La desobediencia de Manguras
No tengo el placer de conocer personalmente al ciudadano griego Apostolos Manguras, capit¨¢n del que fue petrolero Prestige, hoy hundido a 3.500 metros de profundidad en el oc¨¦ano Atl¨¢ntico, a no se cu¨¢ntas millas de la costa de Galicia; no he tenido, ni tengo, ni creo que vaya a tener nunca relaci¨®n alguna de conocimiento -ni cordial ni no cordial- con el se?or Apostolos. Sin embargo, he de confesar que tengo un inter¨¦s extraordinario y una curiosidad que en absoluto es morbosa por dicho personaje. La raz¨®n de ello es doble: por una parte, sus propias circunstancias personales; por otra, su actual situaci¨®n de privaci¨®n de libertad.
La imagen del capit¨¢n Apostolos Manguras, por lo que resulta de su fugaz aparici¨®n televisiva y del contenido de su declaraci¨®n judicial -cuando menos de lo que ha trascendido en la prensa-, es la propia de lo que conocemos como un lobo de mar; un hombre de 68 a?os, con experiencia en surcar el pi¨¦lago, conocedor de los vericuetos y las peculiaridades del gobierno de su nave y con las ideas claras. Porque si algo hay que reconocerle al capit¨¢n del Prestige es determinaci¨®n y coraje ante la grave adversidad que supone la apertura de una importante v¨ªa de agua en el lado de estribor de su barco, una motonave de m¨¢s de 200 metros de eslora, con una mar absolutamente embravecida; determinaci¨®n y coraje que se manifiesta en su insistencia en hacer valer su criterio de viejo marino y m¨¢ximo conocedor de las particularidades del barco frente a las ¨®rdenes e indicaciones que recibe de las autoridades mar¨ªtimas espa?olas, que le parecen tanto o m¨¢s desarboladas que el propio oc¨¦ano por el que navega.
Parece ser -insisto, por lo que ha trascendido en la prensa de su declaraci¨®n judicial- que las autoridades mar¨ªtimas espa?olas hab¨ªan marcado al buque un determinado rumbo noroeste, que al capit¨¢n le pareci¨® err¨®neo para la seguridad de la tripulaci¨®n -la poca que todav¨ªa quedaba a bordo- y la del propio buque, por lo que traz¨® o intent¨® trazar una derrota paralela a la costa. Tambi¨¦n, seg¨²n parece, consider¨® peligroso mantener el barco con la m¨¢quina en marcha, por el efecto pernicioso de las vibraciones, por lo que par¨® o intent¨® parar motores. En definitiva, calific¨® de error de bulto la opci¨®n de remolcar el buque hasta alta mar, frente a la, a su juicio, m¨¢s sensata de buscar abrigo en una zona resguardada con objeto de trasvasar el fuel.
El refranero es muy inteligente y cuando dice que donde hay patr¨®n no manda marinero es por algo. El se?or Manguras al parecer habla su griego materno y el ingl¨¦s, que no el espa?ol, y claro, al desconocer nuestra lengua no sabe nada de su rico refranero, siendo en gran parte tal ignorancia la causante de que diera con sus huesos en la c¨¢rcel. La competencia para todo cuanto se refiere a la seguridad de la vida humana en el mar, a la seguridad de la navegaci¨®n y a la lucha contra la contaminaci¨®n del medio ambiente corresponde a las autoridades mar¨ªtimas dependientes del Ministerio de Fomento, y como quiera que el capit¨¢n Manguras no cumpli¨® convenientemente las indicaciones que le formularon dichas autoridades, se le imputa un delito de desobediencia.
Pero, vamos a ver, cu¨¢l es el sentido y la raz¨®n de ser del delito de desobediencia. Porque a lo mejor resulta que la conducta de nuestro capit¨¢n no iba tan desencaminada.
La conducta de desobediencia penalmente relevante, que la jurisprudencia ha identificado con la terca y tenaz porf¨ªa obstaculizadora de la acci¨®n de la autoridad o de sus ¨®rganos, hoy por hoy no tiene en absoluto por objeto el respeto del principio de autoridad; esto, afortunadamente, ha pasado ya a mejor vida. Si alg¨²n sentido tiene en estos momentos el delito de desobediencia es el de constituir una garant¨ªa para el buen funcionamiento de los servicios y funciones p¨²blicas; si se castiga la obstinaci¨®n y tenacidad frente a una orden o indicaci¨®n de la autoridad es con el solo objeto de evitar o prevenir que se obstaculice el funcionamiento del servicio; l¨®gicamente, el correcto y normal funcionamiento del servicio.
?Y cu¨¢les son las ¨®rdenes cuya desobediencia puede determinar una conducta punible? En principio, s¨®lo aquellas que revistan las formalidades legales y se hallen
dentro de la competencia de quien las da. Lo cual nos sit¨²a ante una cuesti¨®n sin duda trascendental. ?Qu¨¦ pasa con las ¨®rdenes que proceden de quien tiene competencia para darlas y que adem¨¢s formalmente son correctas, pero que intr¨ªnsicamente son o nos parecen perjudiciales e inadecuadas para el bien jur¨ªdico para cuya protecci¨®n se dan?
El capit¨¢n Manguras, receptor de las ¨®rdenes, no era un zascandil a los mandos de su nave; era -y suponemos que sigue siendo- un profesional con experiencia en el viejo y noble oficio de la navegaci¨®n mar¨ªtima; por otra parte, parece indudable que conoc¨ªa mucho mejor que cualquier otra persona, y por supuesto que el ordenante, las peculiaridades, posibilidades y limitaciones de su barco, y por tanto hay que suponerle dotado de la suficiente capacidad para emitir un juicio cr¨ªtico y una opini¨®n fundada respecto de las ¨®rdenes que recib¨ªa; mal profesional habr¨ªa sido si, consider¨¢ndolas err¨®neas, no las hubiera discutido. Pero es que, adem¨¢s, como quiera que la realidad de los hechos es muy terca, resulta que no parece que fuera tan desencaminado cuando aconsejaba -y al parecer incluso intentaba realizar- precisamente lo contrario de aquello que se le indicaba, porque si el barco est¨¢ hoy hundido en una sima abisal, partido en dos y soltando fuel es porque finalmente se hizo aquello que inicialmente se hab¨ªa desobedecido.
Nunca se sabr¨¢ qu¨¦ hubiera ocurrido de persistir el capit¨¢n en su desobediencia, lo que s¨ª se sabe es que la orden fue err¨®nea, y sobre esta base lo que procede es hacer un juicio cr¨ªtico sobre cu¨¢les fueron las opiniones y opciones que se barajaron hasta adoptar la resoluci¨®n que finalmente se llev¨® a la pr¨¢ctica, porque errar es humano, pero es est¨²pido permanecer en el error (errare humanum est, sed stultum est in errore manere).
Jos¨¦ Luis Jori es abogado y magistrado en excedencia.
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