Una sentencia de la justicia europea avala la posici¨®n de la Generalitat en la guerra del yogur
El Tribunal de Luxemburgo s¨®lo considera yogur el producto que tiene bacterias vivas
Las autoridades comunitarias ya han sentenciado que el yogur s¨®lo debe recibir este nombre si es fresco, es decir, si tiene "abundante presencia de bacterias l¨¢cteas vivas". As¨ª consta en una sentencia del Tribunal de Luxemburgo, que en julio de 1988 se pronunci¨® sobre el uso de la palabra yogur a ra¨ªz de un pleito entre el fabricante de yogur congelado Smanor y las autoridades francesas. Por tanto, la justicia comunitaria se ha pronunciado indirectamente sobre el uso de la denominaci¨®n "yogur pasteurizado despu¨¦s de la fermentaci¨®n", que enfrenta al Gobierno central y a la Generalitat, a favor de ¨¦sta. Leche Pascual produce "yogur pasteurizado", es decir, un producto en el que se han eliminado las bacterias vivas.
La llamada guerra del yogur estall¨® hace un mes cuando el Ministerio de Agricultura aprob¨® un decreto que autoriza a vender con el nombre de yogur el producto pasteurizado, es decir, el que se puede guardar fuera del frigor¨ªfico durante varias semanas porque se le han eliminado los microorganismos vivos tras un proceso de calor.
Los fabricantes de producto fresco -Danone, Letona, La Fageda, Nestl¨¦ y Ato, entre otros- se oponen a esta norma y estudian recurrir ante los tribunales contra el decreto del Gobierno. Por su parte, CiU ha pedido a la Comisi¨®n Europea que se pronuncie sobre si los productos pasteurizados tras la fermentaci¨®n pueden venderse con el nombre de yogur. El eurodiputado Joan Vallv¨¦ quiere que la Comisi¨®n aplique una doctrina com¨²n a todos los pa¨ªses y pregunta al Ejecutivo comunitario: "?No cree la Comisi¨®n que la denominaci¨®n yogur pasteurizado despu¨¦s de la fermentaci¨®n es confusa, supone publicidad enga?osa y provoca error en el consumidor, que relaciona el yogur con los productos que contienen organismos vivos?".
El 'caso Smanor'
'En el caso del productor franc¨¦s de yogur congelado Smanor, el Tribunal de Justicia se vio obligado a definir lo que entend¨ªa por yogur. Bas¨¢ndose en los c¨®digos de la Organizaci¨®n para la Alimentaci¨®n y la Agricultura (FAO) y la Organizaci¨®n Mundial de la Salud (OMS), el tribunal sentenci¨® que el elemento que caracteriza al yogur es "la abundante presencia de bacterias l¨¢cteas vivas", aunque sin precisar la proporci¨®n o el n¨²mero de ¨¦stas.
Las autoridades comunitarias establecieron que la empresa francesa pod¨ªa vender su producto cuando "las caracter¨ªsticas de los yogures congelados no sean sustancialmente diferentes, particularmente en lo que concierne al n¨²mero de bacterias de los productos frescos, y un etiquetado apropiado, que indique la fecha l¨ªmite o de consumo, baste para garantizar la correcta informaci¨®n a los consumidores".
Tras la sentencia, el 15 de octubre de 1991 el Ejecutivo comunitario hizo p¨²blica una nota en la que se?alaba: "Un Estado miembro podr¨¢ denegar leg¨ªtimamente a un producto que, tras haber sido sometido a un determinado tratamiento, ya no contenga bacterias vivas la denominaci¨®n de yogur o cualquier otra referencia que incluya la denominaci¨®n yogur".
Como la Comisi¨®n deja que sean los gobiernos los que decidan, el Gobierno espa?ol cambi¨® la norma y permiti¨® que los postres l¨¢cteos pudieran venderse como yogur siempre que a?adieran la coletilla de "pasteurizado despu¨¦s de la fermentaci¨®n". El cambio provoc¨® alborozo en Leche Pascual, que copa m¨¢s del 70% de la producci¨®n de yogur pasteurizado, y puso en contra a los productores de yogur fresco. El pasado 14 de febrero el Ministerio de Agricultura public¨® un decreto seg¨²n el cual es yogur pasteurizado despu¨¦s de la fermentaci¨®n "el producto obtenido a partir del yogur que como consecuencia de la aplicaci¨®n de un tratamiento de calor (...) ha perdido la viabilidad de las bacterias l¨¢cticas espec¨ªficas y cumple todos los requisitos establecidos para el yogur (...)".
El cambio de criterio del Gobierno sobre la denominaci¨®n del yogur ha alejado la norma espa?ola de la de los pa¨ªses mediterr¨¢neos equipar¨¢ndola a la de los del noroeste de Europa. En Francia, Italia, Portugal, Grecia y B¨¦lgica s¨®lo se puede llamar yogur al producto fresco. Por el contrario, en el Reino Unido, Holanda, Alemania y Estados Unidos el producto no fresco puede llevar el nombre g¨¦nerico siempre que se incluya el adjetivo pasteurizado.
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