Aut¨®nomos con derecho a accidentes
S¨®lo el 3% de estos profesionales se acogieron en el primer trimestre a esta contingencia
Desde principios de este a?o los trabajadores aut¨®nomos, aquellos que ejercen su actividad profesional por cuenta propia, pueden cobrar una prestaci¨®n de la Seguridad Social cuando sufren un accidente laboral. En el primer trimestre del a?o, sin embargo, s¨®lo 84.159 aut¨®nomos cotizaron por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedad profesional) que cubren este tipo de incidencias, lo que supone s¨®lo un 3% de los cotizantes en el R¨¦gimen Especial de Trabajadores Aut¨®nomos (RETA), seg¨²n los datos de la Federaci¨®n de Trabajadores Aut¨®nomos (ATA). En el mismo periodo, 2.385 cotizantes de este r¨¦gimen especial causaron baja por un accidente de trabajo.
El mes con m¨¢s siniestros entre el colectivo de trabajadores por cuenta propia de este periodo fue marzo, cuando se registraron 1.212 bajas por accidente, seg¨²n la misma fuente. Por comunidades aut¨®nomas, Andaluc¨ªa, con un 16,9% del total de bajas registradas; Comunidad Valenciana, con el 14,4%; Catalu?a, con el 13,1%, y Madrid, con el 12,5%, son las que un mayor n¨²mero de incidentes registraron.
Durante los tres primeros meses del a?o, causaron baja 2.385 trabajadores por cuenta propia por esta contingencia
Las regiones donde hubo menos incidencias fueron, por este orden, Ceuta y Melilla, La Rioja, Cantabria, Navarra, Extremadura y Arag¨®n.
Hasta el a?o pasado los trabajadores aut¨®nomos que sufr¨ªan un accidente en su trabajo o camino de ¨¦ste no ten¨ªan derecho a cobrar ning¨²n tipo de prestaci¨®n y, si se pon¨ªan enfermos, s¨®lo pod¨ªan hacerlo a partir del decimosexto d¨ªa de baja y, por tanto, de dejar de ingresar dinero. El Gobierno anterior, del Partido Popular, aprob¨® un decreto para intentar igualar la cobertura que recib¨ªan estos profesionales -m¨¢s de 2,8 millones de cotizantes- con la de los asalariados.
Este decreto, que se public¨® en el Bolet¨ªn Oficial del Estado en octubre, les daba la posibilidad de recibir una prestaci¨®n en caso de accidente y de adelantar el cobro de la de enfermedad a cuatro d¨ªas despu¨¦s de dejar de ir a trabajar.
Para beneficiarse de la prestaci¨®n por incapacidad temporal, los aut¨®nomos deben pagar m¨¢s. Por ejemplo, aquellos que se acogen a la base m¨ªnima de cotizaci¨®n ingresan algo m¨¢s de 225 euros mensuales a la Seguridad Social, frente a los 200 euros que pagan los que prescinden de ello.
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