Los ex presidentes del Consell s¨®lo cobrar¨¢n si carecen de cargo representativo y sueldo p¨²blico
La proposici¨®n de ley, que se aprobar¨¢ el d¨ªa 3 en lectura ¨²nica, prev¨¦ ch¨®fer y asesores
Populares y socialistas presentaron ayer en el registro de entrada de las Cortes una proposici¨®n de ley consensuada con la que pretenden regular la figura del ex presidente de la Generalitat. El acuerdo alcanzado, que se ratificar¨¢ sin enmiendas el d¨ªa 3, prev¨¦ otorgar la condici¨®n de miembro vitalicio del Consejo Jur¨ªdico Consultivo (CJC) a quienes hayan presidido el Gobierno auton¨®mico. La ley regular¨¢ el tratamiento protocolario, de asistencia y econ¨®mico a los ex presidentes, que seguir¨¢n cobrando un sueldo similar si carecen de otra retribuci¨®n p¨²blica y cargo representativo.
El acuerdo entre los dos partidos mayoritarios, al que no se ha sumado Esquerra Unida, que ya ha mostrado su frontal oposici¨®n, prev¨¦ para los ex presidentes de la Generalitat el tratamiento vitalicio de Molt Honorable Senyor/a y el derecho a contar con el apoyo de los servicios del Consell fuera de la comunidad aut¨®noma.
En la redacci¨®n de la proposici¨®n de ley se establece tambi¨¦n que dispondr¨¢n de dos asesores y un ch¨®fer con veh¨ªculo oficial, adem¨¢s de una oficina propia con dotaci¨®n para su funcionamiento ordinario y las medidas de seguridad que se consideren necesarias.
Estos medios materiales se completar¨¢n con una retribuci¨®n salarial en base a su condici¨®n de miembros vitalicios del Consejo Jur¨ªdico Consultivo, condici¨®n que les situar¨¢ protocolariamente por detr¨¢s de los consejeros de la Generalitat. Sin embargo, para acceder a este salario -similar en su cuant¨ªa al de presidente de la Generalitat- se establece un r¨¦gimen de incompatibilidades que impide a los ex presidentes del Consell 'recibir retribuciones por el desempe?o de cualquier cargo p¨²blico' y desarrollar 'cualquier mandato representativo, cargo pol¨ªtico o administrativo y con el ejercicio de funciones directivas de un partido pol¨ªtico, sindicato o asociaci¨®n patronal'.
Seg¨²n el texto presentado en las Cortes Valencianas, los presidentes de la Generalitat ostentar¨¢n desde el momento de su cese la condici¨®n de miembros permanentes del Consejo Jur¨ªdico Consultivo, donde tendr¨¢n derecho a voz pero no a voto. Esta condici¨®n de integrantes del Consejo Jur¨ªdico la perder¨¢n 'en el momento de acceder a cualquier puesto de responsabilidad ejecutiva en cualquiera de las Administraciones p¨²blicas y cuando concurran los supuestos de incompatibilidad' establecidos en la propia ley de creaci¨®n del CJC. Una ley que se modificar¨¢ con la citada proposici¨®n de ley consensuada por populares y socialistas para dar entrada a los ex presidentes de la Generalitat. La ley excluye a los presidente preauton¨®micos de la Generalitat valenciana.
El portavoz parlamentario del PP, Alejandro Font de Mora, asegur¨® que la iniciativa sigue la v¨ªa de otras comunidades aut¨®nomas y que enriquecer¨¢ el CJC. Su hom¨®logo socialista, Joaquim Puig, explic¨® que se trata fundamentalmente de dignificar la figura de quienes ostenten la m¨¢xima representaci¨®n de los valencianos. El portavoz adjunto de Esquerra Unida, Joan Antoni Oltra, tach¨® la medida de 'vergonzosa' y la calific¨® de 'chollo econ¨®mico'.
Soluciones para todos los gustos
- Catalu?a. Los partidos han llegado a un principio de acuerdo para regular por ley la figura de los ex presidentes en la pr¨®xima legislatura. Mantendr¨¢n el 80% del sueldo durante la mitad del tiempo que han ocupado el cargo y el 40% a partir de su jubilaci¨®n. Personal y medios asignados se regular¨¢n despu¨¦s. - Pa¨ªs Vasco. Los ex presidentes mantienen el cargo de lehendakari de manera vitalicia y al jubilarse, pero no antes, perciben la pensi¨®n m¨¢xima de la Seguridad Social. - Galicia. Desde 1990 un decreto fija, tras el cese, una indemnizaci¨®n del 60% del salario durante dos a?os. Se les asigna durante ese tiempo un asesor y un coche con ch¨®fer. El tratamiento es vitalicio. - Andaluc¨ªa. S¨®lo se ha regulado recientemente el trato protocolario de los ex presidentes. Son excelent¨ªsimos y figuran en lugar destacado en actos oficiales. - Madrid. No hay regulaci¨®n, pero desde 2000 se asigna una partida en los presupuestos auton¨®micos, no consolidada, de 69.116 euros (11,5 millones de pesetas) para los ex presidentes. - Castilla- La Mancha. Conservan tratamiento vitalicio. No hay indemnizaci¨®n por cese, pero tienen derecho, durante la mitad del tiempo que dur¨® su mandato, a secretaria, ch¨®fer y coche.
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