Desigualdad no es discriminaci¨®n
La riqueza y diversidad de la personalidad es irreductible a conceptos de g¨¦nero, raza o etnia. Detr¨¢s de cualquier reduccionismo de personas o grupos a un caj¨®n uniforme laten planteamientos de intolerancia o de dominaci¨®n irracional.
Los antrop¨®logos han clasificado las diferencias y su resultado es la pluralidad alejada de la uniformidad empobrecedora. Sin embargo, frente a esta realidad ancestralmente comprobada, Rousseau lleg¨® a escribir que "la primera fuente del mal es la desigualdad". Se podr¨ªa colegir por ello que la desigualdad es sin¨®nimo de mal. ?D¨®nde est¨¢ por tanto la paradoja? A fuerza de abrir los ojos a la historia y visitarla desde la realidad, diremos que existe una l¨ªnea de separaci¨®n muy clara entre desigualdad y discriminaci¨®n, no s¨®lo como conceptos jur¨ªdicos sino, ante todo, como conceptos sociales.
Hoy nuestra sociedad a¨²n tiene la obligaci¨®n de recordar que la violencia es un acto de sinraz¨®n
La desigualdad es un reconocimiento de la pluralidad, y la discriminaci¨®n es un acto voluntario que se enfrenta a la pluralidad. Y en este recoveco incierto radica la confusi¨®n. Las mujeres y los hombres no son iguales, pero de ah¨ª no cabe desprender discriminaci¨®n alguna, y mucho menos practicar reduccionismos con pretendido valor universal. La felicidad individual es un bien al alcance de toda la humanidad cuya prohibici¨®n o traba conduce a la discriminaci¨®n. El crep¨²sculo de dicha confusi¨®n es la violencia que los hombres ejercen contra las mujeres. La discriminaci¨®n rompe en este caso el principio de diferencia. Y as¨ª se mantuvo en Espa?a, incluso en el C¨®digo Civil que recog¨ªa en su art¨ªculo 57 que "el marido debe proteger a la mujer, y ¨¦sta obedecer al marido".
La equiparaci¨®n de la desigualdad con la discriminaci¨®n ha sido durante mucho tiempo la treta sobre la que se ha mantenido el principio de autoridad sobre la mujer y como acabamos de comprobar ten¨ªa su cobertura institucional en el ordenamiento jur¨ªdico. La primera consecuencia de esta ancestral confusi¨®n es su proyecci¨®n patol¨®gica en violencia. Una mujer, por el hecho de serlo, es diferente del hombre y ello garantiza la pluralidad social como primer escal¨®n, pero en ning¨²n caso deja abierta la puerta para barrar la libertad y la felicidad individual que ¨¦sta tiene reconocida a partir de su nacimiento.
La lucha emprendida por las mujeres y por la sociedad en los dos ¨²ltimos siglos, no busca la consolidaci¨®n de una diferencia, sino que va m¨¢s all¨¢ y reclama un derecho inalienable cual es el derecho a no ser discriminadas por la diferencia. Este principio ¨¦tico lleva en s¨ª mismo un grado de coyunturalidad que s¨®lo desaparecer¨¢ cuando seamos capaces de valorar la diferencia en su dimensi¨®n positiva y enriquecedora, liberada de cualquier atisbo de discriminaci¨®n. Estamos, por tanto, ante un derecho fundamental en su m¨¢s clara significaci¨®n: inherente a la naturaleza humana.
La discriminaci¨®n es un acto basado en la voluntad humana o en la fuerza. Y una vez m¨¢s ante esta disyuntiva vemos c¨®mo la mujer puede sufrir a¨²n hoy ambas discriminaciones. Una mujer que roba debe ser detenida, juzgada y encarcelada en su caso, porque hemos arbitrado una discriminaci¨®n basada en la raz¨®n de la ley. Lo mismo ocurre con el hombre. Sin embargo, una mujer que es golpeada, violada o sometida psicol¨®gicamente es discriminada por la fuerza. En este segundo caso la fuerza no es otra que la sinraz¨®n. Y en esta sinraz¨®n se asienta la discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo que a¨²n hoy act¨²a como degradante contra la propia humanidad, porque tal acto con ser casi exclusivo de los hombres, hace fracasar a la humanidad en su conjunto.
Entre la desigualdad y la discriminaci¨®n existe una brecha imposible de salvar por tratarse de dos conceptos antit¨¦ticos. La complementariedad de la desigualdad o la diferencia hay que buscarla en el reconocimiento y en la participaci¨®n. Participaci¨®n social activa con la que expresar la diferencia y enriquecer el pluralismo.
La Generalitat Valenciana ha puesto en marcha, desde esta perspectiva, el Plan de Igualdad de Oportunidades, el Plan de Medidas para combatir la violencia que se ejerce contra las mujeres y la Ley de Igualdad entre Hombres y Mujeres. Desde esta capacidad participativa, que tiene en el Consejo Valenciano de la Mujer su m¨¢xima expresi¨®n, y de mantenimiento de la diferencia hemos emprendido la senda para la erradicaci¨®n de la violencia.
Hoy nuestra sociedad a¨²n tiene la obligaci¨®n de recordar que la violencia es un acto de sinraz¨®n, un acto de fuerza y que, por tratarse de un proceso hist¨®rico largo, es necesario actuar en muchos frentes: desde la concienciaci¨®n social hasta las pol¨ªticas p¨²blicas preventivas y, tambi¨¦n, las medidas punitivias.
En este proceso emprendido por las instituciones y por la sociedad en su conjunto estamos inmersos todos. Consolidemos, pues, el reconocimiento de la diferencia sobre la base de la no discriminaci¨®n.
Rafael Blasco Castany es consejero de Bienestar Social de la Generalitat.
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