupuestos para 1997 el incremento de retribuciones a los funcionarios, concurrir¨ªan los siguientes aspectos: la ley de Presupuestos es una verdadera ley por lo que es err¨®neo sostener -como hace la Audiencia Nacional- que la aprobaci¨®n de los Presupuestos no se realiza en el ejercicio de la potestad legislativa; la cuant¨ªa de las retribuciones es una materia reservada a la ley de Presupuestos y en consecuencia, el Acuerdo Administraci¨®n-Sindicatos de 1994 no ten¨ªa efecto vinculante para el Poder Legislativo.
El Supremo se?ala que la Audiencia se equivoc¨® al considerar que el acuerdo Gobierno-Sindicatos de 1994 estableci¨® un aumento retributivo conforme al IPC para los funcionarios en el a?o 1997. Seg¨²n el Supremo, en el acuerdo de 1994 no se acord¨® un incremento autom¨¢tico de las retribuciones de los empleados p¨²blicos conforme al IPC para el a?o 1997, ni se estableci¨® la obligaci¨®n de negociar un mayor incremento atendiendo a otros factores. El acuerdo de 1994 qued¨® limitado 'a hacer expl¨ªcitas unas directrices, unos criterios orientadores, entre ellos, la previsi¨®n presupuestaria del incremento del IPC para dichos ejercicios, que en 1994 eran desconocidos'.
El Tribunal Supremo tampoco comparte la apreciaci¨®n de la Audiencia Nacional de que la Administraci¨®n excluy¨® de manera unilateral el incremento retributivo en la negociaci¨®n de 1996. 'Es cierto que existe obligaci¨®n de negociar sobre el incremento de retribuciones de los empleados p¨²blicos', dice la sentencia, pero la negociaci¨®n en esa materia 'no tiene necesariamente que desembocar en la consecuci¨®n de un aumento de las retribuciones'. Seg¨²n el Supremo, la Administraci¨®n 'no excluy¨® de manera unilateral el incremento retributivo , ni vulner¨® el principio de obligatoriedad de negociar de buena fe'. 'Lo ocurrido fue que no se consigui¨® llegar a un acuerdo', dice el alto tribunal.
Recurso al Constitucional
La federaci¨®n de Ense?anza de Comisiones Obreras, que gan¨® el caso en la Audiencia y ahora ha visto como el Supremo tumbaba sus expectativas, presentar¨¢ un recurso de amparo ante el Constitucional. La abogada de CC OO Carmen Perona, que opt¨® por levar el caso por la v¨ªa de lo contencioso administrativo, llevar¨¢ el recurso ante el Constitucional.
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