La Audiencia de Alicante condena al cabecilla del mot¨ªn de Foncalent a 138 a?os de prisi¨®n
El tribunal establece como responsable civil a la Administraci¨®n por su "torpeza"
La Audiencia ha condenado a 12 de los 19 procesados por la insurrecci¨®n de presos ocurrida en Fontcalent en 1990, que se sald¨® con el asesinato de un recluso y el secuestro de seis empleados del presidio. El tribunal atribuye s¨®lo a cinco de los enjuiciados, entre ellos el l¨ªder de la revuelta, Antonio Cort¨¦s Escobedo, a quien ha condenado a 138 a?os de prisi¨®n, la muerte de un preso. En conjunto, la Audiencia sentencia a m¨¢s de 763 a?os de c¨¢rcel a los 12 acusados y absuelve al resto. El fallo considera responsable subsidiaria a la Administraci¨®n por su "torpeza"
La sentencia del macrojuicio por el mot¨ªn de Fontcalent, el primero celebrado en Espa?a donde los procesados declararon desde la c¨¢rcel por videoconferencia por su "extrema peligrosidad", se hizo p¨²blica ayer, doce a?os despu¨¦s de los hechos. El fallo condena a 12 de los 19 procesados a penas de c¨¢rcel que oscilan entre los 150 y los 4 a?os de prisi¨®n, por los delitos de detenci¨®n ilegal, quebrantamiento de condena, atentado, asesinato, asesinato frustrado, lesiones y robo.
Cinco de los procesados, entre ellos Antonio Cort¨¦s Escobedo, a quien se le atribuye el liderazgo de la revuelta y que ha sido condenado a 138 a?os de prisi¨®n, son considerados por el tribunal de la secci¨®n primera de la Audiencia de Alicante autores de la muerte a apu?aladas del preso argelino Chokri Benhamed. El objetivo de los condenados con el asesinato del recluso era presionar en la negociaci¨®n con las autoridades.
El resto de los inculpados por la muerte del reo son: Francisco Garc¨ªa, Miguel Aguado, Salvador Vicente Estarlich y Vicente G¨®mez. A este ¨²ltimo se le impone la m¨¢xima pena: 150 a?os, ya que adem¨¢s de los delitos que se imputan al cabecilla se le condena por robo con violencia. La sala condena adem¨¢s a Salvador Estarlich por el intento de asesinato de otro recluso. Por otro lado, el tribunal considera responsable civil subsidiario a la Administraci¨®n de los m¨¢s de 67. 552 euros que los condenados deben pagar en concepto de indemnizaci¨®n a los hermanos del fallecido y a los presos que resultaron lesionados. La sentencia recoge que "los datos demuestran la torpeza y mal funcionamiento de Instituciones Penitenciarias".
Los hechos enjuiciados se registraron el 12 de noviembre de 1990. La revuelta de los presos -entre ellos reclusos muy peligrosos que cumpl¨ªan largas condenas por delitos de sangre- se inici¨® pasadas las diez de la ma?ana, cuando uno de los reos se hizo con una de las llaves de m¨®dulo cuatro y fue liberando a otros reclusos. La revuelta se prolong¨® 48 horas.
El juicio se celebr¨® entre los d¨ªas 21 y 31 de octubre. Cerca de una veintena de testigos desfil¨® durante las casi treinta horas de sesi¨®n de la vista. Desde el principio del proceso, las defensas expresaron su rechazo al sistema de la videoconferencia ya que entienden que ese procedimiento vulnera los derechos de los procesados. Tras conocerse el fallo, Enrique Botella, el abogado de Cort¨¦s Escobedo, anunci¨® la interposici¨®n de un recurso ante el Tribunal Supremo por quebrantamiento de formas y garant¨ªas procesales. Botella reiter¨® que la videoconferencia "vulnera" los derechos constitucionales de los procesados. En la misma idea abund¨® Javier Carbonell, defensa de otro de los considerados cabecillas de la revuelta, Manuel Pinte?o. Por su parte, el presidente de la Audiencia plante¨® la necesidad de una legislaci¨®n espec¨ªfica para la celebraci¨®n de juicios por videoconferencia.
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