La ley del 'mazazo'
Las denuncias de faltas, delitos comunes y violencia dom¨¦stica ir¨¢n por la v¨ªa de juicio r¨¢pido
"Visto para sentencia. Siguiente. El pueblo contra fulano de tal...". Algo parecido a una escena de esas caracter¨ªsticas, habitual en pel¨ªculas norteamericanas, se desatar¨¢ en los juzgados de Espa?a a partir del pr¨®ximo 28 de abril, cuando entre en vigor la Ley de juicios r¨¢pidos, incluida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y aprobada el pasado octubre. Adem¨¢s de que el juez no har¨¢ uso del "mazazo" para solemnizar los fallos, hay otras diferencias -la fundamental es que en el derecho penal anglosaj¨®n instruye el fiscal y aqu¨ª lo hace un juez-. Pero los objetivos son comunes: agilizar la aplicaci¨®n de la justicia (en el caso espa?ol en materia de faltas y delitos cuya pena no sea superior a nueve a?os) y disminuir los ¨ªndices de la denominada delincuencia com¨²n (hurtos, robos y lesiones) y los delitos enmarcados en los ep¨ªgrafes de violencia dom¨¦stica y tr¨¢fico. La f¨®rmula no es nueva, se incluy¨® en las reformas parciales de la Ley de Enjuiciamiento criminal de 1992 y de 1998, pero no ten¨ªa car¨¢cter obligatorio ni el ¨¢mbito penal que ahora define la norma.
Los jueces consideran que est¨¢n preparados, aunque advierten de la necesidad de medios
Los abogados tachan la ley de peligrosa por falta de garant¨ªas del derecho a la defensa
La ley contempla una concentraci¨®n de la instrucci¨®n en el juzgado de guardia y descansa en la polic¨ªa judicial la responsabilidad de citar a la victima, los testigos y el acusado. En esencia, consiste en que el detenido, aunque puede haber juicios r¨¢pidos sin ¨¦l pero s¨ª con citaci¨®n, sea conducido inmediatamente ante el juez y ¨¦ste decida primero si es o no materia de juicio r¨¢pido y, de serlo, enviar el caso a un juzgado de lo penal que en m¨¢ximo de 10 d¨ªas impondr¨¢ el castigo. Establece tambi¨¦n la posibilidad de que antes de que ello ocurra, fiscal y defensa lleguen a un acuerdo (conformidad) que deje resuelto el tema en ese mismo instante. Esta posibilidad ha estado rodeada de pol¨¦mica antes, y ahora de dudas, porque podr¨ªa entenderse que vulnera el principio por el que el juez que instruye no puede condenar. Juan Luis de la R¨²a, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), entiende la confusi¨®n pero defiende que no hay tal vulneraci¨®n "porque en realidad el juez no ha llegado a instruir, es un notario de una conformidad entre el fiscal y el acusado, no ha hecho a¨²n diligencia alguna". En el caso de las faltas, tambi¨¦n llamados inmediatos, se trata de que no se conviertan en procesos de duraci¨®n imprecisa, pero dilatada, para una cuesti¨®n menor.
Son catorce los colectivos implicados, distinto el an¨¢lisis y la situaci¨®n de cada uno, y desigual la realidad que viven grandes ciudades y pueblos en materia de recursos. De la R¨²a afirma que "tenemos jueces suficientes para aplicar los juicios r¨¢pidos con eficacia, eso no significa que no pueda haber disfunciones en las primeras semanas". De la R¨²a sostiene que "tal vez haya que pensar en comarcalizar determinados recursos, como los int¨¦rpretes o los peritos", pero a¨²n as¨ª cree que "funcionar¨¢ con todas las garant¨ªas, porque el juez est¨¢ para garantizar que la ley se aplique con todos los derechos protegidos".
