Efectos retroactivos
Mi hijo acaba de finalizar el bachillerato y, como miles de j¨®venes, est¨¢ interesado en cursar un ciclo de Formaci¨®n Profesional, de los que con tanta insistencia y colorido nos est¨¢n publicitando por televisi¨®n en estos d¨ªas.
Para solicitarlo es preciso aportar un certificado de notas que permita obtener la media que servir¨¢ en caso de que las solicitudes superen a la oferta que la Comunidad de Madrid ha realizado. La experiencia de los ¨²ltimos a?os indica que son muchos miles los muchachos que no consiguen plaza en la familia profesional que desean sin que se pongan los medios para paliarlo.
Pues bien, este a?o se a?ade una circunstancia nueva: la nota obtenida en religi¨®n por los alumnos que han acudido a esas clases cuenta como una m¨¢s a la hora de fijar la media y, por tanto, va a ser decisiva en muchos casos para acceder a un ciclo formativo o para quedarse directamente en la calle.
La medida es claramente ilegal por discriminatoria hacia los alumnos que no han cursado religi¨®n, ya que las notas que se obtienen en ella rozan en la mayor¨ªa de los casos el sobresaliente; pidamos, si no, al se?or consejero de Educaci¨®n que haga p¨²blicos los datos. Pero es que adem¨¢s se trata de una medida que no est¨¢ recogida en ninguna normativa legal, que se aplicar¨¢, si nadie lo remedia, ilegalmente y que viene cargada de un car¨¢cter retroactivo, que recuerda otros tiempos.
Los gobernantes en funciones de la Comunidad de Madrid se aprestan a aplicar la mal llamada Ley de Calidad con una actitud que les hacer ser m¨¢s papistas que el Papa, y nunca mejor dicho, sin importarles aplicar medidas que saben que no son legales.
Y al parecer no nos queda m¨¢s remedio que protestar a trav¨¦s de estas l¨ªneas o decidirse a presentar un recurso que se resolver¨¢ cuando ya sea demasiado tarde.
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