La ley de voluntad vital pasa su primer tr¨¢mite con el apoyo un¨¢nime del Parlamento
La normativa permite a los enfermos decidir sobre la asistencia m¨¦dica en casos irreversibles
El proyecto de ley de Declaraci¨®n de Voluntad Vital Anticipada, a trav¨¦s del que los enfermos andaluces tendr¨¢n derecho a decidir libre y anticipadamente sobre la asistencia sanitaria que desean recibir en casos l¨ªmites e irreversibles, super¨® ayer su primer tr¨¢mite parlamentario, despu¨¦s de que ning¨²n grupo de la C¨¢mara auton¨®mica formulase enmienda a la totalidad. La norma andaluza se distingue de otras existentes en Espa?a en la prevalencia de la voluntad del enfermo sobre la de sus familiares o m¨¦dicos, siempre que no contravenga el ordenamiento jur¨ªdico.
El consejero de Salud, Francisco Vallejo, explic¨® que la ley es una de la m¨¢s modernas y desarrolladas de Europa y est¨¢ a la "vanguardia" de Espa?a, ya que llega "todo lo lejos posible que permite el ordenamiento jur¨ªdico". El paciente podr¨¢ optar sobre opciones como vivir m¨¢s tiempo con dolor o vivir menos tiempo pero con m¨¢s calidad de vida, de forma que se adapte la enfermedad terminal a la concepci¨®n que cada persona tenga de lo que supone una "muerte digna".
Seg¨²n Vallejo, el proyecto de ley define la voluntad vital anticipada como la manifestaci¨®n escrita hecha por una persona capaz de expresar, consciente y libremente, las instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria cuando se produzcan circunstancias cl¨ªnicas que le impidan comunicar personalmente su voluntad. "El respeto a la autonom¨ªa y la autodeterminaci¨®n de los pacientes es la base de esta normativa", subray¨® el consejero, "as¨ª como dotar de instrumentos seguros a los profesionales sanitarios que se enfrentan a situaciones extremas".
Otros aspectos innovadores son la posibilidad de pronunciarse sobre las donaciones de ¨®rganos y la creaci¨®n de un Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, que ser¨¢ de obligada consulta por los facultativos. No obstante, el procedimiento de esta f¨®rmula se establecer¨¢ cuando se desarrolle el reglamento de la futura ley, con la seguridad de la confidencialidad de los datos. Tambi¨¦n se dise?ar¨¢ un documento oficial "flexible y abierto" que se difundir¨¢ entre los pacientes junto con el documento que se les entregar¨¢ en los hospitales sobre derechos y deberes.
Los ¨²nicos requisitos para que la declaraci¨®n sea considerada v¨¢lida son que ¨¦sta figure por escrito, con identificaci¨®n de la persona, firma y fecha, con lo que se evita tener que recurrir a terceros para un acto que se sit¨²a en la esfera de la intimidad personal. Una vez inscrita en el registro, la declaraci¨®n prevalecer¨¢ sobre la opini¨®n de familiares o profesionales. El autor podr¨¢ modificar su declaraci¨®n en cualquier momento.
Los grupos parlamentarios se pronunciaron a favor del proyecto de ley, al que ning¨²n partido present¨® enmienda a la totalidad. El portavoz del PP, Juan Pizarro, hizo constar que la declaraci¨®n de voluntad no se limita a evitar el tratamiento, sino tambi¨¦n a que el paciente manifieste que quiere recibir asistencia pese a encontrarse en estado terminal. Pizarro alert¨® sobre la necesidad de formaci¨®n de los m¨¦dicos para que en la pr¨¢ctica no surjan problemas, como, seg¨²n dijo, est¨¢ ocurriendo en las autonom¨ªas que han sido pioneras en esta iniciativa ya que, por ejemplo, en Catalu?a se han definido tres modelos de documentos de origen diverso. El popular propuso que la declaraci¨®n de haga ante dos o tres testigos. Antonio N¨²?ez, del PSOE, mostr¨® su satisfacci¨®n por la tramitaci¨®n de la ley, que ha surgido de una proposici¨®n no de ley aprobada en 2001a propuesta de su grupo.
El portavoz de IU, Manuel L¨®pez Calvo, dijo que este derecho es de los considerados de ¨²ltima generaci¨®n, y anunci¨® que en el debate de enmiendas parciales su grupo aportar¨¢ aspectos a pulir. En este sentido se pronunci¨® el portavoz del grupo mixto, Pedro Pacheco.
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