El tortuoso recorrido de una huelga sin ley
A rmada de poderosos cors¨¦s, la huelga dej¨® de ser ilegal en Espa?a en 1975, bajo mando de Carlos Arias Navarro. Pero Adolfo Su¨¢rez, con la Transici¨®n a¨²n en pa?ales, no apur¨® ni un a?o en la presidencia del Gobierno para reemplazar esta norma por el tan tra¨ªdo y llevado Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, la base que explica, todav¨ªa hoy, que el derecho de huelga beba de un marco regulador preconstitucional. Esta base cede al Gobierno gran capacidad para forzar la reanudaci¨®n de la actividad laboral, sobre todo en las empresas que prestan servicios p¨²blicos, y se explaya sobre cu¨¢ndo este tipo de protesta es ilegal; por ejemplo, por "motivos pol¨ªticos".
La Constituci¨®n, que elev¨® la huelga a la categor¨ªa de derecho fundamental, alude en su art¨ªculo 2.8 a una ley que deber¨¢ regular el ejercicio de este derecho con "garant¨ªas precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad". Esta ley nunca ha llegado a promulgarse, aunque UCD hizo un amago en 1980, y los Gobiernos de Felipe Gonz¨¢lez, tras unos a?os con el term¨®metro de la conflictividad laboral al rojo, impulsaron serios intentos, sobre todo en 1987 y 1992. Abrieron heridas: en el propio Ejecutivo, con la patronal y, a¨²n m¨¢s, con los sindicatos, que durante a?os han defendido que la mejor ley de huelga es la que no existe, que mirando a Europa han preferido la autorregulaci¨®n en el marco de la negociaci¨®n colectiva y ajena a las crisis en
ART?CULO 28, 2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses
caliente, y que han criticado, con PSOE y con PP, la tendencia a usar pol¨ªtica y abusivamente los servicios m¨ªnimos. Han sido ¨¦stos la fuente de conflicto, m¨¢s que la propia huelga. El proyecto de 1992, que suscit¨® un contraproyecto sindical m¨¢s afinado sobre los sectores y servicios esenciales a garantizar y una negociaci¨®n al margen de las Cortes, muri¨® en el Senado por el adelanto de las elecciones de 1993. Nadie volvi¨® a desempolvarlo.
Pero ausencia de ley no equivale a vac¨ªo. ?ste se ha ido llenando. Primero, con una sentencia del Tribunal Constitucional (8 de abril de 1981) que reinterpret¨® o dej¨® en papel mojado algunos preceptos de la norma de 1977. Hubo otros fallos del Constitucional, del Supremo y decenas de decretos y actos administrativos.
Espa?a ha vivido en democracia cinco huelgas generales: 1985, sin UGT; la emblem¨¢tica de 1988, en 1992, 1994, y, ya con el PP, en 2002. Y el cruce entre el derecho de huelga y el de los ciudadanos a tener garantizados los servicios esenciales sigue sin casar.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.