De la R¨²a contesta as¨ª a uno de los debates m¨¢s agrios desde que se abordaron los juicios r¨¢pidos: el de las garant¨ªas del acusado en el procedimiento. De hecho, Luis Miguel Romero Villafranca, decano hasta el pr¨®ximo 31 de enero de los abogados de Valencia, es una de las voces m¨¢s cr¨ªticas: "Es una ley mala, pol¨ªtica, oportunista, que no ha contado con la opini¨®n de la abogac¨ªa, que amenaza el derecho a la defensa y favorece las conformidades, que para m¨ª son enemigas de un derecho efectivo a la defensa". Tambi¨¦n una parte de los fiscales, en concreto los de Alicante, se hicieron o¨ªr cuando se estaba elaborando la ley e insinuaron que alguno de los art¨ªculos pod¨ªa ser objeto de cuesti¨®n de inconstitucionalidad. Ahora, tal como explica el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia, Enrique Beltr¨¢n, el debate es otro: medios. Beltr¨¢n necesita para la provincia de Valencia 17 fiscales, "aunque con seis m¨¢s de los que ahora tenemos podremos iniciar el trabajo". Seg¨²n Beltr¨¢n, "es muy dif¨ªcil que un s¨®lo fiscal pueda atender los tiempos de los juicios r¨¢pidos en Gandia y X¨¤tiva y Ontinyent a la vez". Beltr¨¢n considera que la ley es "buena" y que tiene "buenas intenciones". Admite que se producir¨¢ un cierto desconcierto al principio, pero que si la Administraci¨®n dota de m¨¢s medios -en la plantilla de fiscales, en peritos, e int¨¦rpretes- los juicios r¨¢pidos podr¨¢n aplicarse, en las capitales, sin problemas. Donde puede producirse un cierto caos es en pueblos. "Pero hay que recordar que siempre existe la posibilidad, cuando se considere inviable la pr¨¢ctica de las diligencias m¨ªnimas, de derivar el caso a diligencias previas", es decir, la v¨ªa hoy m¨¢s habitual.
Los peritos, que ahora s¨®lo est¨¢n operativos en Valencia de lunes a viernes por la ma?ana y se necesita que est¨¦n 24 horas siete d¨ªas a la semana, negocian con la Consejer¨ªa de Justicia c¨®mo organizarse y reconocen que hay dificultades. Por otra parte, Justicia ha firmado un acuerdo con una agencia de int¨¦rpretes que se compromete a presentar al especialista en menos de tres horas en el juzgado, aunque la pr¨¢ctica demuestra que en ocasiones no es posible que se cumplan los tiempos no s¨®lo por las distancias sino por la variedad de idiomas (una parte importante de los detenidos extranjeros procede de pa¨ªses del Este, de lengua ¨¢rabe o alguna variante del chino).
Fernando de Rosa, decano de los jueces de Valencia, considera que "la ley es buena" y "dar¨¢ resultado". Seg¨²n sus datos, un 70% de las denuncias que se tramitan en los juzgados de Valencia ir¨¢n por juicios r¨¢pidos, y un 20% de las mismas son de los llamadas delitos flagrantes, donde el acusado es llevado ante el juez al poco de cometer el delito. Asegura que la pr¨¢ctica de juicios r¨¢pidos, de los que en virtud de la reforma de 1998 se celebraron unos 250 en Valencia el pasado a?o, ha sido un ¨¦xito en Barcelona, con m¨¢s de 4.000 en 2002, y Madrid, con un millar, "porque ten¨ªan recursos que aqu¨ª nos han sido negados". De Rosa pide "confianza en los jueces" y dice que "habr¨¢ que hacer un esfuerzo en coordinaci¨®n, por eso en este decanato habr¨¢ tres personas dedicadas a organizar la agenda de citaciones con las polic¨ªas".
Pedro Castellano, presidente de la Audiencia de Valencia, cree que el volumen de trabajo se reducir¨¢ en la Audiencia "en un 20%" pero que no por ello la estructura y su funcionamiento "deban modificarse". A?ade que "la ley permite que a un delincuente se le aplique el castigo de forma inmediata, pero un castigo que tiene importantes rebajas si adem¨¢s lo acepta, lo que favorece la reeducaci¨®n; el ser humano necesita asociar r¨¢pidamente la consecuencia de un acto, creo que favorecer¨¢ el descenso de la delincuencia a corto, medio y largo plazo por el efecto ejemplarizador".
El tal¨®n de aquiles para que todo funcione al minuto parece estar en la polic¨ªa, la que detiene, toma declaraci¨®n, cita a los testigos y a la v¨ªctima y conduce al detenido al juzgado. Seg¨²n el representante de la polic¨ªa nacional en reuniones de coordinaci¨®n "eso no va a ser problema, tenemos los formularios preparados, tal vez somos los m¨¢s acostumbrados a adaptarnos a las reformas legales, y esa ley es buena para disminuir la delincuencia". Pero afirma no tener siquiera cifras aproximadas sobre el impacto que podr¨ªa tener la ley.
Eloy Velasco, director general de Justicia, es el que pinta un escenario m¨¢s id¨ªlico y el pasado mi¨¦rcoles anunci¨® como nuevo un mecanismo que seg¨²n la polic¨ªa estaba ya en el inicio del debate sobre coordinaci¨®n en los juicios r¨¢pidos: un enlace, que no precis¨® en cual de los trabajadores judiciales recaer¨ªa y no concret¨® cu¨¢les ser¨¢n los medios materiales (plantillas entre ellos) que pondr¨¢ a disposici¨®n de la aplicaci¨®n de juicios r¨¢pidos.
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