La hipocres¨ªa y los accidentes de circulaci¨®n
Las pasadas navidades han estado cargadas de accidentalidad de autom¨®viles; el reci¨¦n terminado a?o 2003, tambi¨¦n; poco m¨¢s o menos que los mismos periodos en comparaci¨®n con el a?o anterior, y tambi¨¦n a su predecesor y al otro. Las vacaciones navide?as nos dejaron unos 200 muertos en carretera, s¨®lo en carretera, a los que habr¨¢ que a?adir en cifras definitivas los habidos en las poblaciones, y m¨¢s de 4.000 en el total anual a los que tambi¨¦n habr¨¢ que aumentar los de las ciudades, con lo que pasar¨¢n sobradamente de 5.000. Las noticias, este a?o, han sido, adem¨¢s, aderezadas con comentarios que nos invitan a mirar la actuaci¨®n "milagrosa" de nuestros vecinos franceses que, al parecer, han sido capaces de hacer descender sus accidentes de tr¨¢fico de una forma espectacular.
Las asociaciones de automovilistas, los institutos de seguridad vial, hasta las empresas cuyo objetivo mercantil es ayudar a los infractores a salir airosos de los trances sancionadores piden resultados franceses ante este fracaso de la sociedad espa?ola, incapaz de hacer retroceder las alarmantes cifras de siniestralidad vial. Todo el mundo opina; unos dicen que hacen falta mejores infraestructuras, otros son partidarios de la educaci¨®n, hasta los hay que enarbolan la teor¨ªa de m¨¢s presencia policial y menos multas recaudadoras. Incluso aprovechando el rebufo de los accidentes, determinado grupo pol¨ªtico ha hostigado al Ayuntamiento de Madrid al descubrir que desde la Jefatura de Polic¨ªa Municipal se hab¨ªa dado la orden de que no se detuviera a quienes se nieguen a someterse a control de alcoholemia, cuando el agente no perciba s¨ªntomas de que el conductor va un poco "piripi".
?Queremos resultados franceses, alemanes, suecos, noruegos, daneses, del Reino Unido, etc¨¦tera?
Si la respuesta es afirmativa, conocemos la medicina que cura la enfermedad de la inseguridad vial, y si alguien no lo sabe, que conduzca por uno de estos pa¨ªses y se niegue a someterse a un control de alcoholemia. Enseguida descubrir¨¢ uno de los caminos por los que han llegado a tan espectaculares resultados. Pero en Espa?a tenemos una sentencia muy importante, de diciembre de 1999, la ¨²nica emanada del Tribunal Supremo por un caso de negativa a soplar en el etil¨®metro, y es ¨²nica porque el caso fue juzgado excepcionalmente por este alto tribunal por raz¨®n del supuesto delincuente, persona aforada, al tratarse de un diputado de nuestro Congreso. Pues bien, esta sentencia, que ha servido de gu¨ªa a jueces y fiscales, viene a absolver al imputado del delito de desobediencia previsto en el C¨®digo Penal de 1995 al no haber quedado demostrado por signos externos evidentes que esta persona, cuando conduc¨ªa su autom¨®vil y se neg¨® a someterse a la prueba a la que fue requerido en un control preventivo, se encontraba bajo la influencia de las bebidas alcoh¨®licas. As¨ª que no parece tan raro que este razonamiento se haya extendido y llegue a la polic¨ªa de Madrid y a las del resto de Espa?a. ?Para qu¨¦ perder el tiempo en diligencias y asistencia como testigos a la vista oral si el criterio est¨¢ tan claro? Mientras tanto, el informe de cada a?o del Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa, resultado estad¨ªstico de unos cuantos miles de autopsias y an¨¢lisis a los conductores fallecidos en accidentes de circulaci¨®n, nos dice que el 38% de ellos llevaban alcohol en sangre por encima de lo permitido.
Parece que en Francia se ha logrado el descenso de accidentes, entre otras medidas, sembrando las carreteras de radares que detectan los excesos de velocidad y que por un procedimiento inform¨¢tico consiguen que en un tiempo r¨¦cord el infractor reciba la notificaci¨®n de sanci¨®n. ?Queremos eso en Espa?a? En Francia se ha conseguido estableciendo la ley que el titular de un veh¨ªculo es responsable de las infracciones que se cometan con ¨¦l. La teor¨ªa es que la persona a cuyo nombre figura el veh¨ªculo con el que se ha infringido recibe la multa, la paga y en lo sucesivo ya tendr¨¢ cuidado de a qui¨¦n presta su autom¨®vil. En nuestra legislaci¨®n nunca ha existido semejante cosa; lo m¨¢s pr¨®ximo fue la declaraci¨®n de responsabilidad subsidiaria del titular cuando no se pod¨ªa conocer al conductor, agotados todos los medios de localizaci¨®n, que establec¨ªa nuestro antiguo C¨®digo de la Circulaci¨®n, y la presi¨®n social y judicial obligaron a no incluir nada parecido en la Ley de Tr¨¢fico, Circulaci¨®n de Veh¨ªculos a Motor y Seguridad Vial, de 1990. Hubo que conformarse con establecer una obligaci¨®n del titular del veh¨ªculo de colaborar comunicando qui¨¦n conduc¨ªa su autom¨®vil tal d¨ªa a tal hora por tal carretera, que, si se incumple, tiene su castigo, pero sin que en ning¨²n caso pueda nadie presumir que ¨¦l era el conductor y que asuma las consecuencias.
No quiero cansar a los lectores con un estudio aburrido de las diferencias hisp¨¢nicas con nuestros admirados europeos, pero, en todo caso, s¨ª invitar a la reflexi¨®n de que si queremos los resultados de nuestros vecinos debemos estar dispuestos a sacrificar parte de nuestros derechos individuales, como ellos han hecho, en beneficio del bien colectivo. Deseng¨¢?ense, la soluci¨®n m¨¢gica no existe; son imposibles logros n¨®rdicos con procedimientos de la Espa?a de pandereta.
Carlos Mu?oz-Repiso Izaguirre es director general de Tr¨¢fico.
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