Absuelta una mujer condenada con pruebas obtenidas de forma ilegal
La sala de lo penal del Tribunal Supremo acord¨® absolver a una mujer que fue condenada por la Audiencia provincial de Guip¨²zcoa a cinco a?os de c¨¢rcel, inhabilitaci¨®n especial y multa de m¨¢s de un mill¨®n de pesetas, por posesi¨®n de drogas, en 2001.
La sentencia afirma que la Audiencia guipuzcoana se bas¨® de forma indirecta en pruebas obtenidas ilegalmente por la Ertzaintza, y que por tanto no eran v¨¢lidas. El Supremo pone de manifiesto que el propio tribunal reconoci¨® que las escuchas telef¨®nicas efectuadas por la polic¨ªa aut¨®noma vasca no pod¨ªan considerarse como medio de prueba v¨¢lido. Sin embargo, las declaraciones de los testigos obtenidas gracias a esas escuchas, las considera jur¨ªdicamente independientes.
Para el Supremo, la Audiencia no ha tenido en cuenta que la ley excluye no s¨®lo las pruebas obtenidas directamente con violaci¨®n de derechos fundamentales, sino tambi¨¦n aquellas que provienen indirectamente. "No puede sino sorprender que el Tribunal haya declarado la ilegalidad de las intervenciones telef¨®nicas y luego utilice sus resultados contra la acusada", se?ala la sentencia.
El Supremo tambi¨¦n considera que se vulneraron los derechos de la acusada porque, durante el registro de su domicilio, el juez la interrog¨® sin abogado.
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