Los prost¨ªbulos de Barcelona que no se ajusten a la nueva ordenanza municipal deber¨¢n cerrar
El Ayuntamiento regular¨¢ nuevos requisitos para burdeles, bares, discotecas y locutorios
Los prost¨ªbulos de Barcelona situados pared con pared con viviendas, en s¨®tanos, a menos de 100 metros de distancia de escuelas, hospitales u organismos p¨²blicos, o que ocupen m¨¢s de 150 metros cuadrados en fincas habitadas deber¨¢n cerrar en poco m¨¢s de un a?o. As¨ª lo prev¨¦ la nueva ordenanza de regulaci¨®n de las actividades y establecimientos de concurrencia p¨²blica que prepara el Ayuntamiento de Barcelona y que tambi¨¦n introduce novedades en las licencias para restaurantes, bares, discotecas, locutorios, centros de culto, y en la venta y consumo de alcohol.
El Ayuntamiento legislar¨¢ los burdeles a ra¨ªz del decreto de la Generalitat que desde el pasado verano regula la prostituci¨®n. La nueva ordenanza entrar¨¢ en vigor a principios de 2003 y afectar¨¢ tanto a los locales de nueva creaci¨®n como a los existentes. Estos ¨²ltimos tendr¨¢n un a?o para adaptarse a la normativa. Transcurrido este tiempo, el Ayuntamiento retirar¨¢ las licencias a los locales que no cumplan, por lo que deber¨¢n cerrar o buscar una nueva ubicaci¨®n. Adem¨¢s de regular la actividad del sector de la prostituci¨®n, la ordenanza permitir¨¢ realizar por primera vez un censo de estos locales, que hasta ahora han funcionado camuflados bajo otras licencias.
Distancia entre locales
La ordenanza especifica adem¨¢s que los prost¨ªbulos no podr¨¢n estar a menos de 100 metros de otras actividades de exhibici¨®n sexual, prostituci¨®n o sex-shops. La distancia entre locales es v¨¢lida para toda la ciudad, aunque cada distrito podr¨¢ fijar distancias superiores. En cuanto a la seguridad, los burdeles deber¨¢n contratar a un m¨ªnimo de un vigilante de seguridad, dos si el local tiene un aforo superior a 50 personas y otros tantos por cada vez que se multiplique este aforo.
La nueva ordenanza afecta tambi¨¦n a las salas de exhibici¨®n sexual y a los sex-shop con m¨¢s de 20 cabinas individuales. En cambio, la normativa no afecta al ejercicio de la prostituci¨®n en viviendas particulares, porque no est¨¢n considerados como locales de concurrencia p¨²blica. El portavoz del Ayuntamiento, Ernest Maragall, afirm¨® ayer que la nueva ordenanza pretende 'un equilibrio en el uso de la ciudad como espacio de convivencia'.
As¨ª como la nueva ordenanza municipal es de cumplimiento obligatorio para todos los prost¨ªbulos, tanto los existentes como los de nueva creaci¨®n, en el caso de los establecimientos de ocio y restauraci¨®n la normativa s¨®lo afectar¨¢ a los de nueva creaci¨®n. Sin embargo, el Ayuntamiento pretende que con la nueva ordenanza las licencias de los locales existentes se adecuen a la actividad que realmente llevan a cabo, cosa que no siempre ocurre.
La normativa proh¨ªbe instalar nuevos bares, restaurantes y discotecas en s¨®tanos o junto a viviendas, es decir, colindantes con paredes, techo o pavimento de pisos habitados. En el caso de los establecimientos que actualmente tienen terraza, deber¨¢n adecuar los servicios sanitarios y de gesti¨®n de residuos al aforo del local. Esta medida pretende acabar con la existencia de grandes terrazas que corresponden a locales de tama?o e infraestructura muy reducidos.
El horario de funcionamiento de las terrazas depender¨¢ de lo que fije cada distrito. En cualquier caso, queda prohibida la m¨²sica en la calle y es responsabilidad de los propietarios mantener limpio y en orden el espacio que ocupan las terrazas, as¨ª como desalojar el espacio como m¨¢ximo 25 minutos despu¨¦s de cerrar. En cuanto a seguridad, el n¨²mero de vigilantes depender¨¢ del aforo: un vigilante para locales de entre 150 y 500 personas de aforo; dos hasta 750 personas; tres hasta 1.000 personas y otros tantos por cada millar de personas que se sume.
Venta de alcohol
Respecto al consumo y venta de alcohol, la ordenanza proh¨ªbe a los establecimientos comerciales vender bebidas alcoh¨®licas entre las 23.00 y las 8.00 horas. La regulaci¨®n de su consumo en la calle est¨¢ descrita por la normativa de forma ambigua, aunque viene a decir que la prohibici¨®n depender¨¢ de la 'apreciaci¨®n de la autoridad' de que se puedan 'causar molestias a los vecinos o peatones'. Otra novedad que introduce la nueva ordenanza se refiere a la prohibici¨®n de ubicar las taquillas de cines, teatros y salas de conciertos a pie de calle. Las taquillas deber¨¢n situarse en el interior del establecimiento. Respecto a los locutorios telef¨®nicos y los cibercaf¨¦s, se establece que el espacio destinado al p¨²blico debe hallarse a nivel de planta baja.
La nueva ordenanza tambi¨¦n afectar¨¢ a la creaci¨®n de nuevos centros de culto religioso. Su construcci¨®n estar¨¢ sujeta a licencia de obras y deber¨¢n contar con la certificaci¨®n del Registro de Entidades Religiosas que otorga el Ministerio de Justicia.
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