El Supremo ratifica la condena de cuatro a?os al ex consejero Cartagena
El ex alcalde de Orihuela, del PP, recurrir¨¢ en amparo y solicitar¨¢ el indulto al Gobierno
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de cuatro a?os de c¨¢rcel al ex alcalde de Orihuela y ex consejero de Obras P¨²blicas, Luis Fernando Cartagena, por los delitos de malversaci¨®n y falsificaci¨®n. La Sala de lo Penal tambi¨¦n ha confirmado la condena a un a?o por un delito de falsificaci¨®n para el segundo acusado, el empresario ?ngel Fenoll. Los condenados idearon un plan para apropiarse de una donaci¨®n de 49.000 euros de una congregaci¨®n religiosa al Ayuntamiento. Cartagena ha anunciado recurso de amparo y la petici¨®n del indulto al Gobierno para tratar de eludir el ingreso en prisi¨®n.
"Se apropi¨® con ¨¢nimo de lucro de los caudales p¨²blicos, bien para ¨¦l o en beneficio de terceros"
El Tribunal Supremo ha rechazado uno por uno todos los argumentos presentados por la defensa de Luis Fernando Cartagena y ?ngel Fenoll y ha ratificado punto por punto la sentencia condenatoria de la secci¨®n 7? de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, que conden¨® en marzo de 2002 al ex alcalde de Orihuela por la utilizaci¨®n il¨ªcita de 49.081 euros procedentes de la liquidaci¨®n del Hospital Municipal San Juan de Dios, que regentaba una congregaci¨®n religiosa.
El tribunal consider¨® probado que Cartagena "en su condici¨®n de alcalde del Ayuntamiento de Orihuela recibi¨® del concejal de Servicios Sociales la cantidad de 6.166.426 pesetas, con fecha de abril de 1993, m¨¢s otros dos millones de pesetas del 11 de mayo de ese mismo a?o". La sentencia tambi¨¦n consider¨® probado que posteriormente, en 1998, con el fin de idear una coartada, encarg¨® a su amigo, el empresario ?ngel Fenoll, que emitiera tres facturas por la supuesta rehabilitaci¨®n de una barriada marginal cuyo monto coincid¨ªa con el donativo de las religiosas. Ambos fueron condenados, Cartagena a tres a?os por malversaci¨®n de caudales p¨²blicos y un a?o por falsedad en documento; y Fenoll a otro a?o de c¨¢rcel por la falsedad en las facturas.
A pesar de los 17 motivos de casaci¨®n presentados por la defensa de Cartagena contra la sentencia de la Audiencia, el Supremo considera que el proceso judicial garantiz¨® los derechos de los dos acusados, puesto que "tuvieron en todo momento conocimiento de los hechos que les fueron atribuidos, as¨ª como los delitos que se les imput¨® con base a aqu¨¦llo, pudiendo ejercer su derecho de defensa".
La Sala de lo Penal establece la serie de indicios que permitieron concluir que Cartagena "ten¨ªa el dominio funcional y ostentaba la capacidad o poder de disposici¨®n sobre los fondos p¨²blicos, caudales que han desaparecido y de cuyo destino no se ha dado explicaci¨®n suficiente, por lo que concluye que se apropi¨® con ¨¢nimo de lucro de dichos caudales p¨²blicos, bien para ¨¦l o si se quiere, en beneficio de terceros".
Los indicios que esgrime el Tribunal Supremo son los siguientes: La hermana Bernardina entreg¨® el dinero al Concejal de Servicios Sociales; Cartagena recibi¨® este dinero y reconoci¨® que lo guard¨® en un armario y que "nunca ingres¨® en las arcas municipales"; no hay prueba de que entregara el dinero a la empresa de Fenoll, puesto que no aparece reflejado en las cuentas de la mercantil; y no hay pruebas de que el dinero fuera destinado a pagar indemnizaciones a los ocupantes de las viviendas o chabolas rehabilitadas como asegur¨® en su defensa.
Por otra parte, la sentencia tambi¨¦n resuelve contra la defensa de Cartagena sobre la discusi¨®n de si el dinero era p¨²blico o no, determinante para imputar la malversaci¨®n. Si el dinero fuera privado la figura delictiva ser¨ªa la de apropiaci¨®n indebida, delito prescrito en el momento de celebraci¨®n del juicio. El Supremo argumenta que "aunque se llegara a la conclusi¨®n de que los caudales eran privados en su origen, esta circunstancia no descalificar¨ªa la naturaleza de los fondos que debemos predicar de los mismos por mor a su destino", ya que el destino de la donaci¨®n era el Ayuntamiento.
Luis Fernando Cartagena se mostr¨® ayer parco a la hora de comentar la sentencia del Supremo y anunci¨® su intenci¨®n de presentar recurso de amparo al Tribunal Constitucional una vez estudiada la sentencia del Supremo. Adem¨¢s, presentar¨¢ la petici¨®n de indulto al Consejo de Gobierno para evitar su ingreso en prisi¨®n.
Tampoco ning¨²n dirigente del PP provincial accedi¨® a valorar la resoluci¨®n del Supremo. Luis Fernando Cartagena accedi¨® a la alcald¨ªa de Orihuela en 1986 mediante una moci¨®n de censura, desde donde fue consolidando su peso en el partido, tanto en el ¨¢mbito provincial como en la Comunidad Valenciana.
En 1995, Cartagena fue nombrado consejero de Obras P¨²blicas, en el primer gobierno de Eduardo Zaplana. Cartagena compagin¨® este cargo con el de alcalde hasta julio de 1996. El 15 de marzo de 1998, su carrera pol¨ªtica se fren¨® en seco. Cartagena fue imputado en el caso de las primas ¨²nicas del Banco de Santander.
Esta investigaci¨®n judicial acarre¨® su dimisi¨®n como consejero. Seg¨²n el fiscal, Cartagena suscribi¨® un cr¨¦dito por m¨¢s de dos millones de euros, cuyos rendimientos, m¨¢s de 90.000 euros, no declar¨® a Hacienda. Cinco a?os m¨¢s tarde, la investigaci¨®n de las primas ¨²nicas todav¨ªa no est¨¢ cerrada. El caso est¨¢ pendiente del traslado del expediente de la Audiencia Nacional a un juzgado de Orihuela. A esta investigaci¨®n judicial, Cartagena acumul¨® el caso de las Monjas, que le ha deparado la condena de 4 a?os y que ha frustrado su retorno a la pol¨ªtica activa.
?ngel Fenoll, empresario af¨ªn al PP y amigo de Cartagena, afirm¨® ayer no sentirse sorprendido y manifest¨® su confianza en la Justicia. El empresario acumula ya varias condenas, entre ellas una de ellas por comprar votos por correo para el PP. Su letrado, Jos¨¦ Luis Zambudio, se?al¨® que recurrir¨¢ en amparo ante el Constitucional por la violaci¨®n de la presunci¨®n de inocencia.
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