Absueltos los 40 'okupas' del cine Princesa porque el desalojo lo dict¨® un juez de lo penal y no de lo civil
La Audiencia de Barcelona ha absuelto a los 40 okupas detenidos durante el desalojo del cine Princesa de la capital catalana en 1996 porque la orden de desalojo la dict¨® un juzgado penal cuando deber¨ªa haberse hecho por un procedimiento civil. La sentencia de la secci¨®n quinta de la Audiencia es la respuesta al recurso presentado por el grupo de okupas a una sentencia anterior, en aquel caso del Juzgado de lo Penal n¨²mero 1 de Barcelona, que conden¨® a 33 de los 40 okupas a penas menores por desobediencia y resistencia a la autoridad en el momento del desalojo.
En esta primera sentencia, el juez impuso a 33 de los 40 j¨®venes las penas m¨ªnimas previstas por el C¨®digo Penal y les conden¨® a multas de hasta 108 euros por la usurpaci¨®n del edificio y de hasta seis meses de prisi¨®n por desobediencia y resistencia a la autoridad.
Sin embargo, la sentencia que acaba de dictar ahora la Audiencia, que ha estimado el recurso de los okupas, les absuelve de los delitos de usurpaci¨®n, resistencia y desobediencia porque la orden de desalojo se apoy¨® en el C¨®digo Penal, cuando deber¨ªa haberse actuado por la v¨ªa civil. Adem¨¢s, el edificio fue ocupado por los j¨®venes seis meses antes de la entrada en vigor del nuevo c¨®digo penal, cuando la ocupaci¨®n pac¨ªfica de un recinto no era considerada un delito.
La ocupaci¨®n "tuvo lugar con anterioridad a la entrada en vigor del C¨®digo Penal de 1995, lo que tiene relevancia", seg¨²n la sentencia. Asimismo, dicha sentencia afirma que "la protecci¨®n penal s¨®lo alcanza a la posesi¨®n material que comporte goce y disfrute del bien", mientras que el propietario del cine Princesa "no usaba el edificio desde el a?o 1991".
El juez tambi¨¦n considera decisivo que el propietario del inmueble "no sufri¨® perjuicio econ¨®mico alguno" durante el tiempo que el edificio estuvo habitado por los okupas.
El cine Princesa fue desalojado el 28 de octubre de 1996 en una espectacular actuaci¨®n policial iniciada en plena madrugada con gran despliegue de medios y de polic¨ªas antidisturbios -entre los que figuraba hasta un helic¨®ptero policial posado encima del desvencijado edificio e iluminando la zona con sus focos desde las alturas-. El ostentoso despliegue oblig¨® a cortar el tr¨¢fico en la c¨¦ntrica Via Laietana, junto a la sede de Comisiones Obreras, donde estaba ubicado el antiguo cine y hoy se levanta un moderno edifico de oficinas alquilado en parte por la Administraci¨®n catalana.
La espectacularidad del desalojo y la desproporci¨®n de los medios utilizados por los agentes antidistubios provoc¨® una corriente social y popular favorable al movimiento okupa y desencaden¨® una serie de multitudinarias manifestaciones, algunas de las cuales terminaron violentamente.
Los detenidos fueron acusados de resistencia a la autoridad, pero la sentencia de la Audiencia no considera probado que los encausados "efectuaran materialmente el lanzamiento de objetos y de cohetes". S¨ª considera probado, en cambio, que "todos los acusados se opusieron a la orden" de desalojo, pero, a?ade la sentencia, "no existe desobediencia en el incumplimiento de ¨®rdenes concretas emanadas de autoridades o sus agentes en materias que exceden claramente de sus competencias".
Uno de los abogados de los okupas, Jaume Asens, subray¨® ayer la importancia de esta sentencia, que, en su opini¨®n, "puede sentar jurisprudencia en casos de usurpaci¨®n que habitualmente se juzgan en tribunales penales de menor rango que la Audiencia Provincial".
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