El TSJ permite las concentraciones en San Fulgencio contra la absoluci¨®n de un acusado de matar a su mujer
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) considera leg¨ªtimo que la Asociaci¨®n de Mujeres de San Fulgencio se manifieste en contra de la decisi¨®n judicial que ha absuelto a Sebasti¨¢n P¨¦rez Ruiz de la acusaci¨®n de dar muerte a su mujer, Mar¨ªa Elena Pastor L¨®pez. Lo hace en contra del criterio del ahora absuelto, que entiende que tal manifestaci¨®n atenta contra su honor y podr¨ªa ser constitutiva de un delito de injurias y calumnias.
Desde que se cometiera el crimen, en 2002, la asociaci¨®n ven¨ªa manifest¨¢ndose con una periodicidad media de 15 d¨ªas, seg¨²n fuentes judiciales, en contra de la violencia dom¨¦stica. Hace escasas cinco semanas que, despu¨¦s del juicio por jurado seguido en la sede de la Audiencia de Alicante en Elche, el tribunal popular absolvi¨® al acusado. Ya est¨¢ presentado el recurso contra tal decisi¨®n.
La Asociaci¨®n de Mujeres de San Fulgencio anunci¨® una manifestaci¨®n, que debi¨® celebrarse el pasado d¨ªa 9, en contra del fallo. Pero Sebasti¨¢n P¨¦rez interpuso recurso contencioso-administrativo porque entend¨ªa que la subdelegaci¨®n del Gobierno no hab¨ªa cumplido sus funciones de velar por el orden p¨²blico ni por sus derechos individuales.
As¨ª las cosas, el pasado d¨ªa 7 el tribunal de la secci¨®n primera de la Audiencia de Valencia celebr¨® una vista previa al fallo. La decisi¨®n del tribunal considera que tal manifestaci¨®n, que obedec¨ªa seg¨²n la asociaci¨®n a expresar "la indignaci¨®n y repulsa por el fallo", es legal. Argumenta el tribunal que "dos son los l¨ªmites o requisitos constitucionales que han de cumplir los ciudadanos que decidan manifestarse en una v¨ªa p¨²blica: que la reuni¨®n sea pac¨ªfica y que anuncien a la autoridad el ejercicio de su derecho". Y agrega que para prohibir la concentraci¨®n "es necesario que se aprecien razones fundadas de alteraci¨®n del orden p¨²blico, sin que baste la mera sospecha, y en el presente caso no existen datos objetivos para llegar a la conclusi¨®n de que se producir¨¢ una alteraci¨®n". Por ¨²ltimo, la sentencia recoge que "la suspensi¨®n se fundamentar¨ªa en la presunci¨®n de que los manifestantes atentar¨¢n contra el honor y la dignidad de Sebasti¨¢n P¨¦rez, y el derecho de reuni¨®n y el de libertad de expresi¨®n no pueden ceder ante presunciones".
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