Nuevo trato fiscal para las parejas de hecho
Las tres diputaciones aprobaron ayer sendos proyectos de norma foral que regular¨¢n, desde su entrada en vigor el pr¨®ximo 1 de enero -con efectos desde el pasado 24 de mayo-, el r¨¦gimen fiscal de las parejas de hecho. Ahora deber¨¢n ser ratificados en las Juntas de cada territorio. El cambio fue consensuado en la ¨²ltima reuni¨®n del ?rgano de Coordinaci¨®n Tributaria, el ente que re¨²ne a las diputaciones y el Ejecutivo, celebrada el 23 de septiembre. Vizcaya presentar¨¢ el cambio el jueves, mientras que los otros dos territorios ya lo hicieron ayer.
Las nuevas normas forales establecen la equiparaci¨®n efectiva de las parejas de hecho con las uniones matrimoniales, tal y como recoge en la ley vasca reguladora de las parejas de hecho, aprobada el pasado 7 de mayo. Las modificaciones tributarias afectan a siete impuestos (Renta, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, Sociedades y Transmisiones Patrimoniales, entre otros). Los efectos fiscales que se derivan de estas normas s¨®lo se aplicar¨¢n a las inscritas en el registro de parejas de hecho de Euskadi, donde actualmente figuran 684 parejas (632 heterosexuales y 52 homosexuales).
A partir de la campa?a de la Renta del pr¨®ximo a?o, las parejas de hecho podr¨¢n presentar la declaraci¨®n conjunta. Del mismo modo, los c¨®nyuges podr¨¢n atribuir por mitades su patrimonio en caso de tener r¨¦gimen de bienes gananciales. La normativa foral establece tambi¨¦n que las parejas de hecho no tributar¨¢n ni por sucesiones ni por donaciones, como ocurre en el matrimonio.
